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NIG: 2906742C20110014175.
Procedimiento: Procedimiento Ordinario 694/2011. Negociado: 4.
Sobre: Ordinario.
De: Encarnación Tamayo López.
Procuradora: Sra. Ana Cristina de los Ríos Santiago.
Letrado: Sra. María Concepción Morales Estébanez.
Contra: Enrique Castillo Martín y Juana Martín Ruiz.
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento Procedimiento Ordinario 694/2011 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Diez de Málaga a instancia de Encarnación Tamayo López contra Enrique Castillo Martín y Juana Martín Ruiz sobre ordinario, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:
SENTENCIA NÚM. 151/2013
En Málaga, a 12 de junio de 2013.
Vistos por mí, doña Eva María Gómez Díaz, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Diez de Málaga y de su partido judicial, los autos de juicio ordinario, seguidos ante este Juzgado y registrados con el número 694 del año 2011, a instancia de doña Encarnación Tamayo López, mayor de edad, DNI 24.903.167-D, con domicilio en Málaga, Puerto de la Torre, calle Robles, núm. 9, representada por la Procuradora doña Ana Cristina de los Ríos Santiago, bajo la dirección Letrada de doña María Concepción Morales Estébanez, frente a don Enrique Castillo Martín, mayor de edad, DNI 25.046.769-E y doña Juana Martín Ruiz, mayor de edad, DNI 24.734.313-K, ambos en situación procesal de rebeldía, y atendidos a los siguientes
FALLO
Que estimando la demanda de juicio ordinario interpuesta por la Procuradora doña Ana Cristina de los Ríos Santiago, en nombre y representación de doña Encarnación Tamayo López, bajo la dirección Letrada de doña María Concepción Morales Estébanez, frente a don Enrique Castillo Martín y doña Juana Martín Ruiz, ambos en situación procesal de rebeldía, debo declarar y declaro que existiendo dos contratos de compraventa llevados a cabo en documentos privados celebrados por las partes a fecha de 9 de noviembre de 1999, en los que constan y se contienen los elementos esenciales del negocio jurídico realizado, los demandados don Enrique Castillo Martín y doña Juana Martín Ruiz deberán otorgar escrituras públicas de compraventa sobre Finca número 4706/B, Inscritas en el Registro de la Propiedad número 6 de Málaga, como única finca, al Tomo 2051. Libro 267, Folio 191, inscripción segunda; debo condenar y condeno expresamente a los demandados a estar y pasar por esta declaración y a llevar a cabo dicho otorgamiento en el plazo de treinta días a contar desde la notificación de la presente resolución, con apercibimiento a los demandados de que en el caso de no efectuar o llevar a cabo dicho otorgamiento se procederá a otorgar dichas escrituras a su costa.
Todo ello con expresa imposición de costas a la parte demandada.
Contra esta Sentencia se podrá interponer recurso de apelación ante la llma. Audiencia Provincial de Málaga, que, en su caso, deberá interponerse ante este Juzgado dentro de los veinte días hábiles siguientes a aquél en que se practique la notificación a las partes.
Para recurrir la presente resolución se deberá constituir el depósito para recurrir en la cuenta de consignaciones de este Juzgado, 2961, en la entidad Banesto.
Y con el fin de que sirva de notificación en forma a los demandado Enrique Castillo Martín y Juana Martín Ruiz, calle Miguel Lafuente, 5-7, 29013, de Málaga, extiendo y firmo la presente en Málaga, a veinticuatro de octubre de dos mil trece.- El/La Secretario.
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