Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 209 de 23/10/2013

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Universidades

Resolución de 17 de octubre de 2013, de la Universidad de Córdoba, por la que se convoca concurso público para cubrir, mediante contrato laboral de duración determinada, plazas de profesorado.

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00035685.

Este Rectorado, de conformidad con lo establecido en el artículo 48.2 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (BOE núm. 307, de 24 de diciembre), modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril (BOE núm. 89, de 13 abril), y en uso de las competencias que le atribuye el artículo 20 de la citada Ley, en relación con el artículo 2.2.e) de la misma norma, el artículo 38 de la Ley 15/2003, de 22 de diciembre, Andaluza de Universidades (BOJA núm. 251, de 31 de diciembre), así como los Estatutos de esta Universidad aprobados mediante Decreto 280/2003, de 7 de octubre (BOJA núm. 206, de 27 de octubre), modificados por Decreto 94/2005, de 29 de marzo, el Reglamento para el Ingreso del Profesorado Contratado de la Universidad de Córdoba, aprobado por acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 2 de julio de 2004 (modificado por acuerdos de 23 de julio de 2004, 25 de junio de 2007, 27 de mayo de 2009, 1 de octubre de 2010 y 22 de julio de 2011), y tras la preceptiva autorización de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo de la Junta de Andalucía mediante Orden de 10 de octubre de 2013, ha resuelto convocar concurso público para la contratación de Personal Docente en las plazas que se indican en el Anexo I, con sujeción a las siguientes:

BASES DE CONVOCATORIA

1. Normas generales:

1.1. Se convoca concurso público para cubrir, mediante contrato laboral de duración determinada, las plazas de Profesorado Contratado que se indican en el Anexo I.

1.2. El presente concurso se regirá por lo dispuesto en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (BOE núm. 307, de 24 de diciembre), modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril (BOE núm. 89, de 13 de abril); el Decreto Legislativo 1/2013, de 8 de enero, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Andaluza de Universidades; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE núm. 285, de 27 de noviembre), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE núm. 12, de 14 de enero); el Real Decreto 898/1985, de 30 de abril, sobre Régimen de Profesorado Universitario (BOE núm. 146, de 19 de junio), modificado parcialmente por los Reales Decretos 1200/1986, de 13 de junio (BOE núm. 151, de 25 de junio), 554/1991, de 12 de abril (BOE núm. 94, de 19 de abril), y 70 /2000, de 21 de enero (BOE núm. 19, de 22 de enero); los Estatutos de la Universidad de Córdoba aprobados mediante Decreto 280/2003, de 7 de octubre (BOJA núm. 206, de 27 de octubre), y modificados por Decretos 94/2005, de 29 de marzo (BOJA núm. 77, de 21 de abril), y 234/2011, de 12 de julio (BOJA núm. 147, de 28 de julio); el Estatuto de los Trabajadores, cuyo texto refundido fue aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (BOE núm. 75, de 29 de marzo), en lo no previsto en la mencionada Ley Orgánica de Universidades, con exclusión del régimen de duración de los contratos, que será según se determine en estas bases y en el contrato laboral que se concierte; el Primer Convenio Colectivo del Personal Docente e Investigador con contrato laboral de las Universidades Públicas de Andalucía (BOJA núm. 92, de 9 de mayo de 2008); el Reglamento para el ingreso del profesorado contratado de la Universidad de Córdoba, aprobado en Consejo de Gobierno de fecha 2 de julio de 2004, modificado por Acuerdos de 23 de julio de 2004, de 25 de junio de 2007, de 27 de mayo de 2009, de 1 de octubre de 2010, de 22 de julio de 2011 y de 20 de julio de 2012, y demás normativa de pertinente aplicación.

La presente convocatoria se dicta debido a las necesidades que tiene la Universidad de Córdoba relacionadas con la docencia.

La selección de los aspirantes se realizará mediante el procedimiento de concurso público previsto para esa categoría en el Reglamento para el Ingreso del Profesorado Contratado de la Universidad de Córdoba.

Las personas propuestas y no contratadas, salvo que manifiesten por escrito su disconformidad, pasarán a formar parte de una lista de contratación para suplir la posible eventualidad ante una renuncia del candidato seleccionado, así como para cubrir plazas del mismo Área de Conocimiento, según el Procedimiento para cubrir necesidades docentes urgentes surgidas de forma extraordinaria, aprobado por Consejo de Gobierno de fecha 20.7.12. A tal efecto, la Comisión de Contratación comunicará al Consejo de Gobierno, junto con el resultado del proceso de selección, una relación de aspirantes que, a su juicio, obtienen la puntuación suficiente para formar parte de la mencionada lista.

