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NIG: 1101242C20070004350.
Procedimiento: Procedimiento Ordinario 945/2007. Negociado: P.
Sobre: Reclamación de daños por accidente tráfico (Recobro).
De: Consorcio Compensación Seguros.
Contra: Don José María Corbacho Gómez y María Mercedes Caballero Ballester.
Procuradora Sra.: María Vicenta Guerrero Moreno.
Letrada Sra.: Julia Toscano Morales.
EDICTO
En el presente procedimiento Procedimiento Ordinario 945/2007 seguido a instancia de Consorcio Compensación Seguros frente a José María Corbacho Gómez y María Mercedes Caballero Ballester se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo es el siguiente:
«SENTENCIA
En Cádiz, a diecinueve de febrero dos mil diez.
Vistos por el Ilmo. Sr. don Pablo Sánchez Martín, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de esta ciudad, los presentes autos de juicio declarativo ordinario núm. 945/07 instados por el Abogado del Estado en representación del Consorcio de Compensación de Seguros, contra don José María Corbacho Gómez y doña María Mercedes Caballero Ballester, representada esta última por la Procuradora doña María Vicenta Guerrero Moreno y asistido por la Letrada doña Julia Toscano Morales, sobre reclamación de cantidad. .....//
Fallo
Que estimando la demanda interpuesta por la representación del Consorcio de Compensación de Seguros, debo condenar y condeno a José María Corbacho Gómez y a doña María Mercedes Caballero Ballester, a abonar a la parte actora, con carácter solidario, la cantidad de cuatro mil quinientos cincuenta y un euros con dieciséis céntimos (4.551,16 €), más el interés legal de dicha cantidad devengado desde la fecha de interposición de la demanda; todo ello con imposición de las costas causadas a los demandados.
Contra la presente sentencia cabe interponer recurso de apelación que se presentará en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación y para su resolución por la Audiencia Provincial de Cádiz.
Se hace saber a las partes que para la admisión a trámite del recurso que pudieren interponer contra la presente resolución deberán constituir el depósito en la Cuenta de Consignaciones y Depósitos de este Juzgado que previene el artículo 19 de la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre (BOE núm. 266, de 4 de noviembre de 2009), sin cuyo requisito no será admitido a trámite el recurso.
Así por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en primera instancia, la pronuncio, mando y firmo.»
Y encontrándose dicho demandado, José María Corbacho Gómez en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.
En Cádiz, a nueve de marzo de dos mil doce.- El/La Secretario/a Judicial.
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