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Procedimiento: Social Ordinario 654/2011. Negociado: 21.
NIG: 4109144S20110007894,
De: Fundación Laboral de la Construcción.
Contra: Río Pudio, S.L.
EDICTO
Doña María Amparo Atares Calavia, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social número Cinco de Sevilla.
Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 654/2011 a instancia de la parte actora Fundación Laboral de la Construcción, contra Río Pudio, S,L, sobre Social Ordinario se ha dictado sentencia de fecha 6 de junio de 2013, cuyo Fallo es del tenor literal siguiente:
F A L L O
Que estimando la demanda formulada por Fundación Laboral de la Construcción contra la empresa Río Pudio, S.L., debo condenar y condeno a dicha empresa demandada al abono en favor de la entidad actora de la suma de 248,90 euros.
Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso, declarando la firmeza de la sentencia .
Así por esta mi sentencia definitivamente juzgando en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación al demandado Rio Pudio, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Sevilla, a trece de noviembre de dos mil trece.- El/La Secretario/a Judicial.
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