Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 118 de 19/06/2013

3. Otras disposiciones

Consejería de La Presidencia e Igualdad

Resolución de 23 de mayo de 2013, de la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Málaga, por la que se procede a la reordenación de los registros de documentos adscritos a la misma, mediante la supresión/creación de las oficinas que se citan.

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El Decreto 342/2012, de 31 de julio (BOJA núm. 150, de 1 de agosto), ha venido a plasmar el nuevo modelo de organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, señalando en su artículo 7.2 que las Delegaciones del Gobierno de la Junta de Andalucía ejercerán, en el ámbito de su provincia, las competencias de los servicios periféricos de las Consejerías que se determinen, concretando su disposición adicional tercera dicha adscripción, al disponer que «a las Delegaciones del Gobierno se les adscriben los servicios periféricos de las Consejerías de:

- Administración Local y Relaciones Institucionales.

- Justicia e Interior.

- Hacienda y Administración Pública.»

La norma citada establece los servicios periféricos que se integran en las Delegaciones del Gobierno de la Junta de Andalucía, configurando una nueva estructura de las mismas, pero a la vez sitúa bajo la responsabilidad de la figura de la Secretaría General de la Delegación del Gobierno determinadas funciones respecto de los servicios comunes de las Consejerías que se le adscriban, entre ellas, las de registro (art. 8.3. d)

Por su parte, el artículo 82.1 de la Ley 9/2007, de 22 octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, redactado por el apartado 5.º del artículo único de la Ley 4/2012, de 21 de septiembre, por la que se modifica la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, en determinados aspectos de la organización territorial dispone que «En todas las Consejerías de la Junta de Andalucía existirán un registro general y los registros auxiliares que se establezcan. Asimismo, en las agencias administrativas, en las agencias de régimen especial, en las Delegaciones del Gobierno de la Junta de Andalucía, en las Delegaciones Provinciales de las Consejerías o en las Delegaciones Territoriales y en los órganos de ámbito inferior a la provincia que, en su caso, se creen, existirá un registro general o un registro de carácter auxiliar».

El artículo 10 del Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas organizativas para los servicios administrativos de atención directa a los ciudadanos, concreta que los responsables de los órganos administrativos que dispongan de un Registro General de Documentos puedan establecer los Registros Auxiliares necesarios para facilitar la presentación de escritos y comunicaciones, así como para racionalizar los procedimientos administrativos.

Y el artículo 38.8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y el Procedimiento Administrativo Común, en consonancia con el artículo 11 del Decreto 204/1995, de 29 de agosto, exige hacer pública y mantener actualizada la relación de oficinas de registros, así como sus horarios de funcionamiento.

En definitiva, con la finalidad primera de ofrecer constancia a los ciudadanos de sus relaciones documentales con la Administración garantizando sus derechos y, segunda, de adaptar la estructura de las oficinas de registro de documentos de responsabilidad de la Secretaría General de esta Delegación del Gobierno, a la nueva organización territorial provincial de la Junta de Andalucía y teniendo en cuenta las competencias otorgadas en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, y los artículos 9, 10 y 11 del Decreto 204/1995, de 29 de agosto,

RESUELVO

Primero. Crear el Registro Auxiliar de Documentos que se detalla en el Anexo, siendo sus horarios de atención al público de 9,00 a 14,00 horas, de lunes a viernes laborables.

Segundo. Difundir la creación de dicho Registro Auxiliar mediante la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y la exposición de los datos referidos a su ubicación y funcionamiento en los tablones de anuncios correspondientes a los Registros Generales de Documentos de la Consejería de Presidencia e Igualdad y de sus Delegaciones del Gobierno.

Tercero. Suprimir el Registro General de Documentos situado en la sede administrativa de la C/ Alameda Principal, núm. 18.

Cuarto. Suprimir el Registro Auxiliar inicialmente adscrito al Servicio de Protección Civil, sito en Avenida de la Aurora, núm. 56.

Málaga, 23 de mayo de 2013.- El Delegado del Gobierno, José Luis Ruiz Espejo.

ANEXO

Registro Auxiliar de Documentos:

Centro: Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Málaga.

Dirección: C/ Alameda Principal, núm. 18.

Código postal: 29071.

Población: Málaga.

Provincia: Málaga.

Horario de atención al público: 9,00 a 14,00 horas, de lunes a viernes, laborables. Los días 25 y 31 de diciembre permanecerá cerrado.

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