Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 204 de 16/10/2013

3. Otras disposiciones

Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente

Resolución de 6 de febrero del 2013, de la Delegación Territorial de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente en Huelva, referente al expediente que se cita sobre el Acuerdo de Aprobación Inicial del Plan Especial de Infraestructura del Proyecto de Conducción de Impulso y de su Estudio de Impacto Ambiental en los términos municipales de Cala y Santa Olalla del Cala. (PP. 2540/2013).

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APROBACIÓN INICIAL DEL PLAN ESPECIAL DE INFRAESTRUCTURA DEL PROYECTO DE CONDUCCIÓN DE IMPULSO Y DE SU ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL EN LOS TÉRMINOS MUNICIPALES DE CALA Y SANTA OLALLA DEL CALA. EXPEDIENTE CP-053/2012

Visto el Plan Especial de Instalación de Conducción de Impulsión en los términos municipales de Cala y Santa Olalla del Cala, en virtud de las competencias atribuidas por la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, y el Decreto 525/2008, de 16 de diciembre, en relación con el Decreto 342/2012, de 31 de julio, sobre la reestructuración de Consejerías, se dicta la presente Resolución conforme a los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Se recibe en esta Delegación Territorial el Proyecto citado en el encabezamiento a los efectos de su Aprobación Inicial y tramitación.

Segundo. El presente Plan Especial tiene por objeto la legalización de conducción de agua, que discurre por suelo no urbanizable desde el término municipal de Cala al término municipal de Santa Olalla del Cala (Huelva), promovido por la entidad Río Narcea Recursos, S.A., de acuerdo con lo previsto en los artículos 42, 43 y 52 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA).

Tercero. La Delegada Provincial con fecha 11 de julio de 2012 acordó la formulación del presente Plan Especial en suelo no urbanizable en virtud de lo dispuesto en los artículos 31.2.A).a) de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, así como en el artículo 14.1.e) del Decreto 525/2008, de 16 de diciembre, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Corresponde al Titular de la Delegación Territorial la Aprobación Inicial del presente Plan Especial en suelo no urbanizable en virtud de lo dispuesto en los artículos 31.2.A).a) de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía así como en el artículo 14.2.e) del Decreto 525/2008, de 16 de diciembre, en relación con el Decreto 342/2012, de 31 de julio, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo.

Segundo. De conformidad con lo preceptuado en el artículo 42.1 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, la presente actuación se considera de interés público por tratarse de una actividad de intervención singular de promoción pública, que tiene como objeto la legalización de conducción de agua, que discurre por suelo no urbanizable, desde el término municipal de Cala al término municipal de Santa Olalla del Cala (Huelva)

La figura elegida de Plan Especial se considera adecuada al encontrarse la presente actuación de interés público incluida en el apartado a) del artículo 42.4 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, conteniendo el expediente las determinaciones previstas en el artículo 42.5 de la citada normativa.

Tercero. Según lo previsto en el artículo 26.2 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, se deberán arbitrar cuantas medidas y actuaciones estén establecidas para fomentar la coordinación administrativa y la participación ciudadana en el proceso de elaboración, tramitación y aprobación de los instrumentos de planeamiento.

RESUELVE

Primero. Aprobar Inicialmente el Plan Especial para la legalización de conducción de agua, que discurre por suelo no urbanizable, desde el término municipal de Cala al término municipal de Santa Olalla del Cala (Huelva).

Segundo. Someter a información Pública por plazo de un mes, a audiencia de los municipios de Cala y Santa Olalla del Cala, como municipios afectados, y el requerimiento de los informes, dictámenes u otro tipo de pronunciamientos, así como comunicación a la Diputación Provincial en calidad de gestor de intereses públicos con relevancia o incidencia territorial para que, si lo estiman pertinente, puedan comparecer en el procedimiento y hacer valer las exigencias que deriven de dichos intereses.

Tercero. Solicitar los informes sectoriales a los organismos siguientes:

- Delegación Territorial de Fomento, Vivienda, Turismo y Comercio, informe en materia de carreteras.

- Delegación Territorial de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente, en virtud de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental de Andalucía.

- Delegación Territorial de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente, informe en materia de agua.

- Excma. Diputación Provincial, informe en relación a la posible afectación a la carretera HU-9114.

- Ministerio de Fomento, informe posible afectación de la carretera N-630.

- Delegación Territorial de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente, informe sobre la coherencia territorial de la actuación en virtud de la Ley 1/1994, de Ordenación del Territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Quinto. Esta Resolución será notificada a los interesados en los términos previstos en el artículo 58 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Huelva, 6 de febrero del 2013.- La Delegada, Carmen Lloret Miserachs.

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