Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 142 de 22/07/2013

3. Otras disposiciones

Consejería de Justicia e Interior

ResolucióN de 18 de junio de 2013, de la Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones de Andalucía la Fundación Musical Onubense Primitivo Lázaro y María Carrasco.

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Visto el expediente por el que se solicita la inscripción de la constitución en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la Fundación Musical Onubense Primitivo Lázaro y María Carrasco, sobre la base de los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Constitución de la Fundación.

La Fundación Musical Onubense Primitivo Lázaro y María Carrasco se constituye mediante escritura pública otorgada el día 27 de febrero de 2013, ante el Notario don Francisco José Ábalos Nuevo, bajo el núm. 266 y posterior de subsanación y complementaria de la de constitución, en la que se incorporan los estatutos reguladores de la fundación, otorgada el día 4 de junio de 2013, ante el mismo Notario, bajo el número 686 de su protocolo.

Segundo. Fines.

Los fines de la Fundación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 6 de sus estatutos, son la divulgación y promoción de la obra de don Primitivo Lázaro Martínez.

Tercero. Domicilio y ámbito de actuación.

El domicilio de la Fundación ha quedado establecido en C/ Rascón, núm. 37, 1.ª planta, 21001, Huelva, y el ámbito de actuación, conforme dispone la norma estatutaria, se extiende principalmente al territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Cuarto. Dotación.

La dotación inicial está constituida por la aportación de los siguientes bienes, acreditándose la realidad de la aportación y su valoración ante el notario autorizante:

- Bienes inmuebles:

1. Urbana: Casa sita en la capital de Huelva, en C/ Rascón, núm. 37, con una superficie aproximada de 234 m².

Inscripción: Inscrita en el Registro de la Propiedad núm. 2, de los de Huelva, al Tomo 1798, Libro 400, Folio 1, Finca Registral núm. 6.124, Inscripción 12.ª

Referencia Catastral: 1654428PB8215S001UY.

Valoración: Valorada, según tasación expedida por la Sociedad de Tasación Tinsa, S.A., de 9 de enero de 2013, en la cantidad de 505.597,65 euros.

2. Urbana: Piso núm. 11, cuarto izquierda, de la Avenida de Italia, núm. 47, de Huelva, con una superficie útil de 115,84 m².

Inscripción: Inscrita en el Registro de la Propiedad núm. 2, de los de Huelva, al Tomo 1.542, Libro 144, Folio 144, Finca Registral núm. 13.097, Inscripción 4.ª

Referencia Catastral: 1753411PB8215S0011DD.

Valoración: Valorada, según tasación expedida por la Sociedad de Tasación Tinsa, S.A., de 9 de enero de 2013, en la cantidad de 184.372,30 euros.

3. URBANA: Piso quinto derecha, de la Avenida de Italia, núm. 113, de Huelva, con una superficie construida de 94,45 m².

Inscripción: Inscrita en el Registro de la Propiedad núm. 2, de los de Huelva, al Tomo 1.798, Libro 400, Folio 3, Finca Registral núm. 25.161, Inscripción 2.ª

Referencia Catastral: 2153418PB8225S0011XJ.

Valoración: Valorada, según tasación expedida por la Sociedad de Tasación Tinsa, S.A., de 9 de enero de 2013, en la cantidad de 151.120 euros.

4. Urbana: Piso vivienda primero izquierda de la Calle Montemayor, en la localidad de Punta Umbría, Huelva, con una superficie construida de 118,06 m².

Inscripción: Inscrita en el Registro de la Propiedad de Punta Umbría, al Tomo 1.303, Libro 55, Folio 168, Finca Registral núm. 4.595, Inscripción 5.ª

Referencia Catastral: 1072909PB117S0016UQ.

Valoración: Valorada, según tasación expedida por la Sociedad de Tasación Tinsa, S.A., de 11 de enero de 2013, en la cantidad de 204.333,33 euros.

- Capital mobiliario:

1. Fondo de Inversión 963000283084271, en la entidad Caixabank, S.A., por valor de 29.912 euros.

2. Cuenta corriente a la vista, en la entidad Banesto, con un saldo de 9.848,39 euros.

3. 91,00365 participaciones en el Fondo de Inversión «Barclays Tesoreria, FI», por importe de 81.249,85 euros.

4. Cuenta a la vista, en la entidad Barclays Bank, S.A.U., con una saldo de 654,32 euros.

5. Cuenta de valores, en la entidad Banco Santander, S.A., con 36 títulos de Telefónica S.A., con un valor efectivo de 405,18 euros.

6. Cuenta de valores, en la entidad Banco Santander, S.A., con 37 títulos de Telefónica S.A., con un valor efectivo de 416,44 euros.

7. Cuenta a la vista, en la entidad Banco Santander, S.A., con una saldo de 102,02 euros.

Valor total de la aportación dotacional: 1.168.011,48 euros.

Quinto. Patronato.

El Patronato de la Fundación, cuya composición se regula en el artículo 9 de los estatutos, queda identificado en la escritura de constitución, constando la aceptación expresa de los cargos de patronos.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Resultan de aplicación para la resolución del procedimiento: el artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho a fundar para fines de interés general; el artículo 79.2 de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía; la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía; el Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía, aprobado por Decreto 279/2003, de 7 de octubre; y la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Segundo. La Fundación ha sido constituida por persona legitimada para ello, dándose cumplimiento a lo establecido en la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Tercero. La Entidad que ha solicitado su inscripción registral responde a la definición de Fundación del artículo 1 de la Ley 10/2005, de 31 de mayo, estando sus fines comprendidos dentro de la enumeración del artículo 3 de dicho texto legal.

Cuarto. De acuerdo con lo establecido en el artículo 49.2 de la Ley 10/2005, de 31 de mayo, la inscripción de las fundaciones requiere informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y suficiencia dotacional, habiendo obtenido al respecto un pronunciamiento favorable por parte del Protectorado de Fundaciones de Andalucía.

Quinto. La documentación aportada reúne los requisitos exigidos por los artículos 9, 11 y 12 de la  Ley 10/2005, de 31 de mayo.

Sexto. El procedimiento de inscripción ha sido tramitado de acuerdo con lo previsto en el Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía y en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Esta Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, a quien corresponde el ejercicio del Protectorado sobre las Fundaciones Andaluzas regulado en la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y el Decreto 32/2008, de 5 de febrero, así como las funciones del Registro de Fundaciones de Andalucía, creado mediante el Decreto 279/2003, de 7 de octubre, y todo ello de acuerdo con el artículo 8.2.c) del Decreto 148/2012, de 5 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia e Interior,

RESUELVE

Primero. Clasificar a la Fundación Musical Onubense Primitivo Lázaro y María Carrasco, atendiendo a sus fines, como entidad Cultural, ordenando su inscripción en la Sección Segunda, «Fundaciones Culturales, Cívicas y Deportivas» del Registro de Fundaciones de Andalucía, con el número HU-1370.

Segundo. Inscribir en el Registro de Fundaciones de Andalucía el nombramiento de los miembros del Patronato a que hace referencia el antecedente de hecho quinto de la presente Resolución, así como la aceptación de los cargos.

Tercero. Ordenar la notificación de la presente Resolución a la Fundación, y la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.5 del Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía y en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como el artículo 115 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, cabe interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su notificación, ante el Consejero de Justicia e Interior.

Sevilla, 18 de junio de 2013.- La Directora General, Carmen Belinchón Sánchez.

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