Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 219 de 08/11/2012

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 23 de octubre de 2012, del Juzgado de Primera Instancia núm. Cuatro de Algeciras (antiguo Mixto núm. Seis), dimanante de procedimiento ordinario núm. 1464/2010. (PD. 3039/2012). (PP. 3039/2012).

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NIG: 1100442C20100006511.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 1464/2010. Negociado: BE.

De: María José Rovira Gadea.

Procurador: Sr. José Pablo Villanueva Nieto.

Contra: María José Martín López, Enrique Hurraco Contreras y E.C.H. Petrogroup.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Procedimiento Ordinario 1464/2010, seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Cuatro de Algeciras (antiguo Mixto núm. Seis), a instancia de María José Rovira Gadea contra María José Martín López, Enrique Hurraco Contreras y E.C.H. Petrogroup sobre, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA Núm. 12

En Algeciras, a 23 de octubre de dos mil doce.

Autos de Juicio Ordinario número 1464/10.

Vistos por mí, don Javier Roa Aljama, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Cuatro los presentes Autos de juicio ordinario sobre reclamación de rentas y desahucio seguido con el número 1464/10 en el que aparece como actor doña María José Rovira Gadea, con la representación letrada de doña Ruth del Cura Pla y con la representación procesal de don José Pablo Villanueva Nieto; y como parte demandada doña María José Martín López, don Enrique Hurraco Contreras y E.C.H. Petrogroup, S.L., resultan los siguientes,

FALLO

Que estimando parcialmente la demanda interpuesta en nombre de doña María José Rovira Gadea, declaro:

1. El sobreseimiento de la acción de desahucio por desistimiento de la parte actora, al haber obtenido satisfacción extraprocesal.

La resolución del contrato de arrendamiento celebrado entre doña María José Rovira Gadea y E.C.H. Petrogroup, S.L., de fecha 31 de agosto de dos mil siete. Condeno solidariamente a E.C.H. Petrogroup, S.L., don Enrique Hurraco Corredera y doña María José Martín López a que paguen a la actora la suma de 119.018,11 euros, más los intereses correspondientes.

Sin expreso pronunciamiento sobre las costas del procedimiento.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a los demandados María José Martín López, Enrique Hurraco Contreras y E.C.H. Petrogroup, extiendo y firmo la presente en Algeciras a veintitrés de octubre de dos mil doce.- El/La Secretario.

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