Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 1 de 02/01/2014

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación, Cultura y Deporte

Resolución de 4 de diciembre de 2013, de la Dirección General de Participación y Equidad, por la que se conceden subvenciones para la realización de proyectos de coeducación presentados por las asociaciones de madres y padres del alumnado de centros docentes sostenidos con fondos públicos para el fomento de la igualdad entre hombres y mujeres para el curso 2013-2014.

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La Orden de 15 de abril de 2011 de la Consejería de Educación (BOJA núm. 95, de 17 de mayo), estableció las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades públicas, asociaciones del alumnado y de padres y madres del alumnado y otras entidades privadas en materia de equidad, participación, voluntariado, coeducación, mediación intercultural y absentismo escolar en Andalucía.

La Resolución de 18 de abril de 2013 (BOJA núm. 88, de 8 de mayo), de la Dirección General de Participación y Equidad, efectuó la convocatoria pública para la concesión de subvenciones a entidades públicas, asociaciones del alumnado y de padres y madres del alumnado y otras entidades privadas en materia de equidad, participación, voluntariado, coeducación, mediación intercultural y absentismo escolar en Andalucía para el curso 2013-2014.

Vistas las solicitudes y los proyectos presentados y efectuada su valoración por la Comisión Evaluadora establecida en el apartado 13 del Cuadro-Resumen de «Proyectos de coeducación de las asociaciones de madres y padres del alumnado de centros docentes sostenidos con fondos públicos para el fomento de la igualdad entre hombres y mujeres», de la Orden citada, y en aplicación de los criterios establecidos en el apartado 12 del mismo, a propuesta de dicha Comisión Evaluadora, y teniendo en cuenta la disponibilidad presupuestaria para el presente ejercicio, esta Dirección General de Participación y Equidad, por delegación del Excmo. Sr. Consejero de Educación, Cultura y Deporte,

RESUELVE

Primero. Aprobar la relación definitiva de subvenciones concedidas a asociaciones de padres y madres del alumnado de los centros educativos sostenidos con fondos públicos que han obtenido la puntuación suficiente para tener la consideración de beneficiarias, para la realización de proyectos de coeducación durante el curso 2013-2014, con expresión de la puntuación obtenida y la cuantía que se indica en el Anexo I.

Segundo. Denegar las subvenciones solicitadas por asociaciones de padres y madres del alumnado de los centros educativos sostenidos con fondos públicos, para la realización de proyectos de coeducación durante el curso 2013-2014, las cuales no han obtenido la puntuación suficiente para ser consideradas beneficiarias, según se relaciona en el Anexo II.

Tercero. Excluir las solicitudes de subvenciones relacionadas en el Anexo III, por las causas que en el mismo se indican.

Cuarto. El plazo de ejecución de las actividades subvencionadas corresponderá al curso académico 2013-2014 y, por tanto, se computará según el calendario escolar correspondiente, desde el día 1 de septiembre de 2013 al 31 de agosto de 2014.

Quinto. De conformidad con lo establecido en el apartado quinto e) de la Resolución de convocatoria de 18 de abril de 2013, el pago de las subvenciones se hará con cargo a la aplicación presupuestaria 481.01.54C del presupuesto de gastos de la Consejería de Educación.

Sexto. 1. De conformidad con lo establecido en el artículo 25.1 de la Orden de 15 de abril de 2011, por la que se aprueban las bases reguladoras de la presente convocatoria, se procederá a realizar el pago tal como se especifica en el apartado 24 del Cuadro Resumen de «Proyectos de coeducación de las asociaciones de madres y padres del alumnado de centros docentes sostenidos con fondos públicos para el fomento de la igualdad entre hombres y mujeres», en un único libramiento en firme, con justificación diferida, en transferencia bancaria a la cuenta corriente que haya señalado la entidad beneficiaria. La titularidad de dicha cuenta debe obrar a nombre de la entidad solicitante.

2. De conformidad con lo establecido en el artículo 25.3 de la Orden de 15 de abril de 2011 que aprueba las bases reguladoras, el importe definitivo de la ayuda se liquidará aplicando al coste de la actividad efectivamente realizada por la entidad beneficiaria, conforme a la justificación presentada, el porcentaje de financiación establecido en la resolución de concesión.

Séptimo. Las entidades beneficiarias cumplen los requisitos señalados en el artículo 3.1 de las bases reguladoras, que están especificados en el apartado 4.a.2.º del Cuadro Resumen de «Proyectos de coeducación de las asociaciones de madres y padres del alumnado de centros docentes sostenidos con fondos públicos para el fomento de la igualdad entre hombres y mujeres».

