Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 10 de 16/01/2014

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo

Resolución de 13 de enero de 2014, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se convoca concurso público para la adjudicación de las actividades extractivas de explotación de los recursos existentes en la reserva minera de Aznalcóllar en la provincia de Sevilla.

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ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. La actividad minera es una fuente de innovación, de empleo y de riqueza. La alta capacidad de arrastre de la industria extractiva, capaz de movilizar a su alrededor recursos, empleos e inversiones en I+D+i, es prioritaria para el desarrollo de nuestra economía.

El antiguo complejo minero de Aznalcóllar, con casi 950 hectáreas de superficie, posee unas reservas constatadas de sulfuros polimetálicos (cobre, plomo y zinc, además de oro y plata) de 35 millones de toneladas y otros 45 millones de toneladas de recursos probables. La mayor parte de la infraestructura necesaria para la explotación de la mina, la corta minera, ya está construida, por lo que podrían reanudarse las actividades extractivas sin grandes transformaciones en el suelo.

En el momento actual, marcado por la crítica situación económica, el Gobierno andaluz tiene la responsabilidad de aprovechar las reservas de las minas de Aznalcóllar, dado que la minería metálica, operada con escrupuloso respeto de las normas y planes ambientales, es una fuente de empleo y de riqueza.

Segundo. La Junta de Andalucía, como Administración competente para la gestión del dominio público minero, tiene un interés manifiesto en impulsar las actividades extractivas de explotación del complejo minero de Aznalcóllar, pero siempre y cuando se realicen de manera racional, eficiente, sostenible y segura dada su repercusión en el agua, el suelo, la atmósfera, la fauna, la flora, el paisaje y los ecosistemas en general.

Las excepcionales circunstancias concurrentes en Aznalcóllar hacen que la reanudación de las actividades extractivas, que tanto empleo y riqueza pueden generar, deba ir precedida de la adopción de todo tipo de medidas preventivas que minimicen y controlen los riesgos que la minería supone en este entorno, tan próximo al Parque Nacional de Doñana. La primera medida preventiva es velar porque sea una empresa minera con la solvencia suficiente para poder cumplir con las más altas exigencias medioambientales la que explote la mina de Aznalcóllar, para lo cual es necesario establecer un procedimiento de concurrencia competitiva en el que, con respeto de los principios de igualdad, transparencia y no discriminación entre las empresas interesadas, sea posible seleccionar a la que mejor garantice una actividad extractiva segura, comprometida con el medio ambiente y con el desarrollo económico y social de la comarca.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. El artículo cuarto del Decreto Ley de 18 de diciembre de 2013 por el que se articulan los procedimientos necesarios para la Reapertura de la Mina de Aznalcóllar establece que, en la zona de reserva especificada en el artículo primero, las actividades extractivas de explotación se adjudicarán mediante concurso público entre empresas españolas y extranjeras.

Segundo. La Dirección General de Industria, Energía y Minas es la autoridad competente en materia de minas en virtud del artículo 14.2l del Decreto 149/2012, de 5 de junio, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo

Tercero. Esta Dirección General de Industria