Los/as candidatos/as propuestos/as deberán presentar la documentación necesaria para solicitar la compatibilidad, en su caso, en el momento de la firma del contrato.

Las normas y plazos que rigen en la presente convocatoria vinculan a la Administración y a todos los aspirantes que participen en el presente concurso, y serán los siguientes:

2. Requisitos de los solicitantes.

Todos los requisitos, méritos y circunstancias alegados deberán cumplirse a la fecha de finalización del plazo establecido para solicitar la participación en el concurso y mantenerse durante el período de vigencia del contrato.

2.1. Requisitos de carácter general.

Para concurrir a la presente convocatoria los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos, conforme a los artículos 56 y 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público:

a) Tener nacionalidad española o ser nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de los trabajadores.

También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, y sus descendientes y los descendientes de su cónyuge siempre que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.

Asimismo, podrán participar los extranjeros con residencia legal en España.

b) Tener cumplidos dieciséis años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

c) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. Quienes tengan la condición de discapacitado reconocida oficialmente deberán tener catalogada la discapacidad, acreditando su compatibilidad con las funciones de las plazas a las que se opta.

d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso de personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.

e) Poseer titulación universitaria.

Para los aspirantes extranjeros será necesario el dominio del idioma castellano, que podrá ser apreciado por la Comisión de Contratación mediante entrevista al efecto.

2.2. Requisitos específicos.

Ser titulados universitarios y especialistas de reconocida competencia que acrediten ejercer su actividad profesional fuera del ámbito académico universitario, con antigüedad de al menos tres años, y mantengan el ejercicio de dicha actividad durante la totalidad de su período de contratación. Asimismo, deberá existir relación entre la actividad profesional que desarrollan y la docente para la que concursan.

Se considerará mérito preferente estar acreditado/a para participar en los concursos de acceso a los cuerpos docentes universitarios o ser funcionario/a de dichos cuerpos en el área de conocimiento de la/s plaza/s convocada/s.

3. Publicidad del presente concurso.

El presente concurso se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y página web de la Universidad de Córdoba: http://www.uco.es/gestion/laboral/convocatorias-de-empleo/pdi-ordinarias, con la difusión que en cualquier caso se estime oportuna.

4. Duración de los contratos.

La contratación será a tiempo parcial; la duración será desde la fecha de formalización del contrato hasta final del curso académico 2013/2014. Estos contratos serán renovados en lo mismos términos de la vigencia inicial siempre que se siga acreditando el ejercicio de la actividad profesional fuera del ámbito académico universitario, se mantengan las necesidades docentes que motivaron el contrato, y salvo que exista informe motivado en contra de la renovación por parte del Departamento.

5. Solicitudes y documentación.

5.1. Los interesados en tomar parte en la presente convocatoria deberán presentar, por cada plaza solicitada, una instancia-currículum normalizada que estará disponible en el Servicio de Gestión de Personal (Sección de Gestión Selección) de esta Universidad y en la página web de la Universidad de Córdoba http:/www.uco.es/gestión/laboral/convocatorias-de-empleo/pdi-ordinarias.

5.2. Asimismo, deberán abonar, para cada una de las plazas que se soliciten, los derechos de participación, que son de 74,93 euros, mediante ingreso en la cuenta abierta en Banco Santander Central Hispano número 0049 2420 38 2014628248 a nombre de la Universidad de Córdoba, haciendo constar «Convocatoria Ordinaria de Profesorado y plaza a la que se opta».

En ningún caso, la realización del ingreso de los derechos de participación supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.

Asimismo, la falta de abono de estos derechos durante el plazo de presentación de solicitudes no será subsanable y determinará la exclusión de los/as aspirantes.

5.3. Las solicitudes, dirigidas al Sr. Rector Magnífico de la Universidad de Córdoba, se presentarán en el Registro General de la Universidad, sito en la Avda. Medina Azahara núm. 5 (14071 Córdoba), en el Registro Auxiliar del Campus de Rabanales, Edificio de Gobierno, Ctra. Madrid-Cádiz km. 396 (14071 Córdoba), o en cualquiera de las formas establecidas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y deberán cumplimentarse en castellano o traducidas literalmente al mismo, al igual que la documentación acreditativa de los requisitos.