Octavo. Las obligaciones de las entidades beneficiarias, establecidas de acuerdo con los artículos 116.3 y 119.h) del Texto Refundido de la Ley General de Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, y en el artículo 24 de la Orden de 15 de abril de 2011, de bases reguladoras, son las siguientes:

1. Son obligaciones de la entidad beneficiaria:

a) Cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto, realizar la actividad o adoptar el comportamiento que fundamenta la concesión de las subvenciones en la forma y plazos establecidos.

b) Justificar ante el órgano concedente o, en su caso, la entidad colaboradora, el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determinen la concesión o disfrute de la subvención.

c) Someterse a las actuaciones de comprobación, a efectuar por el órgano concedente o, en su caso, la entidad colaboradora, así como cualesquiera otras de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, tanto nacionales como comunitarios, aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores.

d) El sometimiento a las actuaciones de comprobación y control financiero que corresponden a la Intervención General de la Junta de Andalucía, en relación con las subvenciones y ayudas concedidas, y a las previstas en la legislación del Tribunal de Cuentas y de la Cámara de Cuentas de Andalucía, facilitando cuanta información le sea requerida por dichos órganos.

e) Comunicar al órgano concedente o, en su caso, la entidad colaboradora, la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas, de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales o internacionales. Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos. Asimismo, se comunicará cualquier alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención.

f) Disponer de los libros contables, registros diligenciados y demás documentos debidamente auditados en los términos exigidos por la legislación mercantil y sectorial aplicable a la persona beneficiaria en cada caso, así como cuantos estados contables y registros específicos sean exigidos en el apartado 22 del Cuadro Resumen de «Proyectos de coeducación de las asociaciones de madres y padres del alumnado de centros docentes sostenidos con fondos públicos para el fomento de la igualdad entre hombres y mujeres», con la finalidad de garantizar el adecuado ejercicio de las facultades de comprobación y control.

g) Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control.

h) Hacer constar en toda información o publicidad que se efectúe de la actividad u objeto de la subvención que la misma está subvencionada por la Administración de la Junta de Andalucía, indicando la Consejería o Agencia que la ha concedido, utilizando un lenguaje no sexista. En los supuestos de subvenciones financiadas con fondos comunitarios, se deberá cumplir con las disposiciones que sobre información y publicidad se dicten por la Unión Europea. En todo caso, se deberán adoptar las medidas específicas de información y publicidad que se indican en el apartado 23.a) del Cuadro Resumen de «Proyectos de coeducación de las asociaciones de madres y padres del alumnado de centros docentes sostenidos con fondos públicos para el fomento de la igualdad entre hombres y mujeres».

i) Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos contemplados en el artículo 28 de las bases reguladoras de la convocatoria.

j) Comunicar al órgano concedente el cambio de domicilio o de la dirección de correo electrónico durante el período en el que la subvención es susceptible de control.

2. Conforme al artículo 46 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, la entidad beneficiaria, la entidad colaboradora, en su caso, y los terceros relacionados con el objeto de la subvención o su justificación estarán obligados a prestar colaboración y facilitar cuanta documentación sea requerida en el ejercicio de las funciones de control que corresponden a la Intervención General de Junta de Andalucía, así como a los órganos que, de acuerdo con la normativa comunitaria, tengan atribuidas funciones de control financiero, a cuyo fin tendrán las facultades:

a) El libre acceso a la documentación objeto de comprobación, incluidos los programas y archivos en soportes informáticos.

b) El libre acceso a los locales de negocio y demás establecimientos o lugares en que se desarrolle la actividad subvencionada o se permita verificar la realidad y regularidad de las operaciones financiadas con cargo a la subvención.

c) La obtención de copia o la retención de las facturas, documentos equivalentes o sustitutivos y de cualquier otro documento relativo a las operaciones en las que se deduzcan indicios de la incorrecta obtención, disfrute o destino de la subvención.

d) El libre acceso a información de las cuentas bancarias en las entidades financieras donde se pueda haber efectuado el cobro de las subvenciones o con cargo a las cuales se puedan haber realizado las disposiciones de los fondos.

3. La negativa al cumplimiento de estas obligaciones se considerará resistencia, excusa, obstrucción o negativa a los efectos previstos en el artículo a los 28 de las bases reguladoras, sin perjuicio de las sanciones que, en su caso, pudieran corresponder.

Noveno. 1. Las entidades beneficiarias deberán justificar la correcta aplicación de la subvención concedida ante esta Dirección General, antes del 31 de agosto de 2013, y en la forma establecida en el apartado 26 del Cuadro Resumen de «Proyectos de coeducación de las asociaciones de madres y padres del alumnado de centros docentes sostenidos con fondos públicos para el fomento de la igualdad entre hombres y mujeres».

2. Aquellos documentos que sirvan de base a la justificación presentada por las entidades subvencionadas, deberán ser debidamente estampillados por la Administración Educativa, haciendo constar que el documento ha sido presentado para la justificación de la subvención otorgada por la Consejería de Educación.

3. Con carácter adicional, las entidades beneficiarias estarán obligadas a aportar cualquiera otra documentación que se prevea de forma específica para la subvención concedida en las instrucciones que puedan dictarse, para la mejor justificación de los gastos.

