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Una vez aprobado el Decreto 342/2012, de 31 de julio, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, se procede a la adaptación parcial de la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía a la nueva organización territorial provincial. En concreto, la modificación de la relación de puestos de trabajo regulada en esta Orden contempla la definición de los puestos de trabajo de las Secretarías Generales de las Delegaciones del Gobierno de la Junta de Andalucía, de las Secretarías Generales Provinciales y de los Servicios de Gestión de Recursos Comunes de las Delegaciones Territoriales.
A la hora de definir el perfil de los puestos mencionados se ha tenido en cuenta la acción administrativa de los órganos directivos periféricos, configurados en el Decreto 342/2012, de 31 de julio.
En este sentido se han definido los puestos de trabajo de las Secretarías Generales de las Delegaciones del Gobierno, de las Secretarías Generales Provinciales y de los Servicios de Gestión de Recursos Comunes siguiendo los criterios establecidos en el Decreto 342/2012, de 31 de julio, de forma que se adecuan a los requisitos básicos y a las funciones previstas en los artículos 8, 21 y 23, respectivamente. Entre ellos, se encuentran el relativo a la forma de provisión por el sistema de libre designación, como sucedía en el anterior modelo de Secretarías Generales, apoyada en la singularidad de los cometidos y funciones que la norma citada atribuye a cada uno de estos puestos de trabajo.
La modificación de la relación de puestos de trabajo para llevar a cabo las adaptaciones mencionadas se ha efectuado atendiendo a los principios de eficiencia, austeridad, racionalización y reducción del gasto sobre los puestos ya existentes.
Según lo previsto en el artículo 37.1.c) de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, se han efectuado los trámites oportunos ante los representantes de las organizaciones sindicales presentes en la Mesa Sectorial de Negociación de la Administración General.
De acuerdo con la competencia atribuida a la Consejería de Hacienda y Administración Pública en el artículo 1.4 del Decreto 156/2012, de 12 de junio, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, lo establecido en la disposición final cuarta, apartado 3, del Decreto 342/2012, de 31 de julio, y a lo dispuesto en el artículo 10.1.c) y d) del Decreto 390/1986, de 10 de diciembre, por el que se regula la elaboración y aplicación de la relación de puestos de trabajo,
DISPONGO
Artículo 1. Modificación de los puestos de trabajo de Secretario/a General de las Delegaciones del Gobierno, de Secretario/a General Provincial de las Consejerías y de Servicio de Gestión de Recursos Comunes de las Delegaciones Territoriales de la Junta de Andalucía.
1. Los puestos de trabajo de Secretario/a General de la Delegación del Gobierno y de Secretario/a General Provincial de las Consejerías en las propias Delegaciones del Gobierno y en las Delegaciones Territoriales de Educación, Cultura y Deporte; de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo; de Fomento, Vivienda, Turismo y Comercio; de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente y de Salud y Bienestar Social, resultarán de las siguientes modificaciones:
a) Los puestos de trabajo denominados Secretario/a General pertenecientes a las Delegaciones del Gobierno pasan a denominarse Secretario/a General de la Delegación del Gobierno.
b) Los puestos de trabajo denominados Coordinador/a pertenecientes a las Delegaciones del Gobierno de la Junta de Andalucía (códigos: 6700910, 6702410, 6703110, 6708710, 6684710, 6689010, 6697410, y 6691310) pasan a denominarse Secretario/a General Provincial de Justicia e Interior y se adscriben al área funcional de Administración Pública teniendo como áreas relacionales Recursos Humanos y Presupuestos y Gestión Económica.
c) Los puestos de trabajo denominados Secretario/a General de las Delegaciones Provinciales de la extinta Consejería de Empleo pasan a denominarse Secretario/a General Provincial de Administración Local y Relaciones Institucionales en las Delegaciones del Gobierno de la Junta de Andalucía, y se adscriben al área funcional de Administración Pública teniendo como áreas relacionales Administración Local y Consumo.
d) Los puestos de trabajo denominados Secretario/a General en la anterior estructura periférica de la Consejería de Hacienda y Administración Pública pasan a denominarse Secretario/a General Provincial de Hacienda y Administración Pública en las Delegaciones del Gobierno de la Junta de Andalucía, y se adscriben al área funcional de Administración Pública, teniendo como áreas relacionales Hacienda Pública y Recursos Humanos.
e) Los puestos de trabajo denominados Secretario/a General en la anterior estructura periférica de la Consejería de Educación pasan a denominarse Secretario/a General Provincial de Educación de la Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte, y se adscriben al área funcional de Administración Pública, teniendo como área relacional Ordenación Educativa.