Si la solicitud se presentara en otros Registros distintos a los de la Universidad de Córdoba, deberá comunicarse en el mismo día de presentación, mediante correo electrónico a la dirección pefectivos@uco.es con el asunto «avance solicitud pdi», indicando nombre y apellidos del solicitante, fecha de presentación, lugar donde se ha presentado y referencia de la/s plaza/s que se solicita/n. Las solicitudes que se envíen por correo se presentarán en sobre abierto, para ser fechadas y selladas por el funcionario de correos antes de su certificación y ello sin perjuicio de lo establecido en la Disposición Final, apartado 7.1.

5.4. El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles a partir del siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Una vez transcurrido dicho plazo, las solicitudes formuladas serán vinculantes para los peticionarios.

El domicilio que figure en las instancias se considerará el único válido a efectos de notificaciones, de contestaciones a recursos y reclamaciones, excepto en lo establecido en el resto de las bases de la presente convocatoria, donde la publicación en los medios citados sustituirá a la notificación en el domicilio referido, siendo responsabilidad exclusiva del concursante todos los errores en la consignación del mismo, así como la comunicación de cualquier cambio de dicho domicilio posterior a la solicitud.

5.5. A dicha instancia-currículum, que deberá cumplimentarse correctamente en todos sus apartados, se acompañarán obligatoriamente los documentos que a continuación se relacionan, mediante copia o fotocopia de la documentación justificativa de los méritos que se aleguen, responsabilizándose expresamente de la veracidad de la documentación aportada, debiendo insertar en cada una de sus páginas la leyenda «es copia de su original» y firmando a continuación, o bien acompañando declaración jurada, firmada por el interesado, de que toda la documentación que se aporta es copia fiel del original. En caso de falsedad o manipulación en algún documento, decaerá el derecho a la participación en el concurso, con independencia de la responsabilidad a que hubiere lugar. En cualquier caso, la Comisión de Contratación podrá requerir de los aspirantes la presentación de los originales de la documentación aportada, siendo excluidos del concurso si no cumplimentan el requerimiento.

5.6. Sólo se tendrán en cuenta aquellos méritos que se hayan relacionado expresamente en la instancia-currículum y queden debidamente acreditados.

Asimismo, los méritos deberán ser numerados en el orden correspondiente que figure en la instancia-currículum, al objeto de facilitar su comprobación e identificación por la Comisión de Contratación.

5.7. Documentación que acompañará a la solicitud.

Documentación a presentar con carácter general:

- Fotocopia DNI, pasaporte o equivalente.

- Título universitario o, en su defecto, justificante de haber abonado los derechos para la expedición del mismo. En caso de haberse obtenido en el extranjero, deberán estar en posesión de la credencial que justifique la homologación por el Ministerio de Educación. Los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea deberán acreditar que les ha sido concedido bien la homologación, bien el reconocimiento del título exigido.

- Certificación académica personal oficial, en la que consten las calificaciones obtenidas por el solicitante en cada una de las asignaturas que conforman su carrera universitaria.

- Resguardo original de haber abonado los derechos de participación, en el que consten nombre y apellidos, DNI y código de plaza a la que concursa.

- Conjunto de publicaciones y documentos acreditativos de los méritos que se aleguen en la instancia-currículum.

Procederá la devolución de los derechos de participación a los aspirantes que hayan sido definitivamente excluidos de estas pruebas por causas no imputables a los mismos. A tal efecto, el reintegro se realizará previa solicitud del interesado en la que consten sus datos personales, el motivo por el cual solicita la devolución y código de cuenta bancaria en la que desea se haya efectivo dicho reintegro.

Documentación a presentar con carácter específico:

- Deberá aportarse una declaración por parte del candidato en la que haga una descripción de las tareas realizadas en su actividad profesional actual y exprese, de manera motivada, la relación de especialidad existente entre dicha actividad y la docente para la que concursa.

- Asimismo, la actividad profesional será justificada de acuerdo con lo siguiente:

El profesional que ejerza por cuenta propia: Certificado actualizado de estar dado de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE), en el que se haga constar la fecha de alta y la actividad que realiza (o aportar modelo de autorización –Anexo V de la instancia-currículum– del interesado/a para que la Universidad de Córdoba pueda recabar datos a la Agencia Tributaria –Certificado del Impuesto sobre Actividades Económicas–), o cualquier otro documento análogo que acredite de forma fehaciente los extremos anteriores. Asimismo, informe actualizado de vida laboral expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social.

