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En virtud de lo dispuesto en el art. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por ser desconocido su domicilio o estar ausente del mismo, significándole que contra este acuerdo no cabe recurso alguno, según dispone el apartado 6 del art. 42 de la Ley 30/92. Para conocer el contenido íntegro del acto de fecha 16 de noviembre de 2012, dirigirse al Servicio de Protección de Menores, sito en C/ Ancha de Gracia, 6, Granada.
Interesada: Elisabeth Rodríguez Roldán.
Núm. Expte.: 150-152/12.
Acto notificado: Comunicación suspensión del plazo de resolución procedimiento de desamparo, menores: (A.B.R.) (A.B.R.).
Granada, 19 de diciembre de 2012.- El Delegado, Higinio Almagro Castro.
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