Décimo. 1. Además de los casos de nulidad y anulabilidad de la resolución de concesión previstos en el artículo 36 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, procederá también el reintegro de las cantidades percibidas y la exigencia del interés de demora correspondiente desde el momento del pago de la subvención hasta la fecha en que se acuerde la procedencia del reintegro, en los siguientes casos:

a) Obtención de la subvención falseando las condiciones requeridas para ello u ocultando aquéllas que lo hubieran impedido.

b) Incumplimiento total o parcial del objetivo de la actividad, del proyecto o la no adopción del comportamiento que fundamenta la concesión de la subvención.

c) Incumplimiento de la obligación de justificación o la justificación insuficiente.

d) Incumplimiento de la obligación de adoptar las medidas de difusión.

e) Resistencia, excusa, obstrucción o negativa a las actuaciones de comprobación y control financiero previstas en el Título VIII LGHP, así como el incumplimiento de las obligaciones contables, registrales o de conservación de documentos cuando de ello se derive la imposibilidad de verificar el empleo dado a los fondos percibidos, el cumplimiento del objetivo, la realidad y regularidad de las actividades subvencionadas, o la concurrencia de subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.

f) Incumplimiento de las obligaciones impuestas por el órgano concedente a las entidades beneficiarias y a las entidades colaboradoras, así como de los compromisos por éstas asumidos, con motivo de la concesión de la subvención, siempre que afecten o se refieran al modo en que se han de conseguir los objetivos, realizar la actividad, ejecutar el proyecto o adoptar el comportamiento que fundamenta la concesión de la subvención.

g) Incumplimiento de las normas medioambientales al realizar el objeto de la subvención o ayuda. En este supuesto, la tramitación del expediente de reintegro exigirá previamente que haya recaído resolución administrativa o judicial firme, en la que quede acreditado el incumplimiento por parte de la entidad beneficiaria de las medidas en materia de protección del medio ambiente a las que viniere obligada.

h) Incumplimiento de las obligaciones impuestas por la Administración a las personas o entidades beneficiarias, y a las entidades colaboradoras, así como de los compromisos por éstas asumidos, con motivo de la concesión de la subvención, distintos de los anteriores, cuando de ello se derive la imposibilidad de verificar el empleo dado a los fondos percibidos, el cumplimiento del objetivo, la realidad y regularidad de las actividades subvencionadas, o la concurrencia de subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.

i) La adopción, en virtud de lo establecido en los artículos 107 a 109 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, de una decisión de la cual se derive una necesidad de reintegro.

j) Cualquiera de las causas específicas de reintegro contempladas en el apartado 27.a) del Cuadro Resumen de «Proyectos de coeducación de las asociaciones de madres y padres del alumnado de centros docentes sostenidos con fondos públicos para el fomento de la igualdad entre hombres y mujeres».

2. En el supuesto de que el importe de las subvenciones resulte ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada, procederá el reintegro del exceso obtenido sobre el coste de la actividad subvencionada, así como la exigencia del interés de demora correspondiente.

3. Los criterios de graduación que se aplicarán a los incumplimientos de condiciones impuestas con motivo de la concesión de las subvenciones serán los establecidos en el apartado 27.b) del Cuadro Resumen de «Proyectos de coeducación de las asociaciones de madres y padres del alumnado de centros docentes sostenidos con fondos públicos para el fomento de la igualdad entre hombres y mujeres».

4. Las cantidades a reintegrar tendrán la consideración de ingresos de derecho público. El interés de demora aplicable en materia de subvenciones será el interés legal del dinero incremento en un 25%, salvo que la Ley de Presupuestos Generales del Estado o la normativa comunitaria aplicable establezcan otro diferente.

5. La incoación, instrucción y la resolución del procedimiento de reintegro corresponde a los órganos señalados en el apartado 27.c) del Cuadro Resumen de «Proyectos de coeducación de las asociaciones de madres y padres del alumnado de centros docentes sostenidos con fondos públicos para el fomento de la igualdad entre hombres y mujeres». El procedimiento, cuyo plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de doce meses desde la fecha de acuerdo de iniciación, tendrá siempre carácter administrativo.

6. La resolución de reintegro será notificada a la persona o entidad interesada con indicación de la forma y plazo en que deba efectuarse.

Undécimo. Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a su publicación, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación, ante esta Dirección General, de conformidad con lo previsto en los artículos 107.1, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Sevilla, 4 de diciembre de 2013.- El Director General, Celso Fernández Fernández.

ANEXO I

RELACIÓN DE ASOCIACIONES DE PADARES Y MADRES DEL ALUMNADO, BENEFICIARIAS DE SUBVENCIONES PARA LA REALIZACIÓN DE PROYECTOS DE COEDUCACIÓN DURANTE EL CURSO 2013/2014

