Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00007144.
NIG: 2908441C20083000296.
Procedimiento: Procedimiento Ordinario 259/2008. Negociado: MM:
Sobre: Resolución de contrato y reclamación de cantidad.
De: María Begoña Batarrita Iñarritu y Llano Marbella, S.L.
Procuradora: Sra. Antonia Blasco Amaro.
Letrado: Sr. Francisco Barreno Gutiérrez.
Contra: Promociones Genal-Guadiaro, S.L.
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento Procedimiento Ordinario 259/2008, seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Tres de Ronda a instancia de María Begoña Batarrita Iñarritu y Llano Marbella, S.L., contra Promociones Genal-Guadiario, S.L., sobre resolución de contrato y reclamación de cantidad, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:
Encabezamiento:
SENTENCIA NÚM. 23/2012
Juez que lo dicta: Don Rafael Martín Canales, Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número Tres de Ronda.
Lugar: Ronda.
Fecha: 27 de marzo de 2011.
Parte demandante: Doña María Begoña Batarrita Iñarritu y Llano Marbella, S.L.
Procuradora: Doña María Antonia Blasco Amaro.
Letrado: Sr. Javier Arques Ferrer.
Parte demandada: Promociones Genal-Guadiaro, S.L.
Procedimiento: Ordinario número 259/08.
Objeto del juicio: Reclamación de cantidad.
FALLO
Se estima íntegramente la demanda interpuesta por doña María Begoña Batarrita Iñarritu y Llano Marbella, S.L., contra Promociones Genal-Guadiaro, S.L., con los siguientes pronunciamientos:
1. Se condena a Promociones Genal-Guadiaro, S.L., a abonar a doña María Begoña Batarrita Iñarritu y Llano Marbella, S.L., la cantidad de noventa y tres mil ochenta y cinco euros con sesenta céntimos (93.085,60 €).
2. La cantidad concedida a la actora devengará el interés legal del dinero desde la fecha de interposición de la demanda, aumentado en dos puntos desde la fecha de la sentencia. Se condena a Promociones Genal-Guadiaro a abonar a doña María Begoña Batarrita Iñarritu y Llano Marbella, S.L., dichos intereses.
3. Se condena a Promociones Genal-Guadiaro, S.L., a pagar las costas de esta instancia.
Contra esta resolución cabe recurso de apelación que habrá de interponerse mediante escrito presentado dentro del plazo de veinte días contados desde el siguiente a la notificación de esta resolución y en el que habrá de citarse la resolución que se apela y manifestarse la voluntad de recurrir con expresión de los pronunciamientos que se impugnan y tener constituido un depósito de cincuenta euros en la cuenta de consignaciones de este Juzgado.
Así lo pronuncio, mando y firmo.
Diligencia. Leída y publicada ha sido la anterior sentencia por el Ilmo. Sr. Magistrado Juez que la firma, en la Audiencia Pública del día de su fecha. Doy fe.
Y con el fin de que sirva de notificación en forma al/a los demandado/s Promociones Genal-Guadiaro, S.L., extiendo y firmo la presente en Ronda, a diecinueve de abril de dos mil doce.- El/La Secretario.
Descargar PDF