Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 78 de 23/04/2012

3. Otras disposiciones

Consejería de Salud

Resolución de 4 de abril de 2012, de la Dirección General de Personal y Desarrollo Profesional del Servicio Andaluz de Salud, por la que se acuerda la remisión del expediente administrativo requerido por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Seis de Sevilla, en el recurso procedimiento abreviado núm. 427/10 y se emplaza a terceros interesados

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En fecha 4 de abril de 2012 se ha dictado la siguiente resolución de la Dirección General de Personal y Desarrollo Profesional del Servicio Andaluz de Salud:

«Por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Seis de Sevilla se ha efectuado requerimiento para que se aporte el expediente administrativo correspondiente al recurso P.A. núm. 427/10, interpuesto por doña Concepción Soto Gómez contra la desestimación por silencio administrativo del escrito presentado con fecha 7 de abril de 2009.

De conformidad con lo previsto en el art. 48.4 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, remítase al Juzgado copia precedida de un índice de los documentos que lo integran.

Emplácese a cuantos aparecen como interesados en dicho expediente para que puedan personarse ante el órgano jurisdiccional como demandados. Sevilla, a 4 de abril de 2012. El Director General de Personal y Desarrollo Profesional. Fdo.: Antonio José Valverde Asencio.»

Por dicho Órgano Judicial, se señala para la celebración de la vista el día 25.5.12, a las 11,20 horas.

En consecuencia, de conformidad con lo ordenado por el Órgano Jurisdiccional,

HE RESUELTO

Primero. Anunciar la interposición del recurso contencioso-administrativo, P.A. núm. 427/10.

Segundo. Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía para que, de conformidad con el artículo 78 en relación con el 49.1 de la Ley del a Jurisdicción Contencioso-Administrativa, los interesados puedan comparecer y personarse en el plazo de nueve días ante dicho Juzgado en legal forma, haciéndoles saber que de personarse fuera del indicado plazo se les tendrá por parte sin que por ello deba retrotraerse ni interrumpirse el curso del procedimiento y que, de no hacerlo oportunamente, continuará el procedimiento por sus trámites, sin que haya lugar a practicarles notificación alguna.

Sevilla, 4 de abril de 2012.- Director General, Antonio José Valverde Asencio.

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