NÚM. ENTIDAD CIF PUNTUACIÓN
PRESUPUESTO
ACEPTADO
SUBVENCIÓN % AYUDA
1 AMPA LOS TRAVIESOS G18707042 85 800,00€ 800,00€ 100,00%
2 AMPA LAS CAROLINAS G29612520 75 800,00€ 800,00€ 100,00%
3 AMPA CRUZ DE MAYO G04535241 72 800,00€ 800,00€ 100,00%
4 AMPA VEGA DE ACÁ G04582003 70 800,00€ 800,00€ 100,00%
5 AMPA SAN JUAN BAUTISTA DE LA SALLE G04027017 70 800,00€ 800,00€ 100,00%
6 AMPA SAN MIGUEL G11725454 70 786,00€ 786,00€ 100,00%
7 AMPA LA SOLERA G11888807 70 800,00€ 800,00€ 100,00%
8 AMPA LOS AMIGOS G11441326 70 700,50€ 700,00€ 99,93%
9 AMPA COLUMELA G11033842 70 800,00€ 800,00€ 100,00%
10 AMPA SIERRA PRIETA G29519725 70 800,00€ 800,00€ 100,00%
11 AMPA CORTIJO G92067248 70 800,00€ 800,00€ 100,00%
12 AMPA CONCORDIA G29482486 70 800,00€ 800,00€ 100,00%
13 APA CERRO ALTO G41964842 70 800,00€ 800,00€ 100,00%
14 AMPA GUADALAJARA G41124777 70 800,00€ 800,00€ 100,00%
15 AMPA OSSET G41777913 70 800,00€ 800,00€ 100,00%
16 AMPA EL ALJIBE G41605536 70 800,00€ 800,00€ 100,00%
17 AMPA CERRO DE LOS SAGRADOS CORAZONES G41695263 70 800,00€ 800,00€ 100,00%
18 AMPA EL BARRIO G41563347 70 500,00€ 500,00€ 100,00%
19 AMPA ALFAGUARA G18250456 67 640,00€ 640,00€ 100,00%
20 AMPA LA FUENTE G18531400 65 700,00€ 700,00€ 100,00%
21 AMPA EL COLUMPIO G23413164 65 700,00€ 700,00€ 100,00%
22 AMPA ALTA SUR G23678113 65 700,00€ 700,00€ 100,00%
23 AMPA SAJOSTAN G23415201 65 700,00€ 700,00€ 100,00%
24 AMPA ANA MARÍA JANER G41412909 65 700,00€ 700,00€ 100,00%
25 AMPA ARLEQUIN G11418001 63 700,00€ 700,00€ 100,00%
26 AMPA LOS DOLMENES G91470682 62 700,00€ 700,00€ 100,00%
27 AMPA LAS CUEVAS DE BENALÚA G18583823 61 700,00€ 700,00€ 100,00%
28 AMPA SAYENA G18259978 60 700,00€ 700,00€ 100,00%
29 AMPA PRÍNCIPE G18260679 60 700,00€ 700,00€ 100,00%
30 AMPA JOSE ANDRÉS VÁZQUEZ G21330717 60 700,00€ 700,00€ 100,00%
31 AMPA BURGALIMAR G23311376 60 700,00€ 700,00€ 100,00%
32 AMPA LA ERMITA G23418429 60 700,00€ 700,00€ 100,00%
33 AMPA EL HACHO G29502978 60 700,00€ 700,00€ 100,00%
34 AMPA VIRGEN DE LA SALUD G29635562 60 700,00€ 700,00€ 100,00%
35 AMPA CERRO DE LA CRUZ G29842663 60 700,00€ 700,00€ 100,00%
36 AMPA GLORIA FUERTES G91772848 60 700,00€ 700,00€ 100,00%
37 AMPA ESTUDIANTES G04023925 56 700,00€ 700,00€ 100,00%
38 AMPA PANZACOLA V11455128 56 700,00€ 700,00€ 100,00%
39 AMPA HAZA DE LA ERA G23252075 55 600,00€ 600,00€ 100,00%
40 AMPA BENTOMIZ V92751668 55 600,00€ 600,00€ 100,00%
41 AMPA ALCANATIF G11229382 52 700,00€ 700,00€ 100,00%
42 AMPA RAYUELA G72108467 50 700,00€ 700,00€ 100,00%
43 AMPA LA SOLEÁ G11616000 50 600,00€ 600,00€ 100,00%
44 AMPA JOSÉ SÁNCHEZ REPISO G14489165 50 700,00€ 700,00€ 100,00%
45 AMPA SAN SEBASTIÁN G18253179 50 600,00€ 600,00€ 100,00%
46 AMPA PIE CASTILLO G21165527 50 700,00€ 700,00€ 100,00%
47 AMPA VIRGEN DE LA FUENSANTA G23204845 50 600,00€ 600,00€ 100,00%
48 AMPA CIUDAD DE NUBES G23315021 50 600,00€ 600,00€ 100,00%
49 AMPA CUATRO GATOS G29727583 50 600,00€ 600,00€ 100,00%
50 AMPA CALIMA G92026871 50 600,00€ 600,00€ 100,00%
51 AMPA DE SECUNDARIA AMBROSIO PARRADO G41820192 50 1.000,00€ 600,00€ 60,00%
52 AMPA LAS ONCE TORRES G41754243 50 600,00€ 600,00€ 100,00%
53 AMPA LA PEDREA G41185943 50 600,00€ 600,00€ 100,00%
54 AMPA MARIANA PINEDA G41638370 50 600,00€ 600,00€ 100,00%
