Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 249 de 23/12/2013

3. Otras disposiciones

Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales

Resolución de 17 de diciembre de 2013, de la Delegación Territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales en Jaén, por la que se hace público el Acuerdo de 10 de diciembre de 2013, de la Sección de Administración General, por la que se delegan competencias para la autenticación de copias mediante cotejo con los originales en el personal funcionario que desempeña los puestos de trabajo que se citan.

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El Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen las medidas organizativas para los servicios administrativos de atención directa a los ciudadanos, establece en su artículo 23 que la competencia para la autenticación de copias de documentos privados y públicos que se presenten para ser tramitados en el órgano del cual dependa el Registro, realizadas mediante cotejo con los originales, corresponde a las Jefaturas de Sección y órganos asimilados responsables de cada Registro General.

La Sección de Administración General de esta Delegación Territorial es el responsable del Registro General establecido en la misma.

Por razones técnicas de eficacia organizativa y en aras de la calidad de los servicios a prestar al ciudadano, se hace necesario realizar la correspondiente delegación de competencias en esta materia, al amparo de lo establecido en el artículo 13 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como los artículos 101 y 102 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Comunidad Autónoma.

Por cuanto antecede, esta Delegación

RESUELVE

Hacer público el Acuerdo de 10 de diciembre de 2013, de la Sección de Administración General de esta Delegación Territorial, por el que delega la competencia para la autenticación de copias mediante cotejo con los originales en el personal funcionario que desempeña los puestos de trabajo que se citan, y cuyo texto figura como Anexo a la presente Resolución, que revoca cualquier otra disposición de igual o menor rango que, sobre el mismo asunto, se haya dictado en el ámbito de competencias de la actual Delegación Territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales.

Jaén, 17 de diciembre de 2013.- La Delegada, M.ª de los Ángeles Jiménez Samblás.

ANEXO

ACUERDO DE 10 DE DICIEMBRE DE 2013, DE LA SECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GENERAL DE LA DELEGACIÓN TERRITORIAL DE IGUALDAD, SALUD Y POLÍTICAS SOCIALES EN JAÉN, POR EL QUE SE DELEGAN COMPETENCIAS PARA LA AUTENTICACIÓN DE COPIAS MEDIANTE COTEJO CON LOS ORIGINALES EN EL PERSONAL FUNCIONARIO QUE DESEMPEÑA LOS PUESTOS DE TRABAJO QUE SE CITAN

La Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, reconoce y establece en los artículos 35.c) y 38.5, respectivamente, el derecho de los ciudadanos a obtener copia sellada de los documentos que presenten, aportándola junto con los originales, así como la devolución de éstos, salvo que los originales deban obrar en el procedimiento, y en el artículo 46.1 atribuye a cada Administración Pública la facultad de determinar reglamentariamente los órganos que tengan atribuidas las competencias de expedición de copias auténticas de documentos públicos o privados.

El artículo 23 del Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas organizativas para los servicios administrativos de atención directa a los ciudadanos (BOJA núm. 136, de 26 de octubre), establece que la competencia para la autenticación de copias de documentos a que se refiere el punto 2 del artículo 21 de dicha norma (copias autenticadas) corresponderá a las jefaturas de sección y órganos asimilados responsables de cada Registro General de Documentos, previendo en el párrafo segundo de dicho artículo que de no existir tales jefaturas de sección, la competencia corresponderá a la Jefatura del Servicio o Secretaría General bajo cuya responsabilidad se gestione la función de Registro General de Documentos.

Siendo una de las funciones principales de los Registros Generales y Auxiliares la de facilitar la presentación de escritos, con objeto de conseguir una mayor calidad y eficacia en la gestión administrativa de esta Delegación Territorial, se hace necesario efectuar a favor de las personas que ocupen los puestos relacionados en el presente acuerdo, delegación de la competencia de autenticación de copias de documentos privados y públicos, mediante cotejo con el original al objeto de salvaguardar siempre el derecho de los ciudadanos referido en el artículo 35.c) de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Por todo ello,

A C U E R D O

Primero. Delegar la competencia de expedición de copias autenticadas de documentos privados y públicos que se presenten para ser tramitados en el Registro General de la Delegación Territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales en Jaén, atribuida a la Jefatura de Sección de Administración General, a tenor de los dispuesto en el artículo 23 del Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas organizativas para los servicios administrativos de atención directa a los ciudadanos, queda delegada en el personal funcionario que ocupe los puestos que a continuación se citan:

