Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 137 de 16/07/2013

3. Otras disposiciones

Consejería de Administración Local y Relaciones Institucionales

Resolución de 24 de junio de 2013, de la Agencia Andaluza de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se declara inhábil el mes de agosto de 2013 a efectos del cómputo de los plazos para la resolución del procedimiento de concesión de subvenciones de la Convocatoria 2013, en el marco de la Orden de 20 de febrero de 2012 que se cita.

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Mediante Orden de 20 de febrero de 2012, fueron aprobadas las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a las Organizaciones no Gubernamentales de Desarrollo (en adelante, ONGD) que realicen intervenciones de cooperación internacional para el desarrollo por la Agencia Andaluza de Cooperación Internacional para el Desarrollo, determinándose en la misma que las subvenciones, tanto para proyectos como para programas, de cooperación internacional para el desarrollo, de acción humanitaria, de educación para el desarrollo y de formación y de investigación, se concederán en régimen de concurrencia competitiva y que el plazo para la resolución de las solicitudes y su notificación será de cuatro meses, computándose el mismo a partir del día siguiente al de finalización del plazo de presentación de las solicitudes.

La Orden de 27 de diciembre de 2012, dispone que el plazo de presentación de solicitudes de subvención correspondientes a la convocatoria de 2013 de la Orden de 20 de febrero de 2012, será el comprendido entre el 1 de abril y el 31 de mayo de 2013, por lo que parte de la tramitación discurrirá durante el período estival lo que dificulta el cumplimiento del plazo para la resolución de las solicitudes.

En su virtud, en uso de las atribuciones que me han sido conferidas por la disposición final primera de la Orden de 20 de febrero de 2012,

RESUELVO

Declarar inhábil el mes de agosto a efectos del cómputo de los plazos de resolución del procedimiento de concesión de subvenciones correspondientes a la convocatoria de 2013 de la Orden de 20 de febrero de 2012, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a las Organizaciones no Gubernamentales de Desarrollo que realicen intervenciones de cooperación internacional para el desarrollo por la Agencia Andaluza de Cooperación Internacional para el Desarrollo.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el Consejero de Administración Local y Relaciones Institucionales de la Junta de Andalucía en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la notificación, conforme a los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 24 de junio de 2013.- El Director, Enrique Pablo Centella Gómez.

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