Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 142 de 22/07/2013

3. Otras disposiciones

Consejería de Justicia e Interior

Resolución de 18 de junio de 2013, de la Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, por la que se acuerda la no oposición e inscribe en el Registro de Fundaciones de Andalucía la fusión por absorción de la Fundación Centro Tecnológico de la Madera y el Mueble, que es absorbida por la Fundación Instituto Andaluz de Tecnología.

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Visto el expediente del procedimiento de inscripción, en el Registro de Fundaciones de Andalucía, de la fusión por absorción de la Fundación Centro Tecnológico de la Madera y el Mueble, que es absorbida por la Fundación Instituto Andaluz de Tecnología, quedando la primera extinguida, sobre la base de los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Con fecha de 31 de mayo de 2013, se recibe en la Consejería de Justicia e Interior escrito solicitando la inscripción en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la fusión por absorción de las siguientes fundaciones:

Fundación absorbente.

Fundación Instituto Andaluz de Tecnología (IAT).

Registro núm. SE-0489.

Fundación absorbida.

Fundación Centro Tecnológico de la Madera y del Mueble (CITMA).

Registro núm. CO-1070.

Segundo. La documentación necesaria para que por el Registro se practique la inscripción solicitada fue debidamente cumplimentada, constando en el expediente:

- Escritura pública de fusión, otorgada en Sevilla el 29 de mayo de 2013, ante el Notario don José María Florit de Carranza, del Ilustre Colegio de Andalucía, número 991 de su protocolo. En virtud de la fusión llevada a cabo en esta escritura, se procede a la sucesión universal de la fundación absorbida, con efectos desde el día 30 de junio de 2013.

- En dicha escritura se incluyen certificaciones expedidas por los secretarios de los correspondientes Patronatos, con visto bueno de sus Presidentes. En las certificaciones se hacen constar los acuerdos adoptados en las respectivas sesiones de Patronatos, celebradas el día 4 de abril de 2013 para IAT y el 21 de marzo de 2013 para CITMA, sobre la fusión objeto de este expediente.

- Se incorporan también, a la citada escritura pública, informes justificativos sobre el interés que reviste la fusión para las fundaciones afectadas.

- Finalmente, la escritura comprende el balance de la fundación absorbida correspondiente al ejercicio inmediatamente anterior a la fusión cerrado a 31 de diciembre de 2012, cerrado dentro de los seis meses anteriores a los acuerdos de fusión.

Tercero. Fines.

Los fines de la Fundación resultante de la fusión por absorción, se contemplan en el artículo 7 de los nuevos estatutos de IAT incluidos en la escritura de fusión, redactados según acuerdo del Patronato de IAT de 29 de marzo de 2012.

Cuarto. Denominación, domicilio y ámbito de actuación.

La Fundación resultante de la fusión por absorción no modifica, con la fusión, su denominación que continua siendo Fundación Instituto Andaluz de Tecnología.

El domicilio de la Fundación absorbente radica en Sevilla, calle Leonardo Da Vinci, número 2, Isla de la Cartuja, Parque Científico y Tecnológico, Cartuja 93.

El ámbito territorial de actuación de la fundación absorbente, conforme dispone la norma estatutaria, será la Comunidad Autónoma de Andalucía, sin perjuicio del establecimiento de relaciones instrumentales con terceros en otros ámbitos territoriales.

Quinto. Patronato.

La composición del patronato de la Fundación absorbente, Fundación Instituto Andaluz de Tecnología, se regula en el art. 11 de los estatutos sin variación si bien se incorporan dos nuevos patronos incluidos en el Protocolo de fusión IAT-CITMA, elevando el número de miembros de 19 a 21 (el máximo estatutario de patronos es treinta y seis). Los dos nuevos patronos nombrados, cuyas aceptaciones aún no se producen en la escritura de fusión, son personas jurídicas, patronos de CITMA, representados por las personas que, respectivamente, se citan a continuación:

- Industrias del Mobiliario Andaluz, S.L. (IMAN), CIF B-41261249, que será representadapor don José Javier Ruiz Altisent, con NIF 50.275.254-Z.

- F. Franco e Hijos, S.L., CIF B-14553366, don Juan José Franco López, que será representada por don Juan José Franco López, con NIF 52.488.661-Q.

Sexto. Estatutos:

La Fundación absorbente se regirá por los nuevos estatutos incluidos en la escritura de Fusión.

