Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 253 de 30/12/2013

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 17 de diciembre de 2013, del Juzgado de lo Social núm. Cinco de Sevilla, dimanante de autos núm. 248/2013.

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Procedimiento: 365/12. Ejecución de títulos judiciales 248/2013. Negociado: 2E.

NIG: 4109144S20120004125.

De: Doña M.ª Rafaela Novoa García, doña Ana Vanessa Leonisio Moreno y doña María Dolores Fernández Nieto.

Contra: Don José Vicente Estrada Esteban, don Joao Bernardo Catarino Dos Santos Carrico, Redyser Transporte, S.L., Adicional Logistics España, S.L.U., Adicional Care España, S.L.U., Adicional, Distribucao e Gestao Comercial, S.A., e Iberlink, S.A.

EDICTO

Doña María Amparo Atares Calavia, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número Cinco de Sevilla.

Hace saber

Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 248/2013 a instancia de la parte actora doña M.ª Rafaela Novoa García, doña Ana Vanessa Leonisio Moreno y doña María Dolores Fernández Nieto, contra don José Vicente Estrada Esteban, don Joao Bernardo Catarino Dos Santos Carrico, Redyser Transporte, S.L., Adicional Logistics España, S.L.U., Adicional Care España, S.L.U., Adicional, Distribucao e Gestao Comercial, S.A., e Iberlink, S.A., sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado Resolución de fecha 27 de marzo de 2013 del tenor literal siguiente:

DECRETO

Secretaria Judicial doña María Amparo Atares Calavia.

En Sevilla, a diecisiete de diciembre de dos mil trece.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Doña M.ª Rafaela Novoa García, doña Ana Vanessa Leonisio Moreno y doña María Dolores Fernández Nieto han presentado demanda de ejecución frente a Adicional Care España, S.L.U., Iberlink, S.A., y Adicional Logistics España, S.L.U.

Segundo. Se ha dictado auto despachando ejecución contra Adicional Care España, S.L.U., en fecha 7.11.13, por un total de 157.101,08 € de principal (correspondientes a doña María Dolores Fernández Nieto, 32.999,67 ; a doña Ana Vanessa Leonisio Moreno, 10.759,58 euros; a doña María Rafaela Novoa García, 49.322,67 euros de indemnización; así como la suma de 21.328,72 euros a cada una de ellas, en concepto de salarios de tramitación), más la de 31.420,21 presupuestados para intereses y costas .

Tercero. Consta en el Juzgado de lo Social núm. Once de Sevilla que con fecha 10.6.13 se ha dictado Decreto de Insolvencia en la Ejecutoria número 3/13 respecto a Adicional Care España, SL.U. Asimismo, consta en el Juzgado de lo Social núm. Cinco de Bilbao que con fecha 4.9.12 se ha dictado Decreto de Insolvencia en la Ejecutoria núm. 62/12, y que se ha dado la preceptiva audiencia al Fondo de Garantía Salarial.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Disponen los arts. 250 y 276 de la LRJS que de no tenerse conocimiento de la existencia de bienes suficientes del ejecutado en los que hacer traba y embargo, se practicarán las averiguaciones procedentes y de ser infructuosas, total o parcialmente, el Secretario Judicial de la ejecución dictará decreto de insolvencia tras oír al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora.

Segundo. Dispone el art. 276.3 de la LRJS que declarada judicialmente la insolvencia de una empresa, ello será base suficiente para estimar su pervivencia en otras ejecuciones, pudiéndose dictar auto de insolvencia sin necesidad de reiterar las averiguaciones de bienes del art. 250 de esta Ley, debiendo darse audiencia al actor y al Fondo de Garantía Salarial para que señalen la existencia de nuevos bienes en su caso. Por ello, y vista la insolvencia ya dictada contra la/s ejecutada/s, se adopta la siguiente resolución.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,

PARTE DISPOSITIVA

ACUERDO

Declarar al/a los ejecutado/s Adicional Care España, S.L.U., en situación de insolvencia total por importe de 157.101,08 € en concepto de principal (correspondientes a doña María Dolores Fernández Nieto, 32.999,67 ; a doña Ana Vanessa Leonisio Moreno, 10.759,58 euros; a doña María Rafaela Novoa García, 49.322,67 euros de indemnización; así como la suma de 21.328,72 euros a cada una de ellas, en concepto de salarios de tramitación), más la de 31.420,21 presupuestados para intereses y costas euros, insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional. Archívese el presente procedimiento y dése de baja en los libros correspondientes.

Notifíquese la presente resolución.

Modo de impugnación: Contra la presente Resolución cabe recurso directo de revisión, que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente, art. 188 LRJS.

El/La Secretario/a Judicial.

Y para que sirva de notificación al demandado Adicional Care España, S.L.U., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Sevilla, a diecisiete de diciembre de dos mil trece.- El/La Secretario/a Judicial.

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