Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 91 de 13/05/2013

3. Otras disposiciones

Consejería de Administración Local y Relaciones Institucionales

Resolución de 26 de abril de 2013, de la Dirección General de Administración Local, por la que se admite la inscripción en el Registro Andaluz de Entidades Locales del escudo del municipio de La Carolina (Jaén).

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De acuerdo con lo establecido en el artículo 18 de la Ley 6/2003, de 9 de octubre, de símbolos, tratamientos y registro de las Entidades Locales de Andalucía, el uso de los símbolos es privativo de las mismas, no pudiéndose utilizar hasta que no estén inscritos en el Registro Andaluz de Entidades Locales.

Mediante escrito de fecha 22 de abril de 2013, se solicita por el Excmo. Ayuntamiento de La Carolina (Jaén) la inscripción de su escudo municipal en el Registro Andaluz de Entidades Locales, de conformidad con lo establecido en el punto 2 de la disposición transitoria segunda de la mencionada Ley, según el cual las Entidades Locales que ostentaran símbolos en virtud de uso o costumbre accederán al mencionado Registro supliendo la certificación establecida en el artículo 17.1 mediante estudio histórico justificativo, certificación de su vigencia, así como informe negativo de los extremos previstos en el artículo 13.

Emitido en sentido favorable el mencionado informe, se procede a la descripción del escudo:

«- Escudo de boca o contorno rectangular, cuadrilongo y redondeado ligeramente por su parte inferior acabando en punta, al modo tradicional español, con campo cuartelado en 10.

I Cuartel: En campo de oro, cuatro palos de gules, que es de las armas de Aragón.

II Cuartel: Cuartel flanquisado, jefe y punto de oro y cuatro bastones de gules, flancos de plata con águilas de sable coronadas, que es de las armas de Sicilia.

III Cuartel: En campo de gules, una faja de plata, que es de las armas de Austria.

IV Cuartel: Campo de azur, sembrado de flores de lis de oro y bordura componada de plata y gules, que es de las armas de Borgoña Moderna.

V Cuartel: En Campo de oro, seis flores de lis de azur dispuestas una, dos, dos, una, que es de las armas del Ducado de Parma.

VI Cuartel: En campo de oro, cinco roeles o bolas de gules, dispuestas una que es tortillo de azur en jefe cargado de tres flores de lis de oro, dos, dos y una, que es de las armas del Ducado de Toscana.

VII Cuartel: Bandado de oro y azur con la bordura de gules, que es de las armas de Borgoña Antigua.

VIII Cuartel: En campo de sable, un león de oro, coronado de oro, lampasado y armado de gules, que es de las armas de Brabante.

IX Cuartel: Entado en punta, campo de oro con león de sable armado y lampasado de gules, que es de las armas de Flandes.

X Cuartel: Entado en punta, campo de plata con un águila de gules coronada, picada y membrada de oro, cargado el peño de un creciente trebolado de lo mismo, que es de las armas del Tirol.

- Sobre el todo, escudete cuartelado en cruz.

I y IV Cuartel: Campo de gules y un castillo de oro, almenado de tres almenas, mazonado de sable y aclarado de azur, que es de las armas de Castilla.

II y III Cuartel: Campo de plata y un león de gules, coronado de oro, lampasado y armado de oro, que es de las armas de León.

V Entado en punta, campo de plata y una granada al natural rajada de gules, tallada y hojada de dos hojas de sinople, que es de las armas de Granada.

- Sobre el todo del todo, escudete oval de azur con tres flores de lis de oro y bordura de gules, que es de las armas de la Casa Real de Borbón-Anjou.

- Timbre de corona real cerrada y forrada de gules, compuesta de un círculo de oro y pedrería, con ocho florones y ocho perlas intercaladas, cerrada con ocho diademas guarnecidas, también de perlas, que convergen en un mundo de azur con un ecuador y un semimeridiano de oro, y sumado de una cruz de oro.

- Collar del Toisón de Oro, que parte y pende de la parte inferior del escudo.

- Collar de la orden de Carlos III que parte del extremo superior del escudo y rodea al mismo terminando en la Gran Cruz de la Orden.»

En su virtud, esta Dirección General, a tenor de lo establecido en el artículo 17 y punto 2 de la disposición transitoria segunda de la Ley 6/2003, de 9 de octubre, 18.6 de la Orden de 17 de septiembre de 2010, por la que se desarrolla la organización y el funcionamiento del Registro Andaluz de Entidades Locales, y apartado b) del artículo 7.2 del Decreto 147/2012, de 5 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Administración Local y Relaciones Institucionales,

RESUELVE

Primero. Admitir la inscripción en el Registro Andaluz de Entidades Locales del escudo del municipio de La Carolina (Jaén), con la descripción literal indicada y con la gráfica que obra en el expediente.

Segundo. Modificar la correspondiente inscripción registral del municipio de La Carolina (Jaén) en el mencionado Registro.

Tercero. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente Resolución se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en la forma y plazo previstos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 26 de abril de 2013.- El Director General, Antonio Maíllo Cañadas.

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