2108910 SECRETARIO GENERAL PROVINCIAL
818910 DP. RÉGIMEN JURÍDICO
2109810 NG. ASESORÍA JURÍDICA
2110510 SC. PROCEDIMIENTO
2116310 NG. GESTIÓN PROCEDIMIENTO
1608510 SV. ACCIÓN E INSERCIÓN SOCIAL
1608610 GTE. PLAN BARRIADAS
1608710 GTE. PLAN BARRIADAS
1677910 DP. INSERCIÓN PROFESIONAL
2725010 SV. ADMÓN. GRAL Y PERSONAL
3210810 UN. INFORMACIÓN
2108410 NG. INFORMACIÓN
2115510 NG. TRAMITACIÓN
2110210 SC. RÉGIMEN INTERIOR
1609210 NG. REGISTRO Y ARCHIVO
2110310 NG. REGISTRO Y RÉGIMEN INT.
2114010 NG. DOCUMENTACIÓN Y ARCHIVO
817710 SC. PERSONAL
819210 NG. PERSONAL
2113810 NG. GESTIÓN DE PERSONAL
266810 SC. RÉGIMEN ECOM. DE PERSONAL
3210910 NG. NÓMINAS
818210 NG. HABILITACIÓN
2725210 INSPECTOR SERV. SOCIALES COORDINADOR
7089610 INSPECTOR DE SERVICIOS SOCIALES
1833010 SV. GESTIÓN ECONÓMICO DE PENSIONES
1833310 SC. GESTIÓN Y CONTROL DE PENSIONES
1833610 SC. RÉGIMEN ECONÓMICO DE PENSIONES
1833410 NG. TRAMITACIÓN
1833510 NG. REVISIONES Y RECLAMACIONES
819310 SV. GESTIÓN SERVICIOS SOCIALES
1627010 SC. PRESTACIONES NO PERIÓDICAS
819510 SC. CENTROS Y PROGRAMAS
7089710 SC. AUTORIZACIONES Y CONCIERTOS
1609410 NG. DE CONCIERTOS
7089810 NG. DE AUTORIZACIONES
818310 NG. DE SEGUIMIENTO Y CONTROL
2111510 SV. PLANIFICACIÓN Y EVAL. ASISTENCIAL
2111610 SC. PRESTACIONES COMPLEMENTARIAS
2114810 NG. TRAMITACIÓN
2111710 SC. PRESTACIONES ASISTENCIALES
2114910 NG. TRAMITACIÓN
2111910 SC. PRESTACIONES FARMACÉUTICAS
2115110 NG. TRAMITACIÓN (2)
2112110 SV. PLANIF. Y EVALUACIÓN DE RECURSOS
2112610 SC. RÉGIMEN ECONÓMICO
2119910 SC. GESTIÓN ECONÓMICA
2113910 NG. GESTIÓN ECONÓMICA
818010 SC. GESTION ECONÓMICA Y CONTRATACION
819110 NG. GESTIÓN ECONÓMICA
819010 NG. CONTRATACIÓN Y PATRIMONIO
1609810 SV. PREVENCIÓN Y APOYO A LA FAMILIA
7840810 DP. PREVENCIÓN Y PROGRAMAS
7840410 DP. GESTIÓN ADMINISTRATIVA
7840710 DP. PRIMERA INFANCIA
7840510 NG. GESTIÓN DE CENTROS
7840610 NG. GESTIÓN DE PROGRAMAS
7841010 SV. PROTECCIÓN DE MENORES
1609910 COORDINADOR EQUIPOS DE MENORES
1610310 COORDINADOR CENTROS DE MENORES
1610810 COORDINADOR ACOG. FAMILIAR Y ADOPCIÓN
7841110 DP. GESTIÓN ADMINISTRATIVA
1610410 NG. CENTROS
1610910 NG. GESTIÓN
2110710 SV. SALUD
2110810 SC. SANIDAD ALIMENTARIA
2114210 NG. GESTIÓN SANIDAD ALIMENTARIA
2111010 SC. SALUD AMBIENTAL
2114310 NG. GESTIÓN SALUD AMBIENTAL
2111110 SC. EPIDEMILOGÍA
2114410 NG. GESTIÓN EPIDEMILOGÍA
2111210 SC. PROGRAMAS DE SALUD
2114510 NG. GESTIÓN PROGRAMAS
1944410 DIRECTOR EQUIPO PROV. INSPECCIÓN
1944510 COORDINADOR PROVINCIAL UVMI
1944810 INSPECTORES FARMACÉUTICOS EQUIPOS
2108510 SC. APOYO ADMVO. INSPEC. SANITARIO
2108610 NG. GESTIÓN UVMI – ILT (2)
2108710 NG. GESTIÓN INSPECCIÓN FARMACIA
2108810 NG. GESTIÓN INSPECCIÓN PROGRAMAS
11160510 SV. VALORACION DE LA DEPENDENCIA
11166110 DP. COORDINACIÓN DE LA DEPENDENCIA
11160910 UN. GESTIÓN
11166710 DP. PRESTACIONES ECONM. DEPENDENCIA
11210110 NG. GESTIÓN
11167510 DP. GESTIÓN ADMVA. E INFORMES
11164410 NG. GESTIÓN
11165210 DP. SEGUIMIENTO DE LA VALORACIÓN
968910 DIRECTOR/A C. VALORACIÓN Y ORIENTACIÓN
969910 SECRETARIO-ADMINISTRADOR
1838810 NG. GESTIÓN Y CONTROL
964210 DIRECTOR/A RES. PENSIONISTAS - LA CAROLINA
963010 ADMINISTRADOR RES. PENSIONISTAS - LA CAROLINA
970910 DIRECTOR/A RES. PENSIONISTAS - LINARES
971010 ADMINISTRADOR RES. PENSIONISTAS - LINARES
976410 DIRECTOR/A C. DISCAP. PSÍQUICOS - LINARES
974510 ADMINISTRADOR C. DISCAP. PSÍQUICOS - LINARES
957210 DIRECTOR/A RESIDENCIA ASISTIDA - ÚBEDA
956610 ADMINISTRADOR RESIDENCIA ASISTIDA - ÚBEDA

Segundo. La delegación de competencias contenida en el presente Acuerdo se entiende sin perjuicio de que en cualquier momento, el órgano delegante puede avocar para sí la competencia ahora delegada.

Tercero. En las copias auténticas que se expidan, mediante cotejo, en virtud de la presente delegación, se hará constar expresamente esta circunstancia.

Cuarto. De conformidad con lo establecido en el artículo 13.3 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la presente delegación de competencias deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, entrando en vigor a partir del día siguiente al de su publicación.

Quinto. La presente Resolución revoca cualquier otra disposición por la que se delegan competencias para la autenticación de copias de documentos, mediante cotejo de originales, que se hubieran adoptado en el ámbito de las competencias propias de esta Delegación Territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales.

Jaén, 10 de diciembre de 2013, el Jefe de Sección de Administración General, Fdo.: Antonio Romero Mesa.

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