El profesional que ejerza por cuenta ajena: Contrato de trabajo, certificado actualizado expedido por la Empresa, en el que se haga constar la antigüedad y el tipo de actividad que realiza e informe actualizado de vida laboral expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social. En el caso de ser empleados públicos: hoja de servicios y certificado actualizado del Organismo, en el que se haga constar antigüedad y el tipo de actividad que realiza.

5.8. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector dictará resolución aprobando la lista provisional de admitidos y excluidos, con indicación de las causas de exclusión, que será publicada en la página Web de la Universidad de Córdoba y que servirá de notificación a los participantes en el concurso.

Para subsanar la causa de exclusión o presentar reclamación, en su caso, los aspirantes dispondrán de un plazo de diez días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de la citada resolución en la página web de la Universidad.

Transcurrido el plazo anterior sin que se hubieran presentado reclamaciones o resueltas las que, en su caso, hayan podido presentarse, el Rector dictará resolución elevando a definitivas las listas de aspirantes por el mismo cauce anterior.

Contra dicha Resolución que agota la vía administrativa se podrá interponer, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación de la misma, ante este Rectorado (artículos 107, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común), o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación de esta Resolución, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Córdoba (artículos 8.3 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

6. Resolución y propuesta de contratación.

El Rectorado, una vez publicada la lista definitiva de admitidos y excluidos, remitirá a los Departamentos correspondientes la documentación de los peticionarios admitidos, siendo responsabilidad de los mismos:

- Informar razonadamente a la Comisión de Contratación del mayor o menor grado de afinidad a la plaza solicitada de cada mérito alegado de que se compone el baremo de contratación de profesorado.

- A la vista de los currícula de los aspirantes y la adecuación de los mismos a la plaza convocada, indicar a qué candidato se le incrementa su puntuación final en un 10%.

- Informe razonado del Departamento en el que confirme la condición de especialista, alegada por el solicitante, en la materia convocada.

Los Departamentos, en el plazo de los diez días siguientes a la recepción de las solicitudes y documentación que acompañen, y una vez cumplimentado lo anterior por los correspondientes Consejos de Departamento, deberán devolverlas al Rectorado, haciéndose entrega a la Comisión de Contratación de la Universidad para su examen y evaluación, para cuya resolución utilizará el baremo de contratación de profesorado aprobado por el Consejo de Gobierno de fecha 23.7.2004 y modificado por Consejo de Gobierno de fechas 25.6.07 y 1.4.2011 que figuran en la dirección de Internet: http://www.uco.es/gestion/laboral/normativa-acuerdos.

La Comisión de Contratación dictará resolución provisional con el/los aspirante/s seleccionado/s y una relación del resto de aspirantes por orden de prelación, que será publicada en la página web de la Universidad, lo que servirá de notificación a los participantes en el concurso.

En el plazo de los diez días naturales siguientes, los aspirantes admitidos podrán, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y sin perjuicio de lo dispuesto en la disposición final, párrafo 1, solicitar por escrito el examen de la documentación correspondiente a la plaza de la que son aspirantes y efectuarla personalmente, y si lo consideran conveniente, formular, dentro de ese mismo plazo, la pertinente reclamación ante el Presidente de la Comisión de Contratación.

Del los escrito/s de reclamación, si lo/s hubiera, se dará traslado al/a los candidato/s propuesto/s para que en el plazo de diez días naturales alegue/n lo que estime/n pertinente. Una vez estudiadas dichas reclamaciones, así como las alegaciones, en su caso, la Comisión de Contratación resolverá definitivamente el procedimiento selectivo y lo comunicará al Consejo de Gobierno.

La resolución definitiva se hará pública en la página web de la Universidad, que servirá de notificación a los participantes en el concurso.

En el plazo de diez días naturales contados a partir de la publicación de la resolución definitiva del concurso, el candidato propuesto aportará al Servicio de Administración de Personal (Sección de Administración de Personal), a efectos de formalizar el correspondiente contrato, la siguiente documentación original:

1. Fotocopia compulsada del los título/s exigido/s para el desempeño de la plaza.

2. Una fotografía (formato DNI).

3. DNI (3 fotocopias).

4. Certificado médico oficial, en su caso.

5. Documento que acredite figurar afiliado a la Seguridad Social.

6. Número de cuenta corriente y entidad bancaria.

Con carácter excepcional, previa solicitud motivada del interesado y de acuerdo con las necesidades del servicio, este plazo podrá ser modificado por el Rectorado de la Universidad.

