Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 1 de 02/01/2014

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 9 de abril de 2013, del Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de Fuengirola (antiguo Mixto Núm. Dos), dimanante de procedimiento núm. 481/2010. (PP. 1142/2013).

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NIG: 2905442C20100001647.

Procedimiento: Proced. Ordinario (Arrendamientos -249.1.6) 481/2010. Negociado: D.

De: Don Francisco Moreno Paulano.

Procurador: Sr. Diego Ledesma Hidalgo.

Contra: Don Csaba Szasz.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Proced. Ordinario (Arrendamientos -249.1.6) 481/2010 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de Fuengirola a instancia de don Francisco Moreno Paulano contra don Csaba Szasz sobre, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA Núm. 380/2012

En la ciudad de Fuengirola (Málaga), a 11 de diciembre de 2012, la Ilma. Sra. Magistrado-Juez Titular del Juzgado de Primera Instancia número Uno de Fuengirola (antiguo Mixto núm. Dos), doña Esperanza Brox Martorell, ha visto los presentes autos de Procedimiento Ordinario, seguidos bajo el número 481/10, en virtud de demanda de don Francisco Moreno Paulano, representado por el Procurador don Diego Ledesma Hidalgo, bajo la dirección letrada de don Ricardo Fernández-Palacios Martínez, contra don Csaba Szasz, declarado en rebeldía, sobre arrendamientos urbanos, y,

FALLO

Que estimando como estimo la demanda formulada por don Francisco Moreno Paulano frente a don Csaba Szasz, debo condenar y condeno a dicho demandado a que abone a la actora la cantidad de 2.350 euros con más los intereses legales procedentes, y al pago de las costas procesales.

Líbrese y únase certificación literal de esta resolución a las actuaciones, con inclusión de la original en el Libro de Sentencias.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación, que se interpondrá por escrito ante este Juzgado en término de veinte días.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en la primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado, don Csaba Szasz, extiendo y firmo la presente en Fuengirola, a nueve de abril de dos mil trece.- El/La Secretario.

«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal).»

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