Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 112 de 08/06/2012

4. Administración de Justicia

Juzgados de Primera Instancia e Instrucción

Edicto de 15 de septiembre de 2011, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Dos de Vélez-Málaga, dimanante de procedimiento ordinario núm. 764/2010. (PP. 1610/2012).

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NIG: 2909442C20100005598.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 764/2010. Negociado: C.

Sobre: Acción declarativa de dominio.

De: Luis Pérez Alarcón.

Procurador: Sr. Agustín Moreno Küstner.

Contra: Hannelore Dicherson.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Procedimiento Ordinario 764/2010 seguido en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Dos de Vélez-Málaga a instancia de Luis Pérez Alarcón contra Hannelore Dicherson sobre Acción declarativa de dominio, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA

En Vélez-Málaga a 30 de junio de 2011.

Don Miguel Ángel Aguilera Navas, Magistrado-Juez titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Dos de Vélez-Málaga y su partido judicial, ha visto los presentes autos de Juicio Ordinario 764/2010, sobre acción declarativa de dominio, promovidos por el Procurador de los Tribunales Sr. Moreno Küstner, en nombre y representación de Luis Pérez Alarcón, asistido por el Letrado Sr. Jiménez Castañeda, contra Herederos de Hannelore Dicherson, quienes fueron declarados en rebeldía.

FALLO

Estimo la demanda presentada por el procurador Sr. Moreno Küstner, en nombre y representación de Luis Pérez Alarcón, y declaro que Luis Pérez Alarcón es propietario, frente a todos, de la finca inscrita en el Registro de la Propiedad núm. 3 de Vélez-Málaga al Tomo 528, Libro 330, Folio 196, Finca 22.862, con una extensión de 312 m2 y que linda al norte con Cerro y Mar, S.L., al este con la finca de la que se segrega, al sur con la redonda de la carretera de servicio que existe en la finca para tal fin y al oeste con dicho resto de la finca y con la alberca que contiene la misma; condenando a quien se oponga a esta y pasar por esta declaración. Se acuerda librar oficio al Registro de la Propiedad de Vélez-Málaga para inscripción a favor del actor de la finca tal como queda descrita en el Fallo.

Cada parte abonará las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad.

Esta resolución no es firme, contra la misma cabe recurso de apelación en el plazo de cinco días ante la Sala de lo Civil de la Audiencia Provincial de Málaga, a contar desde el siguiente al de su notificación y que deberá prepararse en este juzgado.

Líbrese testimonio de esta resolución para su unión a los autos principales y llévese el original al libro de Sentencias de este Juzgado.

Notifíquese esta resolución a las partes de este procedimiento.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado Hannelore Dicherson, extiendo y firmo la presente en Vélez-Málaga, a quince de septiembre de dos mil once.- El/La Secretario.

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