Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 152 de 04/08/2011

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 19 de julio de 2011, del Juzgado de lo Social núm. Siete de Málaga, dimanante de autos núm. 406/2011.

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Procedimiento: Despidos/Ceses en general 406/2011. Negociado: a2.

NIG: 2906744S20110006391.

De: Don Antonio Verdugo Fernández.

Contra: Fogasa y Duct System, S.L.

EDICTO

Don Juan Carlos Ruiz Zamora, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social número Siete de Málaga.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 406/2011, a instancia de la parte actora don Antonio Verdugo Fernández contra FOGASA y Duct System, S.L. sobre Despidos/Ceses en general se ha dictado Resolución de fecha 14 de julio de 2011 del tenor literal siguiente:

FALLO

Que estimando la demanda interpuesta por don Antonio Verdugo Fernández frente a la entidad Duct System, S.L. debo declarar y declaro la improcedencia del despido.

Se declara extinguida la relación laboral con fecha de 14 de julio de 2011.

Se condena a Duct System, S.L. al abono al actor de las siguientes cantidades

Indemnización: 38.184,3 euros.

Salarios tramitación: 5.359,2 euros.

Que debo condenar y condeno a Fogasa a estar y pasar por esta declaración.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Málaga, anunciándolo ante este Juzgado por comparecencia o por escrito en el plazo de los cinco días hábiles siguientes a la notificación del presente fallo, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 192 y ss del TRLPL.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación al demandado Duct System, S.L. actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Málaga, a diecinueve de julio de dos mil once.- El/La Secretario/a Judicial.

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