Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 248 de 20/12/2012

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia e Instrucción

Edicto de 1 de octubre de 2012, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Cinco de Dos Hermanas, dimanante de procedimiento núm. 135/2010. (PP. 3303/2012).

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NIG: 4103842C20100001488.

Procedimiento: Juicio Verbal (250.2) 135/2010. Negociado: CJ.

De: Don Manuel Castilleja Santos.

Procurador: Sr. Salvador Arribas Monge.

Contra: Construcciones Alcalá, S.A., y Construcciones Anahuac, S.A.

Procurador: Sr. Salvador Arribas Monge.

EDICTO

En el presente procedimiento Juicio Verbal (250.2) 135/2010 seguido a instancia de don Manuel Castilleja Santos frente a Construcciones Alcalá, S.A., y Construcciones Anahuac, S.A., se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

La Sra. doña María Rosario Navarro Rodríguez, Magistrada-Juez Titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número Cinco de Dos Hermanas y su partido, habiendo visto los presentes autos de Juicio Verbal (250.2) 135/2010 seguidos ante este Juzgado, entre partes, de una como demandante don Manuel Castilleja Santos con Procurador don Salvador Arribas Monge y Letrado/a D./Dña.; y de otra como demandados, Construcciones Alcalá, S.A., y Construcciones Anahuac, S.A.

FALLO

Que estimando la demanda deducida por el Procurador Arribas Monge, Salvador, en nombre y representación de don Manuel Castilleja Santos, contra Construcciones Alcalá, S.A., y Construcciones Anahuac, S.A., sobre condena de hacer, declaro:

1. Condenar a los demandados a elevar a escritura pública el contrato privado de compraventa de fecha 10.2.1970 del inmueble sito en esta ciudad, Urbanización Las Torres, núm. 4, planta segunda, letra A, con número registral 11.789.

2. En caso de incumplimiento de elevar la escritura pública, que se proceda judicialmente. Se imponen las costas a los demandados.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación, que se interpondrá por escrito ante este Juzgado en plazo de 20 días.

Para la admisión del recurso deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado núm. 2173/0000/03/0135/10, indicando en las Observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso seguido del código 02 y tipo concreto del recurso, de conformidad con lo establecido en la L.O. 1/2009, de 3 de noviembre, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en el apartado 5.º de la disposición adicional decimoquinta de dicha norma o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación. Leída y publicada fue la anterior Sentencia por el/la Sr./Sra. Juez que la suscribe, estando celebrando audiencia pública en el mismo día de su fecha, doy fe en Dos Hermanas.

Y encontrándose dicho demandado, Construcciones Alcalá, S.A., y Construcciones Anahuac, S.A., en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.

En Dos Hermanas, a uno de octubre de dos mil doce.- El/La Secretario/a Judicial.

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