Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 126 de 01/07/2013

1. Disposiciones generales

Consejería de Cultura y Deporte

Resolución de 24 de junio de 2013, de la Dirección de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, por la que se convoca el procedimiento de selección de ofertas de espacios escénicos de gestión privada.

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La Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, entidad de Derecho Público adscrita a la Consejería de Cultura y Deporte, tiene encomendadas, de conformidad con lo establecido en el apartado 2.º del artículo 6 de sus Estatutos, aprobados mediante Decreto 103/2011 de 19 de abril, la investigación, gestión, producción, fomento y divulgación del teatro y las artes escénicas, la música, la producción fonográfica, la danza, el folclore, el flamenco, la cinematografía, las artes audiovisuales, y el desarrollo, comercialización y ejecución de programas, promociones y actividades culturales, por sí o mediante la colaboración o cooperación con otras personas físicas o jurídicas, públicas o privadas.

Para el cumplimiento de sus fines, la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales ha venido participando en coproducciones de teatro y danza con distintas compañías andaluzas, y ha venido concediendo medidas de apoyo para la producción y distribución de espectáculos de teatro, música y danza.

La Agencia Andaluza de Instituciones Culturales ha constatado la existencia de grandes dificultades para el estreno y la distribución, con la debida calidad, de muchos espectáculos andaluces de especial interés cultural que cada año se producen. Así, espectáculos que obtuvieron medidas de apoyo para su producción no son apreciados en las debidas condiciones por los ciudadanos al no ser programados en espacios escénicos con las debidas garantías. Esta situación es especialmente significativa en aquellos espectáculos de pequeño y mediano formato, que no tienen acceso a los espacios escénicos de titularidad pública, destinados generalmente a producciones de gran formato. Por ello, la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, al amparo del artículo 20 Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, está interesada en la contratación de espacios escénicos de gestión privada para garantizar una cuota de escena de producciones de compañías andaluzas realizadas en régimen de coproducción o con medidas de apoyo a la producción por parte de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales. Se persigue también con este programa auspiciar el acceso de la ciudadanía a los bienes culturales en condiciones de igualdad real y efectiva, contribuyendo a la vertebración de la oferta cultural.

Por los motivos expuestos, y en el ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 15 de los mencionados Estatutos, aprobados mediante Decreto 103/2011, de 19 de abril,

RESUELVO

Primero. Objeto de la contratación.

Esta resolución tiene por objeto convocar el procedimiento de selección de ofertas para la contratación de espacios escénicos de gestión privada, para garantizar la programación de espectáculos de artes escénicas, música y danza de compañías con domicilio social en Andalucía.

Segundo. Régimen jurídico.

La Agencia Andaluza de Instituciones Culturales suscribirá con las empresas finalmente seleccionadas el correspondiente contrato privado (códigos CPV: 92310000-7, 92312100-2, 92312110-4 y 92320000-0), al amparo de lo dispuesto en los artículos 20 y 21 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

Tercero. Fecha de ejecución del contrato.

El contrato privado que se suscribirá con cada espacio escénico seleccionado tendrá como duración un trimestre.

Cuarto. Licitadores.

Podrán participar en el procedimiento aquellas personas físicas o jurídicas, de carácter privado, con domicilio social en Andalucía, que gestionen un espacio escénico ubicado en Andalucía, dedicado a la exhibición de espectáculos de artes escénicas y/o música, con programación estable, que cumplan los siguientes requisitos:

1. El espacio escénico deberá disponer de un aforo superior a 100 butacas e inferior a 300 butacas.

2. El especio escénico deberá acreditar haber desarrollado programación estable con una antigüedad de al menos un año a contar desde la publicación de esta convocatoria, entendiéndose por programación estable la realización de al menos 50 representaciones al año, llevadas a cabo por un mínimo de ocho compañías o formaciones musicales de carácter profesional.

