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El Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas organizativas para los servicios de atención al ciudadano, establece en su artículo 23 que la competencia para la expedición de copias autenticadas de documentos privados o públicos, realizadas mediante cotejo con los originales y en los que se estampará, si procediera, la correspondiente diligencia de compulsa, corresponde a las Jefaturas de Sección y órganos asimilados responsables de cada Registro General de Documentos, los cuales realizarán el cotejo, autenticación de las copias y devolución de los originales al interesado de aquellos documentos que se presenten para ser tramitados en el órgano del cual dependa el Registro.
El Departamento de Registro, Información y Atención al Ciudadano de esta Delegación Territorial, por razones técnicas y para agilizar los procedimientos, cree necesario realizar la correspondiente delegación de competencias en esta materia, al amparo de lo establecido en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en relación con el artículo 101 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre de Administración de la Junta de Andalucía.
En consecuencia, el Departamento de Registro, Información y Atención al Ciudadano ha acordado y esta Delegación Territorial
RESUELVE
Primero. Hacer público el Acuerdo de 22 de agosto de 2013, del Departamento de Registro, Información y Atención al Ciudadano, por el que se delega la competencia para expedir copias autenticadas mediante cotejo al personal funcionario titular del puesto de trabajo relacionado en el Anexo de esta Resolución.
Segundo. Esta delegación será revocable en cualquier momento, se ejercerá en todo caso con sujeción al Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas organizativas para los servicios de atención al ciudadano; a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y a la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
Tercero. En las copias autenticadas en las que se estampe la correspondiente diligencia de compulsa en virtud de la presente delegación, se indicará expresamente esta circunstancia.
Cuarto. La presente Resolución entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Córdoba, 23 de agosto de 2013.- El Delegado, José Ignacio Expósito Prats.
ACUERDO DE 22 DE AGOSTO DE 2013, POR EL QUE SE DELEGA LA FUNCIÓN DE COMPULSA Y AUTENTICACIÓN DE DOCUMENTOS PARA SU TRAMITACIÓN ANTE LA DELEGACIÓN TERRITORIAL DE LA CONSEJERíA DE Economía, INNOVACIÓN, CIENCIA Y EMPLEO EN CÓRDOBA
El Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen las medidas organizativas para los servicio administrativos de atención directa a los ciudadanos, establece en su artículo 23 que la competencia para la expedición de copias autenticadas de documentos privados y públicos realizadas mediante el cotejo con los originales y en los que estampará, si procediera, la correspondiente diligencia de compulsa, corresponde a las Jefaturas de Sección y órganos asimilados responsables de cada Registro General de Documentos, los cuales realizarán el cotejo, autenticación de copias y devolución de originales al interesado de aquellos documentos que se presenten para ser tramitados en el órgano del cual dependan el Registro.
El Departamento de Registro, Información y Atención al Ciudadano de esta Delegación Territorial, adscrito al Servicio de Atención al Ciudadano y responsable dicho Servicio del Registro General, por razones técnicas y para agilizar los procedimientos, cree necesario realizar la correspondiente delegación de competencias en esta materia, al amparo de lo establecido en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en relación con el artícu- lo 101 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de Administración de la Junta de Andalucía.
En consecuencia, la Jefa de Departamento de Registro, Información y Atención al Ciudadano
ACUERDA
Primero. Delegar en el personal funcionario titular del puesto de trabajo relacionado en el Anexo, la competencia para la autenticación de copias de documentos públicos y privados atribuidas a la citada Jefatura de Departamento, respecto de la documentación exigida por las distintas normas reguladoras de la gestión de los respectivos servicios.
Segundo. La presente delegación de competencia deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de conformidad con lo establecido en el artículo 13.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y conforme al artículo 102 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de Administración de la Junta de Andalucía.
Tercero. Esta delegación será revocable en cualquier momento y se ejercerá, en todo caso, con sujeción al Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas organizativas para los servicios de atención al ciudadano, a la Ley 30/1992 y a la Ley 9/2007, ya mencionadas anteriormente.
La Jefa de Departamento de Registro, Información y Atención al Ciudadano. Fdo. Francisca Aires Prieto.
ANEXO
Código y denominación del puesto de trabajo: 2529210 Auxiliar Administrativo.
Apellidos y nombre: Cantos Prats, Francisco Alberto.
Código y denominación del puesto de trabajo: 9064610 Titulado Grado Medio.
Apellidos y nombre: Salazar Navajas, Ángel Vicente.
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