Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 112 de 08/06/2012

4. Administración de Justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 25 de mayo de 2012, del Juzgado de lo Social núm. Cuatro de Sevilla, dimanante de procedimiento núm. 851/2011.

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Procedimiento: Social Ordinario 851/2011 Negociado: 1.

NIG: 4109144S20110010171.

De: Fundación Laboral de la Construcción.

Contra: Joypa Construcciones Almerienses 2003, S.L.

EDICTO

Don Alonso Sevillano Zamudio, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social número Cuatro de Sevilla.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 851/2011, a instancia de la parte actora Fundación Laboral de la Construcción contra Joypa Construcciones Almerienses 2003, S.L., sobre Social Ordinario se ha dictado Sentencia de fecha 20.3.2012 del tenor literal siguiente:

Autos 851/11

En la ciudad de Sevilla, a 20 de marzo de 2012.

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

El Sr. D. Juan Félix Luque Gálvez, Juez Sustituto de los Juzgados de la ciudad de Sevilla y Magistrado accidental del de lo Social núm. Cuatro de los de esta capital y su provincia, ha venido en dictar la presente:

SENTENCIA Núm. 107/2012

Visto lo actuado en los autos de juicio seguidos ante este Juzgado bajo el número 851/2011, siendo partes, de una y como demandante Fundación Laboral de la Construcción representada por la Letrada doña Olga Alonso Ramírez, y de otra y como demandada la empresa Joypa Construcciones Almerienses 2003, S.L., que no compareció al acto del juicio pese a haber sido citada en legal forma, versando el litigio sobre reclamación de cantidad

FALLO

Que estimando como estimo la demanda interpuesta por la Fundación Laboral de la Construcción contra la Empresa Joypa Construcciones Almerienses 2003, S.L., debo condenar y condeno a la demandada a que abone al actor la suma de ciento noventa euros con cuarenta y cuatro céntimos (190,44 €).

Notifíquese la presente resolución a los partes, previniéndolas de que la misma es firme y haciéndoles saber que contra ella no cabe interponer recurso ordinario alguno.

Así por esta mi sentencia firmemente juzgando en única instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Diligencia de Publicación. Dada, leída y promulgada fue la anterior Sentencia por el llmo. Sr. Magistrado-Juez que la dictó, estando este celebrando audiencia pública en el día de la fecha. De lo que yo el Secretario doy fe en el lugar y fecha ut supra.

Y para que sirva de notificación al demandado Joypa Construcciones Almerienses 2003, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Sevilla, a veinticinco de mayo de dos mil doce.- El/La Secretario/a Judicial.

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