3. Quedan excluidos los espacios escénicos cuya actividad principal sea cualquier otra actividad comercial distinta de la exhibición, aunque pudieran incluir programación de espectáculos como actividad complementaria.

4. El espacio escénico deberá disponer de la debida dotación de iluminación, sonido y maquinaria, personal de sala, camerinos en condiciones adecuadas y seguro de responsabilidad civil, en los términos exigidos en la Ley 13/1999, de 15 de diciembre, de Espectáculos Públicos y actividades recreativas de Andalucía, y legislación concordante.

Quinto. Documentación necesaria.

1. Lugar y plazo de presentación:

1. La solicitud, suscrita por la persona interesada y dirigida a la persona titular de la Dirección de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, se presentará preferentemente en la Unidad de Artes Escénicas y Música, de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales sita en el Edificio Estadio Olímpico, Puerta M, Isla de la Cartuja, s/n, 41092, Sevilla, y deberá cumplimentarse conforme al modelo que figura en el Anexo I de la presente Resolución.

 Podrá también presentarse mediante correo certificado o cualquiera de las vías establecidas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en cuyo caso, deberán comunicarlo a la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales mediante correo electrónico unidadfomento.aaiicc@juntadeandalucia.es, fax 955 929 218 o telegrama dentro de los plazos establecidos.

2. El plazo para la presentación de solicitudes será de 15 días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

2. Contenido de la solicitud.

Además del formulario de solicitud debidamente cumplimentado (Anexo I), las solicitudes se acompañarán de la siguiente documentación, que se presentará en tres sobres cerrados, con el siguiente contenido:

SOBRE I. DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA

- Identificación del solicitante a efectos de notificaciones. Deberá incluirse la dirección completa del concursante a efectos de notificaciones incluyendo número de fax y dirección de correo electrónico, en su caso.

- Documentos que acrediten la personalidad jurídica. Si el candidato fuera persona jurídica, la personalidad se acreditará mediante la presentación de copia de la escritura de constitución o modificación, en su caso, debidamente inscrita en el Registro Mercantil cuando este requisito sea exigible, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, estatutos o acta fundacional, en el que constaten las normas por la que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial.

- Documentos que acrediten la propiedad, la titularidad o la cesión del uso de la sala.

- Acreditación del aforo de la sala.

- Tratándose de personas físicas será obligatoria la presentación de la fotocopia compulsada del DNI o pasaporte, o documento que, en su caso, le sustituya reglamentariamente.

- Documentos que acrediten, en su caso, la representación. Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro presentarán copia simple de la escritura de poder suficiente a estos efectos y de su DNI, pasaporte o documento que, en su caso, le sustituya reglamentariamente. Si la empresa fuera persona jurídica el poder deberá figurar inscrito, en su caso, en el Registro Mercantil. Si se trata de un poder para acto concreto no es necesaria la inscripción en el Registro Mercantil, de acuerdo con el art. 94.5 del Reglamento Mercantil.

- Declaración responsable, conforme al modelo recogido como Anexo IV de la presente resolución, de no estar incurso en ninguna causa de prohibición para contratar con la Administración.

SOBRE II. DOCUMENTACIÓN DEL PROYECTO

- Memoria del proyecto de programación de la sala, con el contenido mínimo recogido en el Anexo II a la presente resolución.

SOBRE III. OFERTA ECONÓMICA

- Presupuesto de la actividad formulado conforme al modelo recogido como Anexo III de la presente resolución.

- Plan de financiación, formulado conforme al modelo recogido como Anexo III de la presente resolución.

- Oferta económica a abonar por la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales.

Sexto. Trámite de subsanación.

Si la solicitud presentada no reuniera los requisitos exigidos o no se acompañara de la documentación preceptiva, se requerirá al interesado para que, en el plazo de tres días hábiles subsane y/o acompañe los documentos preceptivos. Se comunicará por medios electrónicos, informáticos o telemáticos a los interesados, bajo apercibimiento de exclusión definitiva del licitador si en el plazo concedido no procede a la subsanación de la documentación.