La formalización de contratos con extranjeros de países no miembros de la Unión Europea se condiciona, en cualquier caso, a que el aspirante seleccionado esté en posesión de la documentación necesaria legalmente establecida.

En el supuesto de que en el plazo señalado, salvo causas de fuerza mayor, el aspirante propuesto no presente la documentación acreditativa de reunir los requisitos exigidos, o si del examen de la misma se dedujera que carece de dichos requisitos, no podrá ser contratado, entendiéndose que renuncia a la plaza obtenida, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de las responsabilidades legales en que pudiera haber incurrido en este último caso.

En los casos de renuncia o cualquier otra causa que impida la incorporación del aspirante propuesto, podrá formalizarse la contratación con el segundo o siguientes, respetando el orden de prelación establecido por la Comisión de Contratación.

El concurso podrá resolverse con la no adjudicación de las plazas cuando, a juicio de la Comisión de Contratación, los currículos de los aspirantes no se ajusten al perfil o actividad docente de las aquéllas, o cuando no se adecue mínimamente a las exigencias académicas de las mismas.

Los recursos que se presenten contra la resolución definitiva del concurso no producirán efectos suspensivos de la resolución correspondiente, salvo que el Rector, mediante resolución expresa, aprecie que la ejecución del acto pudiera causar perjuicios de imposible o difícil reparación, o aprecie, en la fundamentación de la impugnación, la existencia manifiesta de nulidad de pleno derecho.

7. Disposición final.

7.1. Las solicitudes y cualquier escrito de reclamación que presenten los aspirantes en otro Registro diferente al General de la Universidad de Córdoba, al amparo de lo establecido en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, deberán comunicarlo en el mismo día de presentación, mediante correo electrónico a la dirección pefectivos@uco.es, con el asunto «avance solicitud/reclamación pdi», indicando nombre y apellidos, fecha y lugar de presentación y referencia de la plaza que se solicita.

7.2. Los datos personales recogidos en la solicitud de participación al presente concurso serán incorporados a la base de datos de la Universidad de Córdoba para la gestión interna de la relación empresa-empleados y cedidos a otras Administraciones Públicas, en cumplimiento de la normativa laboral, de seguridad social y tributaria, y a cualquier entidad obligada por Ley.

Asimismo, salvo que manifieste por escrito su disconformidad, podrán ser cedidos a otros Servicios de la Universidad para el desarrollo de las funciones propias de los mismos y prestación de servicios a la Comunidad Universitaria.

De acuerdo con la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, los interesados tienen derecho en cualquier momento a ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, dirigiéndose mediante carta certificada, adjuntando fotocopia de sus DNI, a la siguiente dirección: Secretaría General de la Universidad de Córdoba, Avda. Medina Azahara, núm. 5, Córdoba (14071).

7.3. Transcurrido un año desde la publicación de la resolución adjudicando las correspondientes plazas sin que se hubiera interpuesto recurso alguno, esta Universidad procederá a devolver la documentación presentada por los interesados a quienes así lo soliciten en el plazo máximo de seis meses. Transcurrido dicho plazo sin haberse retirado la documentación, se entenderá que el aspirante renuncia a su recuperación, decayendo en su derecho a ello y procediéndose seguidamente a su destrucción.

7.4. La presente convocatoria y cuantos actos administrativos deriven de ella y de las actuaciones de la Comisión de Contratación, podrán ser impugnados en los casos y en la forma establecidos por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

7.5. Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer, potestativamente, Recurso de Reposición en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de esta Resolución, ante este Rectorado (artículos 107, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común), o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación de esta Resolución, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Córdoba (artículos 8.3 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

Córdoba, 17 de octubre de 2013.- El Rector, José Manuel Roldán Nogueras.

ANEXO I

Plaza código: C130101.

Número plazas: 1.

Categoría: Profesor Asociado.

Área de Conocimiento: Nutrición y Bromatología.

Departamento: Bromatología y Tecnología de los Alimentos.

Dedicación: Tiempo parcial (6 horas, 3 lectivas + 3 de tutoría). El horario de docencia será el asignado por el Departamento.

Actividades docentes: Las propias del Área.

Plaza código: C130102.

Número plazas: 1.

Categoría: Profesor Asociado.

Área de Conocimiento: Psicología Evolutiva.

Departamento: Psicología.

Dedicación: Tiempo parcial (12 horas, 6 lectivas + 6 de tutoría). El horario de docencia será el asignado por el Departamento.

Actividades docentes: Las propias del Área.

Observaciones: Titulado Superior.

Descargar PDF