Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 172 de 01/09/2011

1. Disposiciones generales

Consejería de Hacienda y Administración Pública

Resolución de 12 de agosto de 2011, de la Dirección General de Tesorería y Deuda Pública, por la que se dispone la puesta en circulación de una emisión de deuda pública de la Junta de Andalucía destinada a inversores minoristas.

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El Decreto 218/2011, de 28 de junio, por el que se autoriza la puesta en circulación de una o varias emisiones de deuda pública de la Junta de Andalucía, o la concertación de operaciones de endeudamiento, cualquiera que sea la forma en la que se documenten, tanto en operaciones en el interior como en el exterior, por un importe máximo equivalente a mil ciento setenta y nueve millones ciento setenta y nueve mil setecientos ochenta y ocho euros, autoriza a su vez, en su Disposición adicional primera y segunda, a la persona titular de la Dirección General de Tesorería y Deuda Pública, de conformidad con las condiciones y características establecidas en este Decreto y en la restante normativa que le sea de aplicación, a determinar el instrumento y modalidad concreta para canalizar las emisiones de deuda aprobadas en dicho Decreto, así como para concretar sus condiciones financieras, y a especificar si dichas emisiones de deuda se destinarán a inversores minoristas.

Por otra parte, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 14 de la Ley Orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de Financiación de las Comunidades Autónomas, los Acuerdos de Consejo de Ministros de 25 de febrero y de 1 de julio de 2011 autorizaron a la Comunidad Autónoma de Andalucía a realizar operaciones de endeudamiento hasta un importe máximo de 501.500.275,60 euros y 677.679.512,40 euros, respectivamente.

Por todo ello, en virtud de dichas autorizaciones, esta Dirección General

R E S U E L V E

1. Poner en circulación una emisión de deuda pública de la Junta de Andalucía destinada a personas físicas o jurídicas calificadas como inversores minoristas y/o cualificadas con cargo a la autorización contenida en el Decreto 218/2011, de 28 de junio, así como en los Acuerdos de Consejo de Ministros de 25 de febrero de 2011 y de 1 de julio de 2011, antes mencionados. Se excluye expresamente de la presente emisión, las empresas de servicio de inversión, entidades de crédito, entidades aseguradoras, fondos de inversión y sus sociedades gestoras, fondos de pensiones y sus sociedades gestoras, y otras entidades financieras autorizadas o reguladas. Sin perjuicio de lo anterior, no estarán sujetas a la presente prohibición aquellas empresas de servicios de inversión que tengan la condición de entidades colocadoras y aseguradoras de la presente emisión.

2. Las características de la emisión son las que a continuación se indican:

- Importe de la emisión: 400 millones de euros, ampliables a 600 millones de euros.

- Tipo de emisión: A la par.

- Nominal de los valores: 1.000 euros.

- Cupón: Fijo, del 4,25% anual. Los intereses se calcularán sobre la Base de cálculo Actual/Actual: Número de días transcurridos entre dos fechas de pago de intereses (numerador) dividido por el número de días reales del año, teniendo en cuenta si es bisiesto o no (denominador). Convención pago intereses: Día hábil siguiente sin modificar, sin ajuste en el cálculo de los intereses.

- TAE anual: 4,25%.

- Pago de intereses: Un pago único al vencimiento.

- Importe mínimo y máximo de las peticiones: El importe nominal mínimo de las Peticiones será de 1.000 euros. Las Peticiones por importes superiores serán múltiplos enteros del importe mínimo citado. El importe nominal máximo de las Peticiones será de 2.000.000 euros, por NIF o número de pasaporte, incluyendo las peticiones individuales y en cotitularidad.

- Amortización: Única al vencimiento.

- Fecha de vencimiento: Un año después de la emisión y desembolso.

- Precio de amortización: 100%.

- Período de suscripción: Del día 5 de septiembre de 2011, a partir de las 9,00 horas hasta el día 30 de septiembre de 2011 a las 14,00 horas (hora peninsular), sin perjuicio de la posibilidad de que el Emisor pueda declarar el cierre anticipado del Período de Suscripción cuando la demanda bruta exceda de 550.000.000 €, con un preaviso mínimo de 2 días hábiles a la Entidad Agente y a las Entidades Colocadoras y Aseguradoras así como al público general mediante anuncio en la página web de la Junta de Andalucía. En cualquier caso, el Emisor no podrá declarar el cierre anticipado antes del 20 de septiembre de 2011.

- Fecha de emisión y desembolso: 7 días hábiles después del cierre del período de suscripción. Por tanto, la fecha máxima prevista para el desembolso es el 11 de octubre de 2011.

- Admisión a negociación: Mercado de Deuda Pública en Anotaciones en Cuenta.

- Agente de Pagos: Banco de España.

- Las entidades depositarias tendrán que ser entidades participantes en el Mercado de Deuda Pública en Anotaciones en Cuenta y con cuenta abierta en Banco de España.

- Tramitación de suscripciones: Directamente mediante las entidades aseguradoras y colocadoras.

- Comisiones: En caso de no tener cuentas abiertas, la apertura, suscripción y cierre de las cuentas de efectivo y valores estarán libres de comisiones. No se aplicarán comisiones por suscripción y amortización de la Emisión. Las entidades colocadoras podrán aplicar comisiones de gestión del abono del cupón según las comisiones previstas en sus cuadros de tarifas.

- Sistema de prorrateo y adjudicación de títulos: Los valores de la presente emisión serán adjudicados en los términos previstos en el contrato de colocación y aseguramiento. Se hará publicidad de dicho sistema de prorrateo al inicio del periodo de suscripción en la página web de la Consejería de Hacienda y Administración Pública.

- Dado lo anterior los inversores deberán conocer que el número de títulos que les adjudique la entidad agente puede no ser igual al importe por ellos solicitado.

- Publicidad del resultado de la emisión: Mediante resolución del Director General de Tesorería y Deuda Pública publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

3. Las entidades aseguradoras y colocadoras son las que figuran en el Anexo I de la presente Resolución.

4. Nombrar entidad coordinadora y entidad agente a CaixaBank.

5. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 12 de agosto de 2011.- El Director General, P.S. (art. 3, del Dto. 133/2010), la Secretaria General Técnica, María del Mar Clavero Herrera.

ANEXO I

ENTIDADES ASEGURADORAS Y COLOCADORAS DE LA EMISIÓN

CaixaBank, S.A.

Monte de Piedad y Caja de Ahorros de Ronda, Cádiz, Almería, Málaga, Antequera y Jaén (Unicaja).

Deutsche Bank AG London Branch.

Barclays Bank PLC.

Cajamar Caja Rural, Sociedad Cooperativa de Crédito.

Banco de Sabadell, S.A.

Banco Mare Nostrum, S.A.

Caixa d´Estalvis de Catalunya, Tarragona i Manresa.

Caja Rural de Granada, Sociedad Cooperativa de Crédito.

BBK Bank Cajasur S.A.U.

Caja Rural del Sur, Sociedad Cooperativa de Crédito.

Caja de Ahorros y Piedad de Zaragoza, Aragón y Rioja (Ibercaja).

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