Séptimo. Procedimiento de selección.

Las propuestas presentadas serán objeto de evaluación por parte de una Comisión de Valoración que estará presidida por la persona titular de la Gerencia de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales y formada por los siguientes vocales:

- La persona titular de la dirección del Instituto Andaluz de las Artes y las Letras de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales.

- La persona titular de la dirección de la Unidad de Artes Escénicas y Música de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales.

- Persona responsable del Área de Teatro de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales.

- Persona responsable del programa Enrédate. Red Andaluza de Teatros Públicos de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales.

- Tres personas, de reconocido prestigio en el sector de las artes escénicas y la música.

La comisión estará asistida por una persona licenciada en derecho adscrita a la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, que actuará como secretario/a.

La composición de la Comisión deberá respetar una representación equilibrada de hombres y mujeres en los términos previstos en el apartado 2 del artículo 18 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Octavo. Criterios de valoración.

La Comisión evaluará y valorará los siguientes aspectos del proyecto:

- El número de representaciones previstas así como la calidad artística de la programación, hasta 20 puntos.

- Programación de compañías o formaciones musicales andaluzas, La promoción de autores andaluces y/o recuperación de patrimonio, hasta 20 puntos.

Programación de espectáculos realizados en coproducción o con medidas de apoyo a la producción por parte de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, hasta 20 puntos.

- Oferta económica, hasta 20 puntos.

La inclusión de espectáculos que apuesten por la creación contemporánea y la igualdad de género, hasta 10 puntos.

- Compromiso con los derechos de la infancia y la contribución a la formación artística del público infantil y juvenil, hasta 10 puntos.

Noveno. Procedimiento.

En base de la valoración realizada por la Comisión se elaborará un orden de prelación con la valoración obtenida por todos los solicitantes.

Los solicitantes que hayan obtenido la mayor puntuación serán invitados por el órgano de contratación a participar en un procedimiento negociado sin publicidad, mediante la adjudicación directa, al amparo de lo dispuesto por el artículo 170.d) del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, para la adjudicación del contrato privado (códigos CPV: 92310000-7, 92312100-2, 92312110-4 y 92320000-0), previsto en el artículo 20 del citado texto legal.

En el procedimiento de contratación, los licitadores deberán presentar la documentación acreditativa de estar al corriente con el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Hacienda Estatal y la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como con la Tesorería General de la Seguridad Social.

Décimo. Solvencia económica y técnica.

Para poder contratar con la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, los candidatos seleccionados deberán acreditar su solvencia económica, financiera y técnica en los términos y por los medios que a continuación se detallan, de conformidad con lo establecido en la Ley de Contratos del sector público:

Solvencia económica:

a) Informe de instituciones financieras.

b) Justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales.

c) Declaración de la cifra global de negocio de los tres últimos años.

d) Tratándose de personas jurídicas, presentación de balances y cuentas anuales, o extractos de balances, en el supuesto de que la publicación de los mismos sea obligatoria en los Estados en donde aquéllas se encuentran establecidas.

Solvencia técnica o profesional:

a) Descripción del equipo técnico y artístico que participa en el proyecto, estén o no integrado directamente con el licitador.

b) Premios y distinciones obtenidas el ejercicio profesional de la actividad.

Undécimo. Condiciones de la contratación.

A) Precio del contrato.

El presupuesto máximo de licitación por sala será de 60.000 €, IVA incluido.

Duodécimo. Obligaciones del adjudicatario.

1. Desarrollar una programación que conste de al menos 25 representaciones o actuaciones de compañías o formaciones musicales profesionales dentro del periodo de vigencia del contrato. No podrán computar las actuaciones de grupos aficionados o las realizadas por asociaciones culturales o entidades sin ánimo de lucro de carácter amateur.

