Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 128 de 02/07/2012

5. Anuncios5.2. Otros anuncios

Consejería de Salud y Bienestar Social

Resolución de 21 de junio de 2012, de la Delegación Provincial para la Igualdad y Bienestar Social de Sevilla, Comisión Provincial de Medidas de Protección, dictada en los expedientes sobre protección de menores, por la que se acuerda el cambio de centro de los menores que se citan.

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Exptes.: DPSE 352-2009-2256-1, DPSE 352-2009-2261-1 y DPSE 352-2009-3204-1.

Nombre y apellidos: Don Andrés Fernández Faba.

Contenido del acto: De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y habida cuenta que encontrándose el interesado en ignorado paradero, no pudiendo, por tanto, haberle sido practicada notificación por otros medios; se publica extracto del acto dictado, por considerarse que la notificación íntegra por medio de anuncios lesionaría los derechos inherentes al menor afectado.

Con fecha 21 de junio de 2012 la Comisión Provincial de Medidas de Protección de la Delegación Provincial para la Igualdad y Bienestar Social en Sevilla, en el expediente de protección de menores arriba señalado, dictó Resolución acordando el cambio de Centro de los menores, a cuyo efecto se acuerda el cese del acogimiento en el Centro donde actualmente reside y su internamiento en el Centro designado idóneo.

Para conocimiento del contenido íntegro de la Resolución dictada, los interesados, en paradero desconocido, podrán comparecer en la Delegación Provincial de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social en Sevilla, sita en C/ Federico García Lorca, núm. 3, de Sevilla.

Contra la presente Resolución podrá formularse oposición ante el Juzgado de Primera Instancia de esta capital en el plazo de dos meses desde su notificación, conforme a los trámites establecidos al respecto en los artículos 779 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil, modificada por la Ley 54/2007, de 28 de diciembre, de Adopción Internacional, sin que sea necesario formular reclamación previa en vía administrativa, de conformidad con lo establecido en el art. 789.

Sevilla, 21 de junio de 2012.- El Delegado, Manuel A. Gálvez Rodríguez.

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