Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 253 de 28/12/2012

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Ayuntamientos

Anuncio de 30 de noviembre de 2012, del Ayuntamiento de Roquetas de Mar, sobre Modificación del Uso Pormenorizado de las Submanzanas R2-A, R5 y R6 y Manzana R4 del ámbito denominado UE-80.1 del mismo a instancia de Hermanos Godoy Durán, C.B., y otro. (PP. 3280/2012).

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Doña Eloísa María Cabrera Carmona, Concejal Delegada de Suelo y Vivienda, Transporte y Movilidad del Ayuntamiento de Roquetas de Mar (Almería), con fecha 29 de noviembre de 2012, ha dictado la siguiente resolución:

Visto el acuerdo adoptado por este Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 7 de noviembre de 2012, relativo a la aprobación definitiva de la Innovación núm. 4 al PGOU de Roquetas de Mar, sobre Modificación del Uso Pormenorizado de las Submanzanas R2-A, R5 y R6 y Manzana R4 del ámbito denominado UE-80.1 del mismo a instancia de Hermanos Godoy Durán, C.B., y otro, cuya parte dispositiva dice:

«Primero. Aprobar definitivamente la Innovación Expte. 1/11 al Plan General de Ordenación Urbanística de Roquetas de Mar, consistente en la modificación del uso pormenorizado de las submanzanas R2-A, R5 y R6 y Manzana R4 del ámbito denominado UE-80.1 del citado planeamiento general, formulado por el Ayuntamiento de Roquetas de Mar a instancia de Hermanos Godoy Durán, C.B., y don Francisco Navarro Martínez, según proyecto redactado por don Juan Manuel López Torres.

Segundo. Facultar a la señora Concejal Delegada de Suelo y Vivienda, Transporte y Movilidad para que publique el presente acuerdo en el BOJA, una vez depositados sendos ejemplares diligenciados tanto en el Registro de Instrumentos de Planeamiento de la Delegación Territorial de la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente como en el Registro Municipal de Instrumentos de Planeamiento y Convenios Urbanísticos (art. 40 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre), para lo que se presentarán dos ejemplares originales y completos del documento técnico aprobado definitivamente en formato papel así como otro ejemplar en formato digital DWG y georreferenciado.

Tercero. El acuerdo municipal de aprobación definitiva, por tratarse de un acto firme en vía administrativa, conforme establece el artículo 52.2 de la Ley 7/1985, en relación al artículo 109 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, será susceptible de la interposición de recurso potestativo de reposición, ante el órgano que dicte el presente acto en el plazo de un mes, desde el día siguiente a la notificación del mismo (artículo 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y/o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en Granada, en el plazo de dos meses, desde el día siguiente a la notificación del presente acto (artículo 10 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, modificado mediante Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre), o de la resolución del recurso potestativo de reposición, en su caso.»

Visto que ha sido depositado en el Registro Municipal de Instrumentos de Planeamiento y Convenios Urbanísticos dos ejemplares de la presente Innovación al PGOU así como en el Registro Autonómico de Instrumentos Urbanísticos (número de registro 5.485).

RESUELVO

Procede la publicación en el BOJA y el BOP del acuerdo de aprobación definitiva de la Innovación núm. 4 al PGOU de Roquetas de Mar, sobre Modificación del Uso Pormenorizado de las Submanzanas R2-A, R5 y R6 y Manzana R4 del ámbito denominado UE-80.1 del mismo a instancia de Hermanos Godoy Durán, C.B., y otro según proyecto redactado por don Juan Manuel López Torres, así como la publicación integra de sus ordenanzas reguladoras, que a continuación se transcriben:

«7. NORMAS URBANÍSTICAS:

Serán de aplicación las establecidas en el PGOU aprobado definitivamente el 3 de marzo de 2009, y publicado en el BOJA de 28 de septiembre de 2010.

8. ORDENANZAS DE EDIFICACIÓN:

La ordenanza de aplicación para las parcelas R1, R2-A, R2-B, R3, R4, R5, R6 y R7 será la ordenanza Plurifamiliar entre medianerías PLM, tal y como se define en el Capítulo Undécimo del PGOU aprobado definitivamente el 3 de marzo de 2009, y publicado en el BOJA de 28 de septiembre de 2010.»

La presente Resolución, por tratarse de un acto firme en vía administrativa, conforme establece el artículo 52.2 de la Ley 7/1985, en relación al artículo 109 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, será susceptible de la interposición de recurso potestativo de reposición, ante el órgano que dicta el presente acto en el plazo de un mes, desde el día siguiente a la notificación del mismo (artículo 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y/o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en Granada, en el plazo de dos meses, desde el día siguiente a la notificación del presente acto (artículo 10 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, modificado mediante Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre), o de la resolución del recurso potestativo de reposición, en su caso.

Lo manda y firma la Concejal Delegada de Suelo y Vivienda, Transporte y Movilidad (Decreto de la Alcaldía-Presidencia de 13 de junio de 2011, BOP núm. 119, de 23 de junio de 2011), en el lugar y fecha arriba indicados, ante mí el Secretario General, que doy fe.

Roquetas de Mar, 30 de noviembre de 2012.- La Concejal Delegada, Eloísa María Cabrera Carmona; el Secretario General, Guillermo Lago Núñez.

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