2. La programación ofertada deberá incluir una cuota mínima de participación de compañías/formaciones andaluzas del 60%, con al menos cinco compañías o formaciones musicales distintas. A los efectos de la aplicación de la presente resolución, se considerarán compañías o formaciones andaluzas aquellas que tengan su domicilio social en Andalucía.

3. La programación ofertada deberá incluir al menos 2 representaciones de espectáculos de danza en su modalidad de creación en danza contemporánea, danza clásica y danza española en sus variantes de danza estilizada y escuela bolera.

4. El adjudicatario abonará a la Agencia el 10% de los ingresos netos de la actividad, descontado los siguientes gastos asociados a la programación: canon de SGAE o entidad de gestión que corresponda por el acto de comunicación de los derechos de propiedad intelectual, IVA, gastos de gestión de venta de entradas y abono a la compañía o formación. Se realizará una liquidación mensual que se descontará del importe a abonar por la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales.

5. El adjudicatario pondrá sus instalaciones a disposición de la Agencia durante al menos 4 días, dentro del plazo de duración del contrato, pudiendo la Agencia programar actividades culturales o formativas. La agencia deberá solicitar dichos días con un margen de antelación de 60 días naturales. La sala se pondrá a disposición de la Agencia en condiciones de puesta en marcha.

6. La sala asumirá el pago de los derechos de propiedad intelectual que puedan proceder.

7. La sala se obliga a suscribir los correspondientes contratos de representación pública con las compañías o formaciones.

8. En todos los materiales e inserciones publicitarias, incluida la cartelería, programas de mano y comunicación informática, que se realicen de la programación objeto de esta convocatoria, se incluirá una banda que identifique la participación de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales en la actividad. Esta banda será facilitada por la Agencia en los soportes gráficos. Se deberá colocar en cada Sala un elemento identificativo de la participación de la Agencia en la programación cuyo contenido y características será facilitado igualmente por la Agencia.

9. Una vez finalizada la actividad recogida en el contrato, la sala deberá remitir a la Agencia todos los contratos y las facturas correspondientes a las representaciones realizadas por las compañías así como la documentación bancaria que acredite su abono por parte de la sala. Igualmente, deberá remitir las hojas de taquilla de estas representaciones.

10. El adjudicatario se obliga a preservar el inmueble donde está ubicado el espacio escénico en perfectas condiciones de uso, incluidas las dotaciones técnicas (iluminación, sonido y maquinaria) e infraestructuras. Así mismo, deberá mantener la debida dotación de personal técnico y de sala para el desarrollo de las representaciones programadas, así como las que en su caso pueda programar la Agencia en los cuatro días a los que hace referencia el punto quinto de este apartado.

11. La Agencia Andaluza de Instituciones Culturales podrá designar a un representante de la misma, con la función de supervisar la planificación y desarrollo de la actividad.

Decimotercero. Forma de pago:

El pago de las cantidades estipuladas se realizará previa presentación de las correspondientes facturas emitidas con las formalidades legalmente establecidas. El calendario de presentación de las facturas será el siguiente:

- Cuando se haya ejecutado el 50% de la programación del trimestre de duración del contrato, el 50% del importe.

- A la finalización del contrato, el 50% restante.

A las facturas se adjuntará una liquidación por el periodo facturado en la que consten las representaciones del programa efectivamente realizadas en el periodo así como la ocupación de cada una de ellas, el precio de las localidades y la recaudación. Así mismo se incluirán los gastos asociados a la programación contemplados en el punto 4 del Apartado Duodécimo. Condiciones del adjudicatario de la presente Resolución y el balance entre ingresos y gastos.

Sevilla, 24 de junio de 2013.- El Director, José Francisco Pérez Moreno.

ANEXO II

CONTENIDO MÍNIMO DE LA MEMORIA DEL PROYECTO

1) Dossier de la trayectoria de la sala con expresión de las actividades empresariales realizadas hasta la fecha y que debe incluir información completa sobre:

a. Cuadro de dirección de la sala.

b. Programación de la sala en la temporada 2012-2013 y porcentaje de ocupación por representación.

c. Memoria técnica de la sala que incluya sus características y su dotación.

d. Residencias o convenios con compañías ajenas a la empresa.

e. Actividades y campañas formativas realizadas.

