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Advertidos errores en el texto del Anexo I, página 157, en el que se contienen los servicios mínimos establecidos por la Orden indicada, se procede a su rectificación de manera que en el párrafo sexto:
Donde dice: «De 11,00 a 22,00 horas: 1 médico Coordinador de refuerzo todos los días».
Debe decir: «De 11,00 a 23,00 horas: 1 médico Coordinador de refuerzo todos los días».
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