Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 141 de 19/07/2012

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación

Orden de 28 de mayo de 2012, por la que se autoriza el cambio de titularidad a los centros de educación infantil «Happy Children 1» y Happy Children 2, de Córdoba. (PP. 1968/2012).

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Examinado el expediente incoado a instancia de don Francisco Bono Pacheco, titular de los centros de educación infantil «Happy Children 1» y Happy Children 2, en solicitud de cambio de titularidad a favor de Happy Children de Córdoba, S.L..

Resultando que los centros de educación infantil «Happy Children 1» y Happy Children 2 tienen autorización administrativa para 2 unidades de primer ciclo con 32 puestos escolares, y para 2 unidades de primer ciclo con 35 puestos escolares, respectivamente, por Órdenes de 26 de abril de 2011 (BOJA de 6 de junio).

Resultando que, consultados los antecedentes obrantes en la Dirección General de Planificación y Centros, aparece debidamente acreditada la titularidad de los citados centros, a favor de «Francisco Bono Pacheco».

Resultando que don Francisco Bono Pacheco, mediante escritura de cesión otorgada ante don Rafael Fernández-Crehuet Serrano, notario del Ilustre Colegio de Andalucía, cede la titularidad de los referidos centros a favor de «Happy Children de Córdoba, S.L.», que la acepta.

Vistos la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE de 27 de noviembre); la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación (BOE de 4 de julio); la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE de 4 de mayo); la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía (BOJA de 26 de diciembre); el Decreto 109/1992, de 9 de junio, sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados para impartir Enseñanzas de Régimen General (BOJA de 20 de junio), y demás disposiciones aplicables.

Considerando que se han cumplido en el presente expediente todos los requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia.

En su virtud, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

DISPONGO

Conceder el cambio de titularidad a los centros de educación infantil «Happy Children 1», código 14011894, con domicilio en C/ Isla de Tabarca, 4, local 6-1, y Happy Children 2, código 14011900, con domicilio en C/ Isla de Tabarca, 4, local 6-2, esquina C/ Felipe Mellizo Cuadrado, ambos de Córdoba que, en lo sucesivo, la ostentará Happy Children de Córdoba, S.L. que, como cesionaria, queda subrogada en la totalidad de los derechos, obligaciones y cargas que afectan a los mismos, cuya titularidad se le reconoce, y muy especialmente las relacionadas con las ayudas y préstamos que los centros puedan tener concedidos por la Administración, así como aquéllas que les correspondan en el orden docente y las que se derivan de la vigente legislación laboral, quedando con la configuración en cuanto a las enseñanzas y unidades a que se ha hecho referencia en el resultando primero.

El cambio de titularidad no afectará al régimen de funcionamiento de los centros.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Educación, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 28 de mayo de 2012

MARÍA DEL MAR MORENO RUIZ
Consejera de Educación
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