f) Los puestos de trabajo denominados Secretario/a General en la anterior estructura periférica de la Consejería de Cultura pasan a denominarse Secretario/a General Provincial de Cultura y Deporte de la Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte, y se adscriben al área funcional de Administración Pública, teniendo como áreas relacionales Gestión Cultural y Gestión Deportiva.
g) Los puestos de trabajo denominados Secretario/a General en la anterior estructura periférica de la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia pasan a denominarse Secretario/a General Provincial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, de las Delegaciones Territoriales de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, y se adscriben al área funcional de Administración Pública, teniendo como área relacional Ordenación Económica.
h) Los puestos de trabajo denominados Secretario/a General en la anterior estructura periférica de la Consejería de Obras Públicas y Vivienda pasan a denominarse Secretario/a General Provincial de Fomento y Vivienda, de las Delegaciones Territoriales de Fomento, Vivienda, Turismo y Comercio y se adscriben al área funcional de Administración Pública, teniendo como áreas relacionales Obras Públicas y Construcciones y Arquitectura e Instalaciones.
i) Los puestos de trabajo denominados Secretario/a General en la anterior estructura periférica de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte pasan a denominarse Secretario/a General Provincial de Turismo y Comercio de la Delegación Territorial de Fomento, Vivienda, Turismo y Comercio, y se adscriben al área funcional de Administración Pública, teniendo como áreas relacionales Turismo y Comercio.
j) Los puestos de trabajo denominados Secretario/a General en la anterior estructura periférica de la Consejería de Agricultura y Pesca pasan a denominarse Secretario/a General Provincial de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente de la Delegación Territorial de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente y se adscriben al área funcional de Administración Pública, teniendo como áreas relacionales Administración Agraria y Medio Ambiente.
k) Los puestos de trabajo denominados Secretario/a General en la anterior estructura periférica de la Consejería de Salud pasan a denominarse Secretario/a General Provincial de Salud y Bienestar Social de la Delegación Territorial de Salud y Bienestar Social, y se adscriben al área funcional de Administración Pública, teniendo como áreas relacionales Salud y Ordenación Sanitaria y Asuntos Sociales.
2. Los puestos de trabajo denominados Servicio de Gestión de Recursos Comunes de las Delegaciones Territoriales de Educación, Cultura y Deporte y de las Delegaciones Territoriales de Fomento, Vivienda, Turismo y Comercio, quedan modificados en cada una de las provincias en los siguientes términos:
a) Los puestos de trabajo denominados Secretario/a General de las Delegaciones Provinciales de la extinta Consejería para la Igualdad y Bienestar Social pasan a denominarse Servicio de Gestión de Recursos Comunes de la Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte, y se adscriben al área funcional Administración Pública, teniendo como área relacional Presupuestos y Gestión Económica.
b) Los puestos de trabajo denominados Secretario/a General de las Delegaciones Provinciales de la extinta Consejería de Medio Ambiente pasan a denominarse Servicio de Gestión de Recursos Comunes de la Delegación Territorial de Fomento, Vivienda, Turismo y Comercio, y se adscriben al área funcional Administración Pública, teniendo como área relacional Presupuestos y Gestión Económica.
Artículo 2. Modificación del tipo de administración desde la que se pueda acceder a los puestos de trabajo.
El tipo de administración desde la que se puede acceder a los puestos de trabajo relacionados en el artículo 1 se modifica estableciendo, como administración distinta a la Administración General de la Junta de Andalucía desde la que, en su caso, también se podrá acceder a los mismos, la Administración del Estado (AE), la Administración Local (AL), la Administración Educativa (AX) y la Administración Sanitaria (AS), de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 8.1, 21.2 y 23.1 del referido Decreto 342/2012, de 31 de julio.
Artículo 3. Forma de provisión de los puestos de trabajo modificados.
Todos los puestos de trabajo relacionados en el artículo 1, que tenían como forma de provisión el procedimiento de libre designación, continúan manteniendo la forma de provisión por el procedimiento de libre designación de acuerdo con lo establecido, respectivamente, para la persona titular de la Secretaría General de la Delegación del Gobierno, para la persona titular del Servicio de Gestión de Recursos Comunes de las Delegaciones Territoriales y para la personal titular de la Secretaría General Provincial de la Consejería en la Delegación Territorial, en los artículos 8.1, 21.2 y 23.1 del citado Decreto 342/2012, de 31 de julio.
Disposición final única. Entrada en vigor.
La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. No obstante, los efectos administrativos y económicos derivados de su aprobación se producirán a partir del día uno del mes siguiente al de su publicación.
Sevilla, 9 de octubre de 2012
CARMEN MARTÍNEZ AGUAYO | |
Consejera de Hacienda y Administración Pública |