Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 93 de 14/05/2012

4. Administración de Justicia

Juzgados de Primera Instancia e Instrucción

Edicto de 7 de marzo de 2012, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Dos de Motril, dimanante de procedimiento ordinario núm 569/2009. (PP. 1010/2012).

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NIG: 1814042C20090002434. Procedimiento: Procedimiento Ordinario 569/2009. Negociado: HR.

De: Cárnicas Sierra de Cazorla, S.L.

Procuradora: Sra. María Teresa Rojas Arquero.

Contra: Antonio Rivas Megías y Antonio Rivas García.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Procedimiento Ordinario 569/2009 seguido en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Dos de Motril a instancia de Cárnicas Sierra de Cazorla, S.L., contra Antonio Rivas Megías con DNI 23.644.651-F y Antonio Rivas García 24.266.120-Q sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA NÚM.

En Motril a ocho de marzo dos mil once.

Vistos por la Ilma. Sra. doña Mercedes Ortiz Barquero, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número Dos de los de esta Ciudad y su Partido, los autos de juicio ordinario seguidos ante este Juzgado bajo número 569 de 2009, a instancia de Cárnicas Sierra de Cazorla, S.L., representado por la Procuradora doña María Teresa Rojas Arquero y defendido por el Letrado don Alberto J. Rodríguez García; contra don Antonio Rivas García y don Antonio Rivas Megías, en situación de rebeldía, sobre reclamación de cantidad, atendiendo a los siguientes,

FALLO

Estimo la demanda interpuesta por Cárnicas Sierra de Cazorla, S.L., y condeno a don Antonio Rivas García y a don Antonio Rivas Megías a pagar a la actora la cantidad de ocho mil cuatrocientos diecinueve euros y veintinueve céntimos (8.419,29), intereses legales desde el día 26 de mayo de 2009, intereses que se incrementarán en dos puntos desde la fecha de la presente resolución y al pago de las costas procesales.

Notifíquese esta resolución a las partes.

Contra esta sentencia cabe recurso de apelación que deberá prepararse ante este Juzgado en plazo de cinco días a contar desde el siguiente a su notificación y dirigido a la Ilma. Audiencia Provincial de Granada.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al/a los demandado/s Antonio Rivas Megías y Antonio Rivas García, extiendo y firmo la presente en Motril 7 de marzo de 2012.- El/La Secretario.

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