55 AMPA ANTONIA CALZADO G41969080 50 600,00€ 600,00€ 100,00%
56 AMPA LA JUVENTUD G41650995 50 600,00€ 600,00€ 100,00%
57 AMPA ANTONIO DE NEBRIJA G41290909 50 600,00€ 600,00€ 100,00%
58 AMPA ANATORGI G23413362 47 600,00€ 600,00€ 100,00%
59 AMPA INDALIANA G04580726 45 600,00€ 600,00€ 100,00%
60 AMPA LA FUENSANTA G04133864 45 600,00€ 600,00€ 100,00%
61 AMPA MADRES DE OCTUBRE G11400827 45 600,00€ 600,00€ 100,00%
62 AMPA ARABULEILA G18668350 45 600,00€ 600,00€ 100,00%
63 AMPA LANJARÓN G18031542 45 600,00€ 600,00€ 100,00%
64 AMPA FEDERICO GARCÍA LORCA G41947441 45 600,00€ 600,00€ 100,00%
65 AMPA LAS CARACOLAS G91345769 45 600,00€ 600,00€ 100,00%
66 AMPA APOSTOL SANTIAGO G18331249 44 600,00€ 600,00€ 100,00%
67 AMPA ARABULEILA G18372391 43 600,00€ 600,00€ 100,00%
68 AMPA ADAMPA G04756383 40 600,00€ 600,00€ 100,00%
69 AMPA ALMANZORA G04263950 40 600,00€ 600,00€ 100,00%
70 AMPA ATRALES G04138137 40 600,00€ 600,00€ 100,00%
71 AMPA ALSALERNO G04310165 40 600,89€ 600,00€ 99,85%
72 AMPA EL PUPITRE G11420130 40 600,00€ 600,00€ 100,00%
73 AMPA IES CASTILLO DE FATETAR G11752318 40 600,00€ 600,00€ 100,00%
74 AMPA NUEVO FUTURO G11876299 40 600,00€ 600,00€ 100,00%
75 AMPA INSTITUTO VIEJO G72201841 40 873,00€ 600,00€ 68,73%
76 AMPA MAESTRÍA G72114853 40 600,00€ 600,00€ 100,00%
77 AMPA CERRO MARCELO G11474277 40 320,00€ 320,00€ 100,00%
78 AMPA DÍAZ DE BUSTAMANTE G11028131 40 600,00€ 600,00€ 100,00%
79 AMPA JUAN CORNEJO G14524623 40 600,00€ 600,00€ 100,00%
80 AMPA ALIXENA G14481063 40 600,00€ 600,00€ 100,00%
81 AMPA LUKALBENZAIDE G14586630 40 600,00€ 600,00€ 100,00%
82 AMPA LA PIETÁ G14221394 40 600,00€ 600,00€ 100,00%
83 AMPA SAN JACINTO G14220255 40 600,00€ 600,00€ 100,00%
84 AMPA LOS PRADOS G18260372 40 600,00€ 600,00€ 100,00%
85 AMPA LOS SOTILLOS G18644799 40 600,00€ 600,00€ 100,00%
86 AMPA LA JOYA G18254490 40 600,00€ 600,00€ 100,00%
87 AMPA EL TORREÓN G18589309 40 600,00€ 600,00€ 100,00%
88 AMPA ALAMEDA G18070821 40 377,84€ 314,00€ 83,10%
89 AMPA PUERTO DEL BOQUETE G18263921 40 600,00€ 600,00€ 100,00%
90 AMPA LA RIBERA DE ALMONTE G21288717 40 600,00€ 600,00€ 100,00%
91 AMPA EL NOGAL G21022256 40 600,00€ 600,00€ 100,00%
92 AMPA JUVENTUD DEL CONDADO G21203286 40 600,00€ 600,00€ 100,00%
93 AMPA PLATERO Y YO G21480025 40 600,00€ 600,00€ 100,00%
94 AMPA CACHONERA G21443627 40 600,00€ 600,00€ 100,00%
95 AMPA ENEBRALES G21245113 40 600,00€ 600,00€ 100,00%
96 AMPA VIRGEN DE ZOCUECA G23275902 40 600,00€ 600,00€ 100,00%
97 AMPA AL-SIKKA G23405764 40 500,00€ 500,00€ 100,00%
98 AMPA EL NAVAS G23228075 40 600,00€ 600,00€ 100,00%
99 AMPA DOÑA MARÍA DE BENALMADENA G92813872 40 600,00€ 600,00€ 100,00%
100 AMPA CARPIO G29565686 40 600,00€ 600,00€ 100,00%
101 AMPA HUERTA DE LA QUEMADA G41370156 40 600,00€ 600,00€ 100,00%
102 AMPA BOROMUJ G41470725 40 600,00€ 600,00€ 100,00%
103 AMPA LA REGLA DE TRES G41185182 40 630,48€ 600,00€ 95,17%
104 AMPA PRINCESA DOLORES G91861393 40 600,00€ 600,00€ 100,00%
105 AMPA PUERTA DEL MONTE G41077215 40 360,00€ 360,00€ 100,00%
106 AMPA ANTONIO MACHADO G41369471 40 600,00€ 600,00€ 100,00%
107 AMPA LIBERTAD G41832510 40 600,00€ 600,00€ 100,00%
108 AMPA AMIGOS DE LA CULTURA G41538984 40 600,00€ 600,00€ 100,00%
109 AMPA EL CABECICO G04338679 40 580,00€ 580,00€ 100,00%

