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NIG: 4109142C20120017159.
Procedimiento: Juicio Verbal (250.2) 402/2012. Negociado: 2.
De: Fabiana Verónica Hidalgo Vilela.
Procuradora: Sra. María Pastor Pérez Angulo.
Letrado: Sr. Rafael José Baena Fernández.
Contra: Ruddy Hernán Quiroz Quiroz.
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento Juicio Verbal (250.2) 402/2012 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Diecisiete de Sevilla a instancia de Fabiana Verónica Hidalgo Vilela contra Ruddy Hernán Quiroz Quiroz sobre, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:
«SENTENCIA NÚM. 93/13
En Sevilla, a 13 de febrero de 2013.
Vistos por la Iltma. Sra. doña María Núñez Bolaños, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Diecisiete de Sevilla y su partido, los presentes autos de Medidas sobre Patria Potestad seguidos en este Juzgado con el número de procedimiento 402/12 instados por la Procuradora Sra. María Pastor Pérez Angulo, en nombre y representación de doña Fabiana Verónica Hidalgo Vilela, frente a don Ruddy Hernán Quiroz, habiendo sido parte el Ministerio Fiscal.
FALLO
Que, estimando la demanda formulada por la Procuradora Sra. María Pastor Pérez Angulo, en nombre y representación de doña Fabiana Verónica Hidalgo Vilela, frente a don Ruddy Hernán Quiroz, habiendo sido parte el Ministerio Fiscal, debo acordar y acuerdo privar totalmente a don Abderrahmane Bale de la Patria Potestad sobre sus hijos menores A. y E.Q.H.
Todo ello sin expresa condena en costas.»
Y el Auto que la aclara, de fecha 26.2.13, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
«PARTE DISPOSITIVA
Se rectifica Sentencia de fecha 13 de febrero de 2013, en el sentido de que donde se dice: “Debo acordar y acuerdo privar totalmente a D. A. de la patria potestad sobre sus hijos menores A. y E.Q.H.”; debe decir: “Debo acordar y acuerdo privar totalmente a don Ruddy Hernán Quiroz Quiroz de la patria potestad sobre sus hijos menores A. y E.Q.H.”.»
Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado, Ruddy Hernán Quiroz Quiroz, extiendo y firmo la presente en Sevilla, a dieciocho de marzo de dos mil trece.- El Secretario.
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