Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 78 de 23/04/2012

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Vivienda

Resolución de 19 de marzo de 2012, de la Dirección General de Transportes, por la que se ratifican las nuevas tarifas de aplicación de la Estación de Autobuses de El Ejido (Almería) para 2012. (PP. 1145/2012).

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Con fecha 19 de marzo de 2012, se ha dictado por la Dirección General de Transportes resolución, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

Primero. Ratificar las tarifas máximas de aplicación de la Estación de Autobuses de El Ejido, aprobadas por el Excmo. Ayuntamiento en sesión ordinaria de fecha 6 de febrero de 2012, que a continuación se exponen, expresadas en euros, con detalle de los conceptos por los que han de percibirse las mismas y con expresa advertencia de que tales tarifas habrán de ser incrementadas con su correspondiente IVA, sin que puedan ser recargadas con ningún otro gravamen:

TARIFAS

CONCEPTOMÁXIMAS

1. Por entrada o salida de autobuses

con viajeros.

1.1. Servicios regulares permanentes

de uso general.

1.1.1. Cercanías hasta 30 km: 0,53

1.1.2. Resto: 1,43

1.2. De los servicios no encuadrados en el

apartado anterior.

1.2.1. Cualquier servicio: 2,23

2. Por utilización por los viajeros de los

servicios generales de la estación.

2.1. De servicios regulares permanentes

de uso general.

2.1.1. Viajeros de Cercanías hasta 30 km: 0,14

2.1.2. Resto de viajeros: 0,15

2.2. De servicios no encuadrados en el

apartado anterior.

2.2.1. Cualquier recorrido: 0,19

3. Por utilización de los servicios de consigna

automática: Los precios por utilización

de los servicios de consigna automática

serán los que libremente establezca

el concesionario de la Estación siempre

que se preste también el servicio

de consigna manual.

4. Por utilización de los servicios de consigna

manual. Cada bulto, por día o fracción.

4.1. Bulto de hasta 50 kg: 0,26

4.2. Bulto mayor de 50 kg: 0,59

4.3. Por cada día de demora: 1,11

5. Facturación de equipajes:

5.1. Por cada 10 kg o fracción de peso: 0,58

5.2. Mínimo de percepción: 2,23

6. Por alquiler de la zona de taquillas.

6.1. Por cada módulo de taquilla: 223,21

7. Servicio de aparcamiento de autobuses.

7.1. De 8 a 22 horas, por cada hora o fracción: 0,90

7.2. Aparcamiento de un autobús de servicio

regular permanente de uso general desde

las 22 horas a las 8 horas del día siguiente

sin fraccionamiento por razón de tiempo: 11,67

7.3. Aparcamiento de un autobús que no

preste servicio regular permanente de viajeros

(siempre que la capacidad de la Estación lo

permita) desde las 22 horas a las 8 horas

del día siguiente, sin fraccionamiento por

razón de tiempo dentro del indicado: 19,45

Segundo. Las tarifas aprobadas sin IVA servirán de base para futuras revisiones tarifarias.

Tercero. El cuadro de tarifas deberá obligatoriamente hallarse expuesto al público.

Cuarto. Las tarifas máximas de aplicación de la Estación de Autobuses de El Ejido entrarán en vigor al día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Excma. Sra. Consejera de Obras Públicas y Vivienda, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a su notificación.

Sevilla, 19 de marzo de 2012.- La Directora General, Josefa López Pérez.

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