ANEXO II

RELACIÓN DE ASOCIACIONES DE PADARES Y MADRES DEL ALUMNADO CON SOLICITUDES DE SUBVENCIÓN DENEGADAS PARA LA REALIZACIÓN DE PROYECTOS DE COEDUCACIÓN DURANTE EL CURSO 2013/2014

NÚM. ENTIDAD CIF PUNTUACIÓN
110 AIRES DE CÁDIZ G72084999 39
111 AMPA ALAMEDA G18022509 39
112 AMPA SARMIENTO G21251723 39
113 AMPA DE ALUMNOS GARCILENSE G23497373 39
114 AMPA BENALMADEN G29591534 39
115 AMPA BECUSABIA G29883568 39
116 AMPA EL HUERTO G91840454 39
117 AMPA ADRIANO DEL VALLE G41819335 39
118 AMPA VARELA G11303534 38
119 AMPA ADELANTE G11666856 38
120 AMPA DELICIAS G11629375 38
121 AMPA IMPRY G72112196 38
122 AMPA EL RINCON G11470416 38
123 AMPA ROSALIA DE CASTRO DEL CEIP RUIZ DEL PERAL G18401232 38
124 AMPA FUENTE AMARGA G18265884 38
125 AMPA SANTA SOLEDAD G18430504 38
126 AMPA SANTA MARÍA DE LA RÁBIDA G21197132 38
127 AMPA LOS DESCALZOS G23468143 38
128 AMPA SECUNDARIA LA ILUSIÓN G23408602 38
129 AMPA EL PARVULITO G23283310 38
130 AMPA PUERTA ABIERTA G23410012 38
131 AMPASAN JOSÉ DE CALASANZ G29718285 38
132 AMPA BALUMA G93077212 38
133 AMPA ALMADIA G29727773 38
134 AMPA JORGE GILLÉN G29149176 38
135 AMPA LOS ALTOS DEL PALO G92631050 38
136 AMPA POLIGONAL G29465796 38
137 AMPA DE TORRENUEVA G92879345 38
138 AMPA JUAN BREVA G29449501 38
139 AMPA DULCINEA G41883182 38
140 AMPA PLATERO G91606483 38
141 AMPA BARRIO NUEVO G41227364 38
142 AMPA VIRGEN DE BELÉN G91341354 38
143 AMPA DEL IES GENERALIFE G18276311 37
144 AMPA EL LINCE DE DOÑANA G21166277 37
145 AMPA IES LOS MONTES G92527993 37
146 AMPA LA TAHONA G93099661 37
147 AMPA SAN BARTOLOMÉ G92048792 37
148 AMPA PUEBLOS DE DOÑANA G91532796 37
149 AMPA ENTRESIERRAS G04671822 36
150 AMPA LA CUCARELA G11567716 36
151 AMPA EL SALVADOR G14284574 36
152 AMPA CLAVE DE SOL G21238845 36
153 AMPA FUENTE NUEVA G21323944 36
154 AMPA NUEVO FUTURO G21327077 36
155 AMPA CASTILLO DE LAS ÁGUILAS G23407182 36
156 AMPA SAN SILVESTRE G23065840 36
157 AMPA VIRGEN DEL COLLADO G23331010 36
158 AMPA CAMINOS DE ILUSIÓN G93098986 36
159 AMPA COVADONGA G29706355 36
160 AMPA ANTIGUA ESTACIÓN G91038547 36
161 AMPA BEATO JUAN GRANDE G41445164 36
162 AMPA MODESTO BARRERA G91011841 36
163 AMPA EL MANANTIAL G91598003 36
164 AMPA LA ENCINA G41542077 36
165 AMPA NAUTILUS G41259110 36
166 AMPA EL OLIVO G04292314 35
167 AMPA LA HUERTA G14177763 35
168 AMPA LA ALGAIDA G11230133 35
169 AMPA TERMENS G14253629 35
170 AMPA LA ENCINA G18534818 35
171 AMPA SANTA CATALINA G21148184 35
172 AMPA LOS PERALES G21201579 35
173 AMPA ALMAZARA G23017676 35
174 AMPA AHORI G23222318 35
175 AMPA SANTA ANA G92955178 35
176 AMPA MUDÉJAR G92696319 35
177 AMPA LA ROSA DE CERROVIENTO G29581535 35
178 AMPA SANTA MARÍA DEL REPOSO G29262813 35
179 AMPA GENIL G29703469 35
180 AMPA LOS JAZMINES G29467198 35
181 AMPA VIRGEN DE LA ESCARIHUELA G92071091 35
182 AMPA CERRO DEL ÁGUILA G92888676 35
183 AMPA SERGELIO G91843367 35
184 AMPA SINGILIS G41422478 35
185 AMPA EL EGIDO G41491929 35
186 AMPA VILLA ROSA G41489659 35
187 AMPA LOPE DE VEGA G41167289 35
188 AMPA EL MOLINO G91870394 35
189 AMPA JULIÁN CANELA G41883257 35
190 AMPA SECUNDARIA PARA AVANZAR G91238063 35
191 AMPA ALAMEDA G41281445 35
192 AMPA DEDU G41126525 35
193 AMPA SANTA ANA G21137880 34
194 AMPA LAS PALMERITAS G41899477 34
195 AMPA EL PILARICO G04714556 33
196 AMPA DEL CDP LA SALLE BUEN PASTOR G11658309 33
197 AMPA CASIANO HIDALGO G21317326 32
