Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 242 de 12/12/2012

3. Otras disposiciones

Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente

Resolución de 4 de diciembre de 2012, de la Delegación Territorial de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente en Málaga, por la que se delegan diversas competencias del Registro de Transportistas, Vehículos y Contenedores de Subproductos Animales No Destinados Al Consumo Humano en Andalucía en el titular del Servicio de Agricultura, Ganadería, Industria y Calidad.

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El artículo 101 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, establece que los órganos de la Administración de la Junta de Andalucía podrán delegar, mediante resolución motivada, el ejercicio de las competencias que tengan atribuidas en otros de la misma Administración, del mismo rango o inferior. En idéntico sentido el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, regula la figura jurídica de la delegación de competencias disponiendo que los órganos de las diferentes Administraciones Públicas podrán delegar el ejercicio de las competencias que tengan atribuidas en otros órganos de la misma Administración.

El artículo 102 de la referida Ley 9/2007 dispone que la delegación de competencias será publicada en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» y producirá sus efectos a partir de la fecha de publicación. Las resoluciones administrativas que se adopten por delegación indicarán expresamente esta circunstancia y se considerarán dictadas por el órgano delegante.

La Orden de 21 de junio de 2012, por la que se regula el Registro de Transportistas, Vehículos y Contenedores de Subproductos Animales No Destinados Al Consumo Humano en Andalucía y las condiciones de recogida de transporte de los mismos establece en su artículo 3 que todas las personas que transporten subproductos animales no destinados al consumo humano, así como los vehículos y contenedores que utilicen para ello, deberán comunicarlo, previo al inicio de la actividad, a fin de proceder a su inscripción en el Registro de Transportistas, Vehículos y Contenedores de SANDACH. Dicha inscripción se efectuará de oficio por la Delegación Provincial competente en materia de ganadería en la que radique la razón social del transportista.

El artículo 4 de la citada Orden confiere al Titular de la Delegación Territorial competente en materia de ganadería de la provincia donde se ubique la razón social del transportista la inscripción en el Registro de los medios de transporte de SANDACH y la emisión de un Certificado acreditativo de ello. Asimismo, el artículo 5 del mismo texto normativo le atribuye la potestad para proceder a acordar la baja en el Registro cuando concurran las causas reglamentariamente previstas.

Para agilizar el procedimiento de resolución de inscripción y emisión del certificado acreditativo del alta, así como el acuerdo de baja cuando proceda, en el Registro de Transportistas, Vehículos y Contenedores de Subproductos Animales No Destinados Al Consumo Humano en Andalucía, se ha acordado por esta Delegación Territorial proceder a la delegación de competencia en el titular de Servicio de Agricultura, Ganadería, Industria y Calidad.

Málaga, 4 de diciembre de 2012.- El Delegado, Javier Carnero Sierra.

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