Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 36 de 20/02/2013

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 31 de octubre de 2012, del Juzgado de Primera Instancia núm. Trece de Málaga, dimanante de procedimiento ordinario núm. 616/2011. (PP. 3143/2012).

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NIG: 2906742C20110012448.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 616/2011. Negociado: E.

Sobre: Reclamación cantidad.

De: EFC Bank PLC Sucursal en España.

Procurador: Sr. Miguel Ángel Rueda García.

Letrado: Sr. Rafael Durán Muiños.

Contra: Antonio Manuel Portillo Pérez y Natanael Portillo Sánchez.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Procedimiento Ordinario 616/2011 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Trece de Málaga a instancia de EFC Bank PLC Sucursal en España contra Antonio Manuel Portillo Pérez y Natanael Portillo Sánchez sobre reclamación cantidad, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo es como sigue:

SENTENCIA

En Málaga, a veinticinco de abril de dos mil doce.

Han sido vistos por don José Pablo Martínez Gámez, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia número Trece de Málaga, los autos de Juicio Ordinario seguidos en este Juzgado con el número 616/2011-E a instancias de la entidad mercantil F.C.E. BANK/PLC, Sucursal en España, representada por el Procurador don Miguel Ángel Rueda García y con la asistencia Letrada de don Rafael Durán Muiños, frente a don Natanael Portillo Sánchez y don Antonio Manuel Portillo Pérez, declarados en situación de rebeldía procesal.

FALLO

1. Se estima íntegramente la demanda y se condena solidariamente a don Natanael Portillo Sánchez y a don Antonio Manuel Portillo Pérez a pagar a la entidad F.C.E. BANK PLC, Sucursal en España, la suma reclamada de diez mil ochenta y siete euros con veinte céntimos (10.087,20 €) de principal, más intereses de demora equivalentes a 2,5 veces el interés legal del dinero cada año (2,5 x 4 = 10%) desde el cierre de la cuenta, 28.6.2010, hasta su completo pago.

2. Se condena a don Natanael Portillo Sánchez y a don Antonio Manuel Portillo Pérez al pago solidario de las costas de esta instancia.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a los demandados Antonio Manuel Portillo Pérez y Natanael Portillo Sánchez, extiendo y firmo la presente en Málaga a treinta y uno de octubre de dos mil doce.- El/La Secretario.

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