Séptimo. Dotación:

Conforme al Expone V de la escritura de Fusión, «Como consecuencia de la fusión se incrementa la dotación fundacional inicial de la entidad Instituto Andaluz de Tecnología, que será equivalente a la suma de las dotaciones de la entidad absorbente y la entidad absorbida, es decir 6.010,12 euros y 81.000 euros, respectivamente, lo que hace que la dotación resultante sea de ochenta y siete mil diez euros con doce céntimos (87.010,12 euros).

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Resultan de aplicación para la resolución del procedimiento: el artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho a fundar para fines de interés general; el artículo 79.2 de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía; la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía; el Reglamento de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía, aprobado mediante Decreto 32/2008, de 5 de febrero; el Reglamento  de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía, aprobado por Decreto 278/2003, de 7 de octubre; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y  del Procedimiento Administrativo Común, así como la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Segundo. En el artículo 42 de la Ley 10/2005, de 31 de mayo, se contempla entre las posibles causas de extinción de una fundación la fusión. La fusión se regula en el artículo 41 del mismo cuerpo legal disponiendo que las fundaciones, siempre que no lo haya prohibido el fundador, podrán fusionarse previo acuerdo de los respectivos Patronatos, que se comunicará al Protectorado. El acuerdo de fusión de las Fundaciones interesadas deberá ser razonado. El Protectorado podrá oponerse a la fusión por razones de legalidad y mediante acuerdo motivado, en el plazo máximo de tres meses, a contar desde la notificación al mismo de los respectivos acuerdos de las fundaciones interesadas.

Tercero. El artículo 41.3 de la Ley 10/2005, de 31 de mayo, dispone que la fusión podrá realizarse por la absorción de una fundación a otra u otras que se extinguen, o bien mediante la creación de una nueva fundación a la que se transmitirán en bloque los patrimonios de las fusionadas que se extinguen.

Cuarto. La fusión conforme a lo dispuesto en el artículo 41.4 de la Ley 10/2005, de 31 de mayo, requerirá el otorgamiento de escritura pública y la inscripción en el Registro de Fundaciones de Andalucía.

Quinto. Al presente expediente se han aportado cuantos datos y documentos se consideran esenciales, cumpliéndose los requisitos previstos en los artículos 41 y 56 de la Ley 10/2005, 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y 38 del Reglamento de Organización y Funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía. De acuerdo con los antecedentes de este Protectorado, no se ha prohibido la fusión por el fundador, y se cumplen los demás requisitos previstos en el artículo 41 de la ley 10/2005, de 31 de mayo.

Sexto. El procedimiento de inscripción ha sido tramitado de acuerdo con lo previsto en el Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía y en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Esta Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, a quien corresponde el ejercicio del Protectorado sobre las Fundaciones Andaluzas regulado en la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y el Decreto 32/2008, de 5 de febrero, así como las funciones del Registro de Fundaciones de Andalucía, creado mediante el Decreto 279/2003, de 7 de octubre, y todo ello de acuerdo con el artículo 8.2.c) del Decreto 148/2012, de 5 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia e Interior.

RESUELVE

Primero. La no oposición del Protectorado a la modificación de estatutos de la Fundación Instituto Andaluz de Tecnología (IAT).

Segundo. Inscribir en el Registro de Fundaciones de Andalucía, con base en el resuelve primero, la modificación de estatutos de la Fundación Instituto Andaluz de Tecnología (IAT).

Tercero. La no oposición del Protectorado a la fusión por absorción de las siguientes fundaciones, con efectos desde el día 30 de junio de 2013:

Fundación absorbente.

Fundación Instituto Andaluz de Tecnología (IAT).

Registro núm. SE-0489.

Fundación absorbida.

Fundación Centro Tecnológico de la Madera y del Mueble (CITMA).

Registro núm. CO-1070.

Cuarto. Inscribir en el Registro de Fundaciones de Andalucía, con base en el resuelve tercero, la fusión de la Fundación Centro Tecnológico de la Madera y del Mueble (CITMA) que es absorbida por la Fundación Instituto Andaluz de Tecnología (IAT), quedando la primera extinguida y causando baja en el Registro de Fundaciones de Andalucía, con efectos desde el día 30 de junio de 2013.

Quinto. Inscribir en el Registro de Fundaciones de Andalucía, como consecuencia de la fusión, el aumento de dotación de la Fundación Instituto Andaluz de Tecnología (IAT) que queda fijada en 87.010,12 euros.

Sexto. Ordenar la notificación de la presente Resolución a las fundaciones interesadas y su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.5 del Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía y en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, cabe interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes desde su publicación, ante la Consejería de Justicia e Interior.

Sevilla, 18 de junio de 2013.- La Directora General, Carmen Belinchón Sánchez.

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