198 AMPA CAMPANARIO G41630807 32
199 AMPA BAHÍA G11054145 31
200 AMPA LA INMACULADA G18263905 31
201 AMPA ISIDORO PÉREZ G18225748 31
202 AMPA VIRGEN DEL CAMPO G236318471 31
203 AMPA LOS PACOS G93161826 31
204 AMPA LA CHIMEMEA G29606795 31
205 AMPA EL SAINAL G41510629 31
206 AMPA ISYSAMA G04751962 30
207 AMPA NIELES G04316881 30
208 AMPA CERRO ALMIREZ G04194437 30
209 AMPA CARCÁUZ G04326302 30
210 AMPA EL RECREO DE BAESSIPO G72105943 30
211 AMPA ARCOIRIS G11882735 30
212 AMPA CEIP ANTONIO BRIANTE CARO G11312410 30
213 AMPA PELUSA CULTURAL G14678031 30
214 AMPA USÍAS G14239073 30
215 AMPA JUAN VICTORIANO BARQUERO G14298624 30
216 AMPA TENERIAS G18288043 30
217 AMPA LA MINA G18334227 30
218 AMPA LAS TRES CRUCES G18739029 30
219 AMPA LA ESPIGA G21299458 30
220 AMPA VIRGEN DEL ALBANCHEZ G23367733 30
221 AMAPA AZAHARES G29559366 30
222 AMPA CASTILLO G41985409 30
223 AMPA JARA REAL G41871914 30
224 AMPA EL TOMILLAR G41486341 30
225 AMPA LA ESPERANZA G41874462 30
226 AMPA LA CORNISA G41123944 30
227 AMPA ALFARERO CASTILLO G23015746 29
228 AMPA LA FUENTE G92435387 29
229 AMPA LA PEDRERA G11386356 28
230 AMPA BORJALIMAR G14089452 28
231 AMPA LA ENCINA DEL TINAR G18264457 27
232 AMPA AMIGOS DE UNA ESCUELA MEJOR G18437178 27
233 AMPA MARIANA PINEDA G91485342 27
234 AMPA EL VELERO G04142923 26
235 AMPA LOS TARTESSOS G11258639 26
236 AMPA DEL CEIP SAN ANDRÉS DE MONTEJÍCAR G18258681 26
237 AMPA ACORDES G04335394 25
238 AMPA CUATRO BARRIOS G04341822 25
239 AMPA AL SUR G11670163 25
240 AMPA CLAUSTRO DE LA MERDED G11667607 25
241 AMPA EL TREN CHUCU CHU G72191208 25
242 AMPA ACEQUIA GORDA G18288977 25
243 AMPA EL PRADO G21388996 25
244 AMPA AUGUSTA G91562520 25
245 AMPA EL CASTILLO G21470109 24
246 AMPA PIOLÍN G18590638 22
247 AMPA NAZARÍES G18285056 21
248 AMPA LA ERA G92220912 21
249 AMPA LA RABITA G92060516 21
250 AMPA LA PIÑERA G11778115 20
251 AMPA LA SALUD G11428042 20
252 AMPA MORENA SIERRA 20
253 AMPA DEL IES FRANCISCO RODRÍGUEZ MARÍN D41124546 20
254 AMPA PALO SECO G18835876 19
255 AMPA LOS TARTESSOS G41211913 19
256 AMPA CARTIMA G29639267 18
257 AMPA VIRGEN DEL ROSARIO G91086389 18
258 AMPA LA ALMARIYA G04055596 16
259 AMPA DUQUE DE RIVAS G14286835 16
260 AMPA FONCANAL G18267245 16
261 AMPA SANTO CRISTO DE LAS PENAS G18771881 16
262 AMPA SURESTE G41124736 16
263 AMPA SAN JUDAS TADEO G18455220 15
264 AMPA PORTILLO DE GALURIA G23678550 15
265 AMPA TORREMOCHA G91757120 15
266 AMPA LA FORTALEZA G91243816 15
267 AMPA ALIFA G18382028 14
268 AMPA SIERRA DE LOS ALMADENES G41967936 14
269 AMPA OSCENSE G18374256 13
270 AMPA CEIP VIRGEN DE LA CABEZA G23247430 13
271 AMPA LA RADA G29810397 13
272 AMPA TENA ARTIGAS G18307744 12
273 AMPA MARÍA AUXILIADORA G21193404 12
274 AMPA ANDALUSÍ G04058491 10
275 AMPA LEVANTE G04337184 10
276 AMPA CAPUCHINOS G11571932 10
277 AMPA ANTONIO MACHADO G11826817 10
278 AMPA JARDÍN DE LA COSTA G18335885 10
279 AMPA FEIJÓO G29527017 10
280 AMPA MIRAZUCENAS G29657020 10
281 AMPA LAS PALMERAS G18264978 9
282 AMPA MAESTRO ARTURO MORENO G92148386 9
283 AMPA NUEVA SEVILLA G41563438 9
284 AMPA LA UMBRÍA G92190719 8
285 AMPA EDUCALIA G14301675 7
286 AMPA ENTREPARQUES 1
287 AMPA EL BÚCARO G14378434 1
288 AMPA TOMILLO Y ROMERO G21453881 1
289 AMPA BARTOLOMÉ HERRERA G23713456 1
290 AMPA AVERROES G29674892 1
291 AMPA LA UNIÓN G93232288 1
292 AMPA EL BOSQUE G41565185 1
293 AMPA SANTA MARTA G91032557 1

