Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 67 de 09/04/2013

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia e Instrucción

Edicto de 20 de febrero de 2013, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Cuatro de Roquetas de Mar, dimanante de procedimiento ordinario núm. 1422/2009. (PP. 722/2013).

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NIG: 0407942C20090007637.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 1422/2009. Negociado: BG.

De: Don Manuel Martínez Checa y María José Iglesias López.

Procuradora Sra.: Patricia Díaz Martínez.

Contra: Castala, S.L.

EDICTO

En el presente procedimiento Procedimiento Ordinario 1422/2009, seguido a instancia de Manuel Martínez Checa y María José Iglesias López frente a Castala, S.L. se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

SENTENCIA NÚM. 34/2012

En Roquetas de Mar, a veintisiete de febrero de dos mil doce.

Vistos por doña Lourdes Cantón Plaza, Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número Cuatro de Roquetas de Mar y su partido, los presentes autos de Juicio Ordinario núm. 1.422/2009, seguidos a instancia de don Manuel Martínez Checa y doña María José Iglesias López, representados por la Procuradora de los Tribunales doña Patricia Díaz Martínez y asistidos por el Letrado don Juan José Bonilla López sobre Cumplimiento Contractual contra Castala, S.L. en situación de rebeldía y atendiendo a los siguientes:

FALLO

Que debo estimar y estimo íntegramente la demanda interpuesta por don Manuel Martínez Checa y doña María José Iglesias López, representados por la Procuradora de los Tribunales doña Patricia Díaz Martínez, contra Castala, S.L. en situación de rebeldía y en consecuencia, condeno a la mercantil demandada a otorgar la escritura pública de compraventa conforme al contrato privado suscrito en su momento por ambas partes y a pagar el resto del precio pactado en su momento de 221.774,28 euros, más el interés legal desde el día 26 de julio de 2008 hasta el efectivo pago, condenándola a estar y pasar por la anterior declaración.

Notifíquese a las partes la presente Sentencia, haciéndoles saber que contra esta Resolución cabe recurso de apelación, que deberá ser interpuesto en este Juzgado en el plazo de veinte días contados desde el día siguiente a la notificación, para su conocimiento por la llustrísima Audiencia Provincial de Almería.

Para la admisión del recurso deberá constituirse depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado, indicando en las observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso seguido del código 02 y tipo concreto del recurso, de conformidad con lo establecido en la L.O. 1/2009, de 3 de noviembre, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en el apartado 5.º de la disposición adicional decimoquinta de dicha norma o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.

Así, por esta Sentencia, juzgando definitivamente en Primera Instancia, y de la que se expedirá Testimonio para su unión a los autos, lo pronuncio, mando y firmo, doña Lourdes Cantón Plaza, Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número Cuatro de Roquetas de Mar y su partido judicial.

Y encontrándose dicho demandado, Castala, S.L., en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.

Roquetas de Mar, a veinte de febrero de dos mil trece.

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