Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 67 de 05/04/2011

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 23 de febrero de 2011, del Juzgado de Primera Instancia núm. Doce de Sevilla, dimanante del procedimiento ordinario núm. 1949/2008. (PP. 773/2011).

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NIG: 4109142C20080056957.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 1949/2008. Negociado: 3.

Sobre: Reclamación de cantidad.

De: Suabya Consultores Servicios Urbanísticos y Arquitectónicos, S.L.

Procurador: Sr. Ignacio Javier Romero Nieto.

Letrado: Sr. Alfonso Fernández Machuca.

Contra: Promociones Luicaran 2007, S.L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Procedimiento Ordinario 1949/2008 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Doce de Sevilla a instancia de Suabya Consultores Servicios Urbanísticos y Arquitectónicos, S.L., contra Promociones Luicaran 2007, S.L., sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA

En los autos de juicio ordinario tramitados bajo el número 1949/2008-3, en los que figuran las siguientes partes:

Parte demandante:

- Suabya Consultores, Servicios Urbanísticos y Arquitectónicos, Sociedad Limitada, representada por la Procuradora de los Tribunales doña María Quecedo Luque y con la asistencia letrada de don Alfonso Fernández Machuca.

Parte demandada:

- Promociones Luicaran 2007, Sociedad Limitada, en situación de rebeldía procesal.

FALLO

Estimar íntegramente la demanda y, en su consecuencia:

1.º Condenar a Promociones Luicarán 2007, Sociedad Limitada a abonar a Suabya Consultores, Servicios Urbanísticos y Arquitectónicos, Sociedad Limitada la suma principal de 54.440,23 € (cincuenta y cuatro mil cuatrocientos cuarenta euros con veintitrés céntimos) y los réditos que devengue la precitada cantidad, al tipo del interés legal anual del dinero incrementado en dos (2) puntos, desde el dictado de esta sentencia hasta su completo pago o satisfacción.

2.º Condenar a Promociones Luicaran 2007, Sociedad Limitada, a abonar las costas procesales que se hubieran causado.

Al notificar la presente resolución a las partes, instrúyaseles que contra la misma cabe presentar recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial de Sevilla, que deberá prepararse ante este Juzgado por término de cinco días a partir ­de su notificación.

Así por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo en Sevilla, a dieciséis de diciembre de dos mil nueve.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al/a los demandado/s Promociones Luicaran 2007, S.L, extiendo y firmo la presente en Sevilla a veintitrés de febrero de dos mil once.- El/La Secretario.

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