Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 93 de 14/05/2012

4. Administración de Justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 9 de febrero de 2011, del Juzgado de Primera Instancia núm. Dieciocho de Málaga, dimanante de procedimiento ordinario núm. 1252/2009. (PP. 753/2011).

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NIG: 2906742C20090024043.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 1252/2009. Negociado: 02.

Sobre: Propiedad Horizontal. Medida Cautelar 1182/10.

De: CP Parque Guadalsol.

Procuradora: Sra. M.ª Carmen Martínez Galindo.

Letrada: Sra. María Belén Moya Sánchez.

Contra: Residencial Guadalsol, S.A.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Procedimiento Ordinario 1252/2009 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Dieciocho de Málaga a instancia de CP Parque Guadalsol contra Residencial Guadalsol, S.A., sobre Propiedad Horizontal (Medida Cautelar 1182/10), se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

Juzgado de Primera Instancia número Dieciocho. Málaga.

Autos: Procedimiento Ordinario núm. 1252/2009.

SENTENCIA NÚM. 94/2010

En Málaga, a nueve de febrero de dos mil once.

Vistos por mí, doña Ana Matilla Rodero, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia número Dieciocho de Málaga, los presentes autos de Juicio Ordinario, registrado con el número 1252/2009, y seguido entre partes de una y como demandante la Comunidad de Propietarios Parque Guadalsol, sita en Churriana (Málaga), calle Periodista Juan Antón Rando, 1, provista del CIF núm. H92878578, representada por la Procuradora doña María del Carmen Martínez Galindo y asistida por la Letrada doña María Belén Moya Sánchez, y de otra y como demandada la entidad mercantil Residencial Guadalsol, S.A., con domicilio social en Churriana (Málaga), calle Escritor Sancho Guerrero, número 1, en situación procesal de rebeldía, sobre reclamación de cantidad, y atendidos los siguientes

FALLO

Que, estimando la demanda interpuesta por la Procuradora de los Tribunales doña María del Carmen Martínez Galindo, en nombre y representación de la Comunidad de Propietarios Parque Guadalsol, sita en Churriana (Málaga), contra la entidad mercantil Residencial Guadalsol, S.L., en situación procesal de rebeldía, debo condenar y condeno a la expresada demandada a que satisfaga a la parte actora la suma de seis mil setecientos treinta y nueve euros setenta y dos céntimos (6.739,72 euros), importe de la deuda vencida al mes de abril de 2009, más los intereses de la misma, computados desde la interpelación judicial hasta el completo pago de aquélla, calculados al tipo de interés legal del dinero, incrementado en dos puntos a partir de la fecha de la presente resolución. Todo ello con expresa condena de la demandada al pago de las costas procesales causadas.

Modo de impugnación: Mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Málaga (artículo 455 LEC).

El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 LEC).

Hágase saber a la parte recurrente que el recurso no será admitido a trámite si no acredita al interponerlo haber ingresado en la cuenta de este Juzgado, núm. 4156, la cantidad de 50 euros, debiendo indicar en las Observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso seguido del código 02 y tipo concreto de recurso, de conformidad con lo establecido en la LO 1/2009, de 3 de noviembre, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en el apartado 5.º de la Disposición Adicional Decimoquinta de dicha norma, o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.

Notifíquese la presente resolución a las partes de este procedimiento. Así por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, lo pronuncio, mando y firmo.

E/.

Publicación. Dada, leída y publicada ha sido la anterior sentencia, por la Sra. Juez que la dicta, el mismo día de su fecha, estando celebrando audiencia pública en la Sala de su Juzgado; doy fe, ante mí.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a la demandada Residencial Guadalsol, S.A., extiendo y firmo la presente en Málaga, a nueve de febrero de dos mil once.- El/La Secretario.

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