Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 78 de 23/04/2012

3. Otras disposiciones

Consejería de Cultura

Resolución de 22 de marzo de 2012, de la Dirección General de Bienes Culturales, por la que se incoa el procedimiento para la inscripción y delimitación en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, como Bien de Interés Cultural, con la tipología de Zona Arqueológica, del Complejo Kárstico de Cueva Navarro IV, en Málaga.

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I. En desarrollo de lo prescrito en el artículo 46 de la Constitución Española, el Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado mediante Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, establece en su artículo 10.3.3.º que la Comunidad Autónoma ejercerá sus poderes con el objetivo básico del afianzamiento de la conciencia de identidad y cultura andaluza a través del conocimiento, investigación y difusión del patrimonio histórico, antropológico y lingüístico. Para ello, el artículo 37.1.18.º preceptúa que se orientarán las políticas públicas a garantizar y asegurar dicho objetivo básico mediante la aplicación efectiva, como principio rector, de la conservación y puesta en valor del patrimonio cultural, histórico y artístico de Andalucía; estableciendo a su vez el artículo 68.3.1º que la Comunidad Autónoma tiene competencia exclusiva sobre protección del patrimonio histórico, artístico, monumental, arqueológico y científico, sin perjuicio de lo que dispone el artículo 149.1.28.ª de la Constitución.

En ejercicio de la competencia atribuida estatutariamente, el Parlamento de Andalucía aprobó la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía, en la que, entre otros mecanismos de protección, en el artículo 6 se constituye el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, como instrumento para la salvaguarda de los bienes en él inscritos, su consulta y divulgación, atribuyéndose a la Consejería competente en materia de patrimonio histórico la formación, conservación y difusión del mismo. Asimismo en el artículo 9 se regula la tramitación de los procedimientos de inscripción.

El Reglamento de Organización Administrativa del Patrimonio Histórico de Andalucía, aprobado por Decreto 4/1993, de 26 de enero (declarado vigente por la Disposición derogatoria única de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía), en su artículo 2, atribuye a la Consejería de Cultura la competencia en la formulación, seguimiento y ejecución de la política andaluza en materia de Bienes Culturales, referida a la tutela, enriquecimiento y difusión del Patrimonio Histórico Andaluz, siendo, de acuerdo con el artículo 5.1 del citado Reglamento, la persona titular de la Dirección General de Bienes Culturales la competente para incoar y tramitar los procedimientos de inscripción de Bienes de Interés Cultural. Disponiéndose la forma de inscripción en el Catálogo en el artículo 7.2 de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía, donde se indica que se podrá realizar de manera individual o colectiva.

II. Con la denominación de Complejo Kárstico de Cueva Navarro IV, se agrupa un conjunto de yacimientos que junto con los depósitos de edad cuaternaria son fundamentales para la comprensión de los episodios históricos desarrollados, cuanto menos desde el final del Pleistoceno medio (alrededor de 150.000 años) hasta los inicios del Holoceno (4.000 años antes del presente).

Este sector de la costa malagueña reúne en poco espacio uno de los registros geológicos y arqueológicos más importantes del Mediterráneo occidental. El Complejo Kárstico de Cueva Navarro IV se compone de diversos elementos, uno de ellos, que es el que le da nombre a la zona, se encuentra afectado por el artículo 40.2 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, al contener manifestaciones de arte rupestre, por lo que se encuentra ya declarado por ley como Bien de Interés Cultural. En concreto, el espacio subterráneo de Cueva Navarro IV conserva un importante y amplio depósito detrítico resultado de la superposición de numerosas fases de ocupación humana a lo largo de la Historia, manteniendo en sus paredes múltiples evidencias artísticas y simbólicas gracias a la presencia de pinturas del período solutrense.

Por todo lo cual, a la vista de la propuesta formulada por el Servicio de Protección del Patrimonio Histórico, y de conformidad con lo establecido en el artículo 9.1 de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía, y en el artículo 5.1 del Reglamento de Organización Administrativa del Patrimonio Histórico de Andalucía,

RESUELVO

Primero. Incoar el procedimiento para la inscripción y delimitación en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz como Bien de Interés Cultural, con la tipología de Zona Arqueológica, del Complejo Kárstico de Cueva Navarro IV, en Málaga, cuya descripción y delimitación figuran en el anexo a la presente Resolución.

Segundo. Proceder a dar traslado a la Administración General del Estado para su constancia en el Registro correspondiente.

Tercero. Hacer saber a los propietarios, titulares de derechos y simples poseedores de los bienes, que tienen el deber de conservarlos, mantenerlos y custodiarlos, de manera que se garantice la salvaguarda de sus valores. Asimismo, deberán permitir su inspección por las personas y órganos competentes de la Junta de Andalucía, así como su estudio por las personas investigadoras acreditadas por la misma.

