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VP @3599/2009.
Mediante Resolución de la Dirección General de Espacios Naturales y Participación Ciudadana de la Consejería de Medio Ambiente, de 9 de febrero de 2012, se aprobó el deslinde de la vía pecuaria denominada «Colada del Chapitel», en el término municipal de Chipiona, en la provincia de Cádiz.
Detectado error material en la parte descriptiva que define la vía pecuaria objeto de deslinde, se procede, en virtud a lo dispuesto en el art. 16.h) del Decreto 151/2012, de 5 de junio, por el que se establece la Estructura Orgánica de la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente, a la aprobación de la Resolución de la Dirección General de Espacios Naturales y Participación Ciudadana de 4 de octubre de 2012, por la que se rectifican los errores detectados en la Resolución de 9 de febrero de 2012, por la que se aprueba el deslinde de la vía pecuaria denominada «Colada del Chapitel», en el término municipal de Chipiona, provincia de Cádiz.
Por ello a fin de dar cumplimiento a lo previsto en el art. 60 de la Ley 30/92, de 26 noviembre,
RESUELVO
Hacer pública la Resolución de la Dirección General de Espacios Naturales y Participación Ciudadana de la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente de 4 de octubre de 2012, por la que se rectifican los errores detectados en la Resolución de la Dirección General de Espacios Naturales y Participación Ciudadana de la Consejería de Medio Ambiente de 9 de febrero de 2012, por la que se aprueba el deslinde de la vía pecuaria denominada «Colada del Chapitel», en el término municipal de Chipiona, en la provincia de Cádiz, expediente VP @3589/2009, cuyo texto figura como Anexo de la presente Resolución.
ANEXO QUE SE CITA
Resolución de la Dirección General de Espacios Naturales y Participación Ciudadana de la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente, de 4 de octubre de 2012, por la que se rectifican errores detectados en la Resolución de la Dirección General de Espacios Naturales y Participación Ciudadana de la Consejería de Medio Ambiente de 9 de febrero de 2012, por la que se aprueba el deslinde de la vía pecuaria denominada «Colada de Chapitel», en el término municipal de Chipiona, en la provincia de Cádiz.
Detectado error material en el Resuelvo de la Resolución referida, relativo a los detalles físicos descriptivos de la vía pecuaria, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se sustituyen los datos físicos descriptivos de la vía pecuaria por los que siguen:
RESUELVO
Aprobar el deslinde de la vía pecuaria denominada «Colada de Chapitel» en el tramo completo en toda su longitud, en el término municipal de Chipiona, en la provincia de Cádiz, instruido por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente de Cádiz a tenor de los datos, en función de la descripción y a las coordenadas que a continuación se detallan:
- Longitud: 845,34 metros.
- Anchura legal: 54,33 metros exceptuando los tramos afectados por el proceso de Parcelación del Instituto de Colonización Agraria cuya anchura es variable.
Descripción de las parcelas de la vía pecuaria núm. 10 «Colada de Chapitel», t.m. de Chipiona.
Finca rústica de forma alarga, en el término municipal de Chipiona, provincia de Cádiz, y que tiene las características siguientes:
La longitud de la vía pecuaria resultante del deslinde es de 845,34 metros y su anchura es de 54,33 metros exceptuando los tramos afectados por Colonización cuya anchura es variable y que se conoce como «Colada de Chapitel», sus linderos son:
En su inicio: Linda con las siguientes parcelas catastrales: 9/9001, con el tramo de vía pecuaria declarado como innecesario.
En su margen derecha: Linda con las siguientes parcelas catastrales: Parcela de la D.P. Consejería de Obras Públicas y Transportes (9/9001); Parcela de D.G. de la Cuenca Atlántica (9/9002); Parcela del Ayuntamiento de Chipiona (9/9003); Parcela del Ayuntamiento de Chipiona (9/19).
En su margen izquierda: Linda con las siguientes parcelas catastrales: Parcela de D.P. Consejería de Obras Públicas y Transportes (9/9001); (9/9008); (9/8); (9/8); (9/8); (9/8); (9/9); (9/9004); (9/146); (9/4); (9/179); (9/3); (9/2), (S/R), (9/9001), (18/9024), (18/169), (18/9012), (9/9002), (9/9003), (9/9002), (18/9012).
En su final: Linda con los siguientes parcelas catastrales Cañada Real de Chapitel (9/19), (9/9002) y (18/9012).
Actuación cofinanciada por Fondos Europeos
Sevilla, 11 de julio de 2013.- La Directora General, Esperanza Perea Acosta.
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