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Tras los intentos infructuosos de notificación personal, de acuerdo con lo establecido en el art. 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se notifica a la interesada que figuran a continuación, Acuerdo de Iniciación de procedimiento de cancelación, según lo exigido en el art. 58.1 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, contra el que no cabe recurso alguno por ser de mero trámite, advirtiéndole que puede, en un plazo inferior a diez días hábiles, aducir alegaciones jurídicas o de hecho. De no formular alegaciones, se tendrá la presente como propuesta de resolución.
Establecimiento que se cita:
- Denominación: Puerto Salina.
- Titular: Guadasol Inmuebles y Construcciones, S.L.
- Núm. de registro: A/CA/00104.
- Domicilio: Ctra. Nacional IV.
- 11500 El Puerto de Santa María (Cádiz).
Cádiz, 3 de octubre de 2013.- El Delegado, Manuel Cárdenas Moreno.
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