2) Relación de las compañías y los espectáculos que compondrán la programación de la sala en el trimestre 2013, así como las fechas previstas de las representaciones.

3) Relación de las compañías andaluzas objeto de la programación especificando:

a. Número y fechas de las representaciones.

b. Número de intérpretes y técnicos de cada una de ellas.

c. Espectáculos de danza.

d. Espectáculos destinados al público infantil y juvenil.

4) Personal laboral contratado para la presente temporada especificando el tipo de contrato (indefinido, temporal, a tiempo parcial…) los cargos y los sexos.

5) Precios previstos incluyendo política de descuentos y promociones.

6) Actividades formativas y de promoción de público previstas.

7) Presencia de otros inversores y términos en la que se produce.

8) Apoyo de instituciones o entidades públicas relacionadas con la igualdad de género.

9) Proyecto de comunicación.

ANEXO III

MODELO DE PRESUPUESTO Y PLAN DE FINANCIACIÓN PARA LA ACTIVIDAD

D/D.ª…………..........................................………………………....

Con residencia en …………………………………………………...

Provincia de ……….…………………………………………………..

Calle …………………………..………………………………………….

Según Documento Nacional de Identidad núm.: …………………………………………..

Enterado de las condiciones y requisitos que se exigen para selección de la oferta, se compromete en nombre de ………………....................……………………………………… a ejecutar los servicios indicados por importe de ………………...............…….

PRESUPUESTO

CONCEPTO COSTE
FUNCIONAMIENTO DE LA SALA
GASTOS DE PERSONAL
GASTOS GENERALES
GASTOS DE PUBLICIDAD
GASTOS PROGRAMACIÓN
AMORTIZACIONES Y OTROS
NOMBRE ESPECTÁCULOS COMPAÑÍA Número REP

PLAN DE FINANCIACIÓN

CANTIDAD PORCENTAJE
- Aportación de la empresa    
- Aportación del AAIC    
- Aportación de coproductores    
- Subvenciones institucionales    
- Aportaciones promotores y patrocinadores
SUMAS

ANEXO IV

MODELO DECLARACIÓN RESPONSABLE CAPACIDAD PARA CONTRATAR


Don …………………………................................................................…………….
Con residencia en ..........................................................................................
Provincia de ....................................................................................................
Calle ................................................................................, núm. ...................
Según Documento Nacional de Identidad núm. .........................................., en nombre, propio o de la empresa ......................................................................................................... que representa, declara bajo su personal responsabilidad y ante el órgano gestor del contrato:- Tener plena capacidad de obrar y no estar incurso en las prohibiciones para contratar previstas en el artículo 60 del Texto Ref
undido de la Ley de Contratos del Sector Público. -
Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias (recibos de alta y estar al corriente del pago, o exento del mismo, del Impuesto sobre Actividades Económicas, certificaciones positivas que acrediten la no existencia de deudas con la Administración del Estado y con la Comunidad Autónoma de Andalucía) y con la Seguridad Social.
-
No haber sido adjudicataria o haber participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato, por sí o mediante Unión Temporal de Empresarios.
- Que no forma parte de los órganos de gobierno o administración de la empresa/sociedad/ entidad, persona alguna a la que se refiere la Ley 3/2005, de 8 de abril, de Incompatibilidades de Altos Cargos de la Administración de la Junta de Andalucía y de Declaración de Actividades, Bienes e Intereses de Altos Cargos y otros Cargos Públicos, así como que no ostenta participación superior al diez por ciento computada en
la forma que regula el artículo 5 de la citada Ley.
En ………......……………. a………... de …..................……………... de 2013
Fdo.: …………………………………………………………………..........................
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