Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 144 de 25/07/2011

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 1 de marzo de 2011, del Juzgado de Primera Instancia núm. Nueve de Málaga, dimanante de procedimiento ordinario núm. 978/2008. (PP. 819/2011). (PP. 819/2011).

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NIG: 2906742C20080017759.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 978/2008.

Negociado: 8.

Sobre: Ordinario elevar a público documento privado.

De: Doña María Nadales Pérez y don José Pérez Elias.

Procurador: Sr. Alfredo Gross Leiva.

Letrado: Sr. Blanco Moreno, Antonio.

Contra: Carlinda, S.A.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Procedimiento Ordinario 978/2008, seguido en el Juzgado de Primera Instancia Nueve de Málaga, a instancia de doña María Nadales Pérez y don José Pérez Elías contra Carlinda, S.A., sobre ordinario elevar a público documento privado, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

En la ciudad de Málaga, a treinta y uno de enero de dos mil once.

La Ilma. Sra. doña María Isabel Gómez Bermúdez, Magistrado del Juzgado de Primera Instancia núm. Nueve de Málaga y su partido, ha pronunciado la siguiente:

SENTENCIA NÚM. 30

Habiendo visto los presentes autos de Juicio Ordinario núm. 978/08 seguidos ante este Juzgado a instancias de don José Pérez Elías y doña María Nadales Pérez, representados por el Procurador Sr. Gross Leiva y asistidos por el Letrado Sr. Blanco Moreno, contra la mercantil Carlinda, S.A., declarada en situación procesal de rebeldía.

FALLO

Que estimando la demanda interpuesta por el Procurador Sr. Gross Leiva, en nombre y representación de don José Pérez Elías y doña María Nadales Pérez, contra la mercantil Carlinda, S.A., declarada en situación procesal de rebeldía, debo declarar y declaro el dominio a favor de los hoy actores y para su sociedad de gananciales sobre la vivienda sita en Málaga, señalada con el núm. 1, tipo 1, en planta 4.a, de la urbanización Carlinda, Santa Catalina (inscrita en el RP núm. 6 de Málaga, al tomo 632, folio 181, finca registral núm. 32.455), condenando a la parte demandada a estar y pasar por dicha declaración; y debo condenar y condeno a la mercantil Carlinda, S.A., a elevar a público el contrato privado de compraventa celebrado en fecha 5.7.1971, en el que intervino como parte compradora don José Pérez Elías, casado con doña María Nadales Pérez, y adquiriendo para su sociedad de gananciales, y como parte vendedora la mercantil Carlinda, S.A., y sobre la finca inscrita en el RP núm. 6 de Málaga, al tomo 632, folio 181, finca registral núm. 32.455, bajo apercibimiento de ser efectuado en su nombre y a su costa en caso de no hacerlo voluntariamente; ello con imposición de costas a la parte demandada.

Contra esta Sentencia, que no es firme, cabe interponer recurso de apelación ante la Ilma. Audiencia Provincial de Málaga, debiendo prepararse mediante escrito presentado ante este Juzgado en el plazo de cinco días siguientes a la notificación, indicando la resolución apelada y la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que se impugnan.

Para la admisión del recurso deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado indicando en las Observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso seguido del código 02 y tipo concreto del recurso, de conformidad con lo establecido en la L.O. 1/2009, de 3 de noviembre, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en el apartado 5.° de la disposición adicional decimoquinta de dicha norma, o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.

Así por esta mi Sentencia, de la que se deducirá testimonio para su unión a los autos, juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a la demandada Carlinda, S.A., extiendo y firmo la presente en Málaga, a uno de marzo de dos mil once.- El/La Secretario.

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