Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 1 de 02/01/2014

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 17 de junio de 2013, del Juzgado de Primera Instancia núm. Cinco de Almería (antiguo Mixto núm. Ocho), dimanante de procedimiento ordinario núm. 1611/2005. (PP. 1810/2013).

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NIG: 0401342C20050010821.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 1611/2005. Negociado: T1.

Sobre: Resolución de contrato.

De: Ves Financial Services Spain EFC, S.A.

Procuradora Sra.: María Dolores López Campra.

Contra: Doña Julia Chaykovskaya y don José López García.

EDICTO

En el presente procedimiento Procedimiento Ordinario 1611/2005 seguido a instancia de VFS Financial Services Spain EFC, S.A., frente a doña Julia Chaykovskaya y don José López García, se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

SENTENCIA 16/08

En la ciudad de Almería, a veintiocho de enero del año dos mil ocho.

Visto por doña María de la Fe Tabasco Cabezas, Ilma. Sra. Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia número Cinco de los de esta ciudad y su partido, los presentes autos de juicio ordinario, seguidos en este Juzgado bajo el número 1611/05 a instancia de VFS Financial Services Spain E.F.C., S.A., representado por el Procurador de los Tribunales Sra. López Campra contra don José López García y doña Julia Chaykovskaya, en situación legal de rebeldía y atendiendo a los siguientes:

FALLO

Que estimando como estimo íntegramente de la demanda formulada por el Procurador de los Tribunales Sra. López Campra, en nombre y representación de VFS Financial Services Spain E.F.C., S.A., contra don José López García y doña Julia Chaykovskaya, debo declarar y declaro la resolución del contrato de arrendamiento financiero mobiliario núm. 53002/252/2004, celebrado entre las partes, y en consecuencia debo de condenar y condeno a los demandados al pago de forma solidaria a la actora de la suma de cinco mil ciento tres euros con trece céntimos (5.103,13 euros) de principal, con el interés pactado en el contrato conforme al fundamento de derecho tercero de esta resolución, así como a la inmediata restitución del vehículo arrendado Renault Camión Mágnum 480,18 T con bastidor núm. VF611GTA000131992 con la documentación oficial del mismo y subsidiariamente la inscripción del vehículo a nombre de la demandante en la Jefatura Central de Trafico, con expresa condena en las costas procesales a la parte demandada.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Almería (artículo 455 LEC). El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 LEC).

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y encontrándose dichos demandados, doña Julia Chaykovskaya y don José López García, en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación de sentencia en forma a los mismos.

En Almería, a diecisiete de junio de dos mil trece..- El/La Secretario/a Judicial.

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