Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 108 de 04/06/2012

4. Administración de Justicia

Juzgados de Primera Instancia

Diligencia de 17 de mayo de 2012, del Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Fuengirola, dimanante de procedimiento ordinario núm. 1914/2008.

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NIG: 2905442C20080006749.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 1914/2008. Negociado: ID.

Sobre: Ordinario resto.

De: Banco Vitalico de España, C.A. de Seguros y Reaseguros.

Procuradora: Sra. María Isabel Luque Rosales.

Letrado: Sr. Eduardo Moreno Rodríguez.

Contra: Don Antonio Francisco Lhlhinhos y Allianz Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A.

Procurador: Sr. Diego Ledesma Hidalgo.

Diligencia de ordenación del Secretario Sra. doña Patricia Jiménez Lara.

En Fuengirola, a diecisiete de mayo de dos mil doce.

Habiéndose procedido al envío de la publicación de la Sentencia al Boletín Oficial de la Junta de Andalucía por error, por medio de la presente resolución se procede a dejar sin efecto la publicación del edicto dimanante de los presentes autos en fecha 21 de febrero de dos mil doce, boletín núm. 35 del BOJA.

Modo de impugnación: Contra la presente Resolución cabe interponer recurso de reposición, ante el Secretario Judicial que la dicta. No obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado.

El recurso deberá interponerse escrito en el plazo de cinco días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente y deberá constituir y acreditar al tiempo de la interposición el depósito para recurrir de veinticinco euros, mediante su ingreso en la Cuenta de Consignaciones 2918000004191408, salvo que el recurrente sea: beneficiario de justicia gratuita, el Ministerio Fiscal, el Estado, Comunidad Autónoma, entidad local u organismo autónomo dependiente. Sin cuyos requisitos no se admitirá a trámite el recurso, y todo ello conforme a lo dispuesto en los arts. 451, 452 y concordantes LEC y la disposición adicional decimoquinta de la LOPJ.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

La Secretaria Judicial.

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