Cuarto. Hacer saber al Ayuntamiento de Málaga, que debe procederse a la suspensión de las actuaciones que se estén desarrollando y de las licencias municipales de parcelación, edificación o demolición en las zonas afectadas, así como de los efectos de las ya otorgadas, hasta tanto se obtenga la autorización de la Consejería competente en materia de patrimonio histórico.

Quinto. Continuar la tramitación del procedimiento de acuerdo con las disposiciones en vigor. La tramitación se llevará a cabo por la Delegación Provincial de la Consejería en Málaga.

Sexto. Ordenar que la presente Resolución se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 22 de marzo de 2012.- La Directora General, Margarita Sánchez Romero.

ANEXO

I. DENOMINACIÓN

Principal: Complejo Kárstico de Cueva Navarro IV.

Secundaria: Complejo del Humo, Cueva Navarro IV, La Araña.

II. LOCALIZACIÓN.

Provincia: Málaga.

Municipio: Málaga.

III. DESCRIPCIÓN DEL BIEN

La Zona Arqueológica denominada Complejo Kárstico de Cueva Navarro IV, está formada por la cueva de dicho nombre, así como por una serie de cuevas directamente relacionadas con la anterior. Este ámbito delimitado se considera perteneciente a un sistema kárstico con una dinámica de conjunto, no considerándose en ningún momento como un ente aislado.

Los materiales carbonáticos que afloran en este complejo constituyen un acuífero de tipo kárstico. En los rellenos del paleokarst, en concreto en los depósitos mixtos (marinos y continentales), es donde principalmente se ha detectado la presencia de materiales arqueológicos que abarcan desde el Pleistoceno Superior al Holoceno Antiguo, aunque también en los depósitos continentales en cavidades que no cuentan en su base con depósitos marinos se han podido documentar numerosos materiales arqueológicos. Por otro lado destacan en estas cavidades los espelotemas epicuáticos, que aparecen en un número considerable, procediendo de este lugar los ejemplares de calcita en diente de perro más espectaculares de Andalucía.

Desde la perspectiva arqueológica, esta zona se inserta en la Bahía de Málaga, entre los municipios de Benalmádena al oeste y Rincón de la Victoria al este, configurando en la actualidad uno de los núcleos más importantes del registro Pleistoceno Superior/Holoceno inicial de toda la cuenca mediterránea. En este contexto encontramos yacimientos diversos como la Cueva del Toro o Calamorro (Benalmádena) que cuenta con pinturas rupestres paleolíticas e inhumaciones de la Edad del Cobre; con las cavidades de los tajos de Bajondillo (Torremolinos) cuya cronología abarca una secuencia desde el Paleolítico Medio hasta el Neolítico; la Cueva del Hoyo de la Mina (Málaga) con una ocupación desde el Solutrense hasta el Calcolítico; las cuevas de la Victoria y del Higuerón (Rincón de la Victoria) con una secuencia desde el Paleolítico Superior hasta el Calcolítico, aunque también con presencia de materiales de época posterior, en concreto romana y medieval, así como la espectacular Cueva de Nerja, que se puede relacionar directamente con los yacimientos citados de la bahía.

La zona que nos ocupa forma parte de lo que se denomina el Complejo del Humo, agrupando en este sector los siguientes yacimientos:

- Cueva del Montijano, La Puerta, Raja del Humo o Cueva de los Molinos: estas denominaciones hacen referencia a un mismo sitio donde han aparecido raspadores, buriles y algunos elementos de dorso que serían afines a los conjuntos magdalenienses del sector meridional de la península. En la última intervención realizada junto a restos del Paleolítico Inferior se ha localizado la presencia de industrias musterienses.

De esta cueva se han obtenido dos dataciones de sendos niveles carbonatados, uno interestratificado entre capas continentales (21.300+-4.260) y otro cerrando la serie a techo (5.720+-572), y una datación más procedente de una capa estalagmítica relacionada por correlación lateral con la serie general que proporcionó una fecha alrededor de 25.000 años antes del presente.

- Raja del Caballo: también conocida como Abrigo 4 del Complejo del Humo, aunque se trata de una cueva que se ubica casi continua al anterior. Los estudios han permitido registrar un primer momento representado por un conjunto de piezas musterienses, mientras que el segundo se corresponde con el período solutrense por la presencia de morfotipos bifaciales confeccionados mediante el modo plano. Por otros materiales detectados se puede hablar de una ocupación durante el Auriñaciense, Gravetiense, Magdaleniense e incluso en el Epipaleolítico Microlaminar.

- Cueva de la Virgen: conocida como Abrigo 6 del Complejo del Humo aunque es una cueva. Los materiales líticos más antiguos son solutrenses, destacando las puntas de cara plana y de aletas, más pedúnculos. Del Neolítico Antiguo aparecen vasos cerámicos impresos, junto con un importante conjunto de útiles líticos y adornos con elementos perforados, así como brazaletes/pulseras. Del Neolítico Medio y Final se registran excelentes ejemplares de industria ósea y lítica, elementos ornamentales de origen orgánico y pétreo, junto con cerámica. Por último y ya dentro del período calcolítico destacan un hacha metálica, elementos ornamentales en soportes malacológicos y pétreos, así como restos líticos y cerámicos.

