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Para general conocimiento se informa que en la sesión de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Granada celebrada el 29 de julio de 2010 se aprobó definitivamente la Innovación no 2 (Modificación) «Innovación de las NNSS para reajuste de suelo equipamental» del Planeamiento General de Huétor Santillán. Tras haberse procedido previamente a la inscripción y depósito del Instrumento urbanístico de referencia, en el Registro Municipal de Huétor Santillán y en el Registro Autonómico de Instrumentos de Planeamiento, de Convenios Urbanísticos y de los Bienes y Espacios Catalogados, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 41.1 y 2 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, a continuación se procede a la publicación de la Resolución y Normativa Urbanística correspondiente al citado instrumento urbanístico:
1. Acuerdo de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de fecha 29 de julio de 2010 por la que se aprueba definitivamente la Innovación núm. 2 (Modificación) «Innovación de las NN.SS. para reajuste de suelo equipamental» del Planeamiento General de Huétor Santillán.
2. Normas Urbanísticas del referido instrumento de planeamiento recogidas en el Anexo de la presente resolución.
Huétor Santillán: Innovación núm. 2 (Modificación) «Innovación de las NN.SS. para reajuste de suelo equipamental» del Planeamiento General de Huétor Santillán. Ref.ª: 00032/2.
«Examinado el expediente de Innovación núm. 2 (Modificación) «Innovación de las NN.SS. para reajuste de suelo equipamental» del Planeamiento General de Huétor Santillán aprobado por el Ayuntamiento en fechas 18 de noviembre de 2009 y elevado a la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo a los efectos previstos en el artículo 33.4 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre.
Atendiendo a lo dispuesto en el citado texto Legal, Reglamento de Planeamiento, Decreto 14/2010, por el que se atribuyen a la Consejería de Obras Públicas y Vivienda las competencias atribuidas a la Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio (Decreto 525/2008, de 16 de diciembre, por el que se regula el ejercicio de competencias de la Administración de la Junta de Andalucía en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo).
Vistos los informes de la Delegación Provincial de Obras Públicas y Vivienda, los de legislaciones sectoriales legalmente establecidos y en virtud de las facultades atribuidas a tenor de lo dispuesto en el art. 13.2.a) del Decreto 525/2008, en relación con los artículos 31.2.B) a. y 32.4 de la antes citada Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía, la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo
HA RESUELTO
Primero. Aprobar definitivamente el mismo.
Segundo. Esta resolución se publicará en el BOJA, según lo dispuesto en el artículo 41 de la LOUA, una vez se haya procedido al depósito en el Registro del Ayuntamiento y en el Registro Autonómico de Instrumentos de Planeamiento, Convenios Urbanísticos y Espacios Catalogados. Así mismo se notificará al Ayuntamiento de Huetor Santillán e interesados.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso-contencioso- administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su notificación ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo con competencia territorial según se prevé en el art. 14 de la Ley 29/1998, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 13 de julio o, en su caso, ante la correspondiente Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía y con cumplimiento de los requisitos previstos en la mencionada Ley, todo ello sin perjuicio de que por Vd. se pueda ejercitar cualquier otro que estime procedente.»
Granada, 21 de diciembre de 2012.- La Delegada, María Sandra García Martín.
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