ANEXO III

RELACIÓN DE ASOCIACIONES DE PADRES Y MADRES DEL ALUMNADO CON SOLICITUDES DE SUBVENCIÓN EXCLUIDAS PARA LA REALIZACIÓN DE PROYECTOS DE COEDUCACIÓN DURRANTE EL CURSO 2013/2014

NÚM ENTIDAD CIF MOTIVO
294 AMPA MIGUEL DELIBES G14324735 NO CUMPLE LOS REQUISITOS DE LA CONVOCATORIA
295 AMPA BAHIA G04435178 FUERA DE PLAZO
296 AMPA LA JOYA G04254660 NO CUMPLE LOS REQUISITOS DE LA CONVOCATORIA
297 AMPA LUDASTO G04496980 NO CUMPLE LOS REQUISITOS DE LA CONVOCATORIA
298 AMPA LOS PISOS G72085038 NO CUMPLE LOS REQUISITOS DE LA CONVOCATORIA
299 AMPA SEDOFEITO G11444858 NO CUMPLE LOS REQUISITOS DE LA CONVOCATORIA
300 AMPA PAPEL DE SEDA G11231693 FUERA DE PLAZO
301 AMPA NUEVO MILENIUM G11732617 NO CUMPLE LOS REQUISITOS DE LA CONVOCATORIA
302 AMPA IES FERNANDO QUIÑONES G11736436 FUERA DE PLAZO
303 AMPA LOS ALCORNOCALES G11323136 FUERA DE PLAZO
304 AMPA ESCUELA INFANTIL SANTA MARÍA G11881588 NO CUMPLE LOS REQUISITOS DE LA CONVOCATORIA
305 AMPA LOS CORRALES G11369949 FUERA DE PLAZO
306 AMPA LA LAGUNA G11313699 NO CUMPLE LOS REQUISITOS DE LA CONVOCATORIA
307 AMPA LA ACEÑA NO CUMPLE LOS REQUISITOS DE LA CONVOCATORIA
308 AMPA NUEVAS ILUSIONES G14954747 NO CUMPLE LOS REQUISITOS DE LA CONVOCATORIA
309 AMPA VIRCRUZ G14397426 NO CUMPLE LOS REQUISITOS DE LA CONVOCATORIA
310 AMPA VILLACARLOS G14960934 NO CUMPLE LOS REQUISITOS DE LA CONVOCATORIA
311 AMPA EL MEMBRILLAR G14538052 NO CUMPLE LOS REQUISITOS DE LA CONVOCATORIA
312 AMPA BEN - ALUA G18429811 NO CUMPLE LOS REQUISITOS DE LA CONVOCATORIA
313 AMPA EL PILAR G18475855 FUERA DE PLAZO
314 AMPA FUENTE DE CATACENA G18272443 NO CUMPLE LOS REQUISITOS DE LA CONVOCATORIA
315 AMPA MARMOLANCE G18296897 NO CUMPLE LOS REQUISITOS DE LA CONVOCATORIA
316 AMPA LOS SAUCES G18844779 NO CUMPLE LOS REQUISITOS DE LA CONVOCATORIA
317 AMPA ROSAZUL G18514232 FUERA DE PLAZO
318 AMPA VILLANUEVA G18478537 FUERA DE PLAZO
319 AMPA LAS ADELFAS G21289418 FUERA DE PLAZO
320 AMPA LOS MORALES G21249081 FUERA DE PLAZO
321 AMPA LAS ESTACIONES G92334390 FUERA DE PLAZO
322 AMPA NUEVO TEATINOS G93046563 NO CUMPLE LOS REQUISITOS DE LA CONVOCATORIA
323 AMPA ZENOBIA CAMPRUBÍ V29641065 NO CUMPLE LOS REQUISITOS DE LA CONVOCATORIA
324 AMPA NTRA. SRA. DE LA NIEVES G29584430 NO CUMPLE LOS REQUISITOS DE LA CONVOCATORIA
325 AMPA ALCALDE JOAQUÍN GARCÍA G91659144 FUERA DE PLAZO
326 AMPA CLARA CAMPOAMOR G91490110 NO CUMPLE LOS REQUISITOS DE LA CONVOCATORIA
327 AMPA CRUCE DE CAMINOS G41846643 FUERA DE PLAZO
328 AMPA 1 DE MAYO G90068156 NO CUMPLE LOS REQUISITOS DE LA CONVOCATORIA
329 AMPA CARMEN BENÍTEZ G41239070 FUERA DE PLAZO
330 AMPA PILA DEL PATO G41596743 NO CUMPLE LOS REQUISITOS DE LA CONVOCATORIA
331 AMPA LA HIGUERA G91278408 NO CUMPLE LOS REQUISITOS DE LA CONVOCATORIA
332 AMPA AL - ANDALUS 2000 G41430281 NO CUMPLE LOS REQUISITOS DE LA CONVOCATORIA
333 AMPA PLATERITO G41121104 NO CUMPLE LOS REQUISITOS DE LA CONVOCATORIA
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