- Cueva de los Ojos: denominada tradicionalmente como Abrigo 7 del Complejo del Humo. Se han localizado restos de industria lítica paleolítica y piezas cerámicas de la Prehistoria Reciente.

- Cueva Navarro IV: los estudios detectan evidencias de la frecuentación de dicho espacio durante el Paleolítico Superior, fundamentalmente piezas líticas y restos de malacofauna, entre otros elementos, aunque se caracteriza por la presencia de pintura parietal. El sector más espacioso de dicha cueva es la Sala de las Pinturas o de las Fistulosas, de la que parten varias galerías, como la Sala del Antropomorfo o la denominada de la Estalagmita Rota. También se ha podido documentar una pequeña estancia de bóveda baja, que posiblemente sea el acceso original de Cueva Navarro IV, hoy en día colmatado, pero que conecta con el exterior a escasa distancia de la cueva del Humo y a pocos metros de la actual línea de costa. Por otro lado el registro ha permitido conocer la existencia de innumerables conductos angostos, que no contienen indicios pictóricos, pero sí fueron explorados y/o frecuentados durante el Paleolítico Superior.

Las pinturas se localizan en una sala central que cuenta con una serie de ramificaciones, éstas aparecen en diferentes tonos de rojos y negros, con un predominio claro de los primeros. La temática es bastante homogénea, agrupándose los motivos, según criterios morfológicos, en curvilíneos, puntuaciones, líneas de puntos, bastones o haces rectilíneos paralelos, rectilíneos cruzados o aspas, trazos pareados y un motivo naturalista (figura bovina). Entre otros motivos diversos, también hay que incluir espeleotemas teñidos.

En cuanto al repertorio figurativo, consta de un total de 149 elementos pictóricos, repartidos entre los dos grandes temas que determinan el arte rupestre paleolítico, zoomorfos e ideomorfos. En este caso sólo se aprecia una única imagen clara de animal, mientras que el resto se encuadraría dentro de las diversas categorías de ideomorfos. Dentro de este grupo el motivo que más se repite es el de líneas de puntos, seguido ya a distancia de manchas planas y puntuaciones unitarias. Desde el punto de vista estilístico, el zoomorfo se adscribe al estilo III de Leroi-Gourhan, que abarcaría las fases finales del Solutrense y el Magdaleniense inicial. En concreto esta figura pertenecería al Solutrense Medio.

El repertorio parietal desarrollado en esta cueva tiene semejanzas, tanto desde el punto de vista temático como compositivo, con otros yacimientos de Málaga, como las cuevas del Toro o Calamorro (Benalmádena), La Pileta (Benaoján) o la Cueva de Nerja, aunque también hay paralelos en otras provincias andaluzas.

Los motivos desarrollados mantienen combinaciones abstractas normalizadas que rigen en alguna medida la sintaxis entre los signos, concibiendo nuevas ecuaciones al ir sumando otros elementos gráficos, siempre afines a la sinopsis fundamental, de manera que esas pautas combinatorias, junto con sus similares estructuras topo-iconográficas, inducen a pensar en mensajes gráficos codificados, al menos, en las paredes de las cavidades durante los momentos finales del Paleolítico. Tanto por paralelos como por las características de esta cueva, que contempla aspectos compositivos y estructurales, la datación de la cueva se centraría en el período solutrense.

IV. DELIMITACIÓN DEL BIEN

La delimitación se circunscribe en esencia a la cuenca de alimentación del sistema kárstico por la afección directa que le supone al Bien, constituyendo el karst un medio geológico altamente conservativo, que ofrece una gran variedad de formas y registros sedimentarios reflejo de los procesos que los generaron y las condiciones ambientales reinantes en el momento en que éstos se produjeron.

Este área ha quedado enmarcada con una línea poligonal cuyas coordenadas UTM constan en el expediente de protección. La delimitación afecta a todos los espacios públicos y privados, las parcelas, inmuebles y elementos comprendidos dentro de dicho polígono. Las parcelas afectadas por la delimitación del Bien son las siguientes:

Masa Parcela Tipo  Ref.  catastral Afección
9 7 R 29900A00900007 Parcial
9 9002 X 29900A00909002 Parcial
10 14 R 29900A01000014 Parcial
10 16 R 29900A01000016 Total
10 21 R 29900A01000021 Total
10 9000 X 29900A01009000 Parcial

V. CARTOGRAFÍA

La cartografía base utilizada para la delimitación del Bien es la cartografía catastral vectorial, Sede Electrónica del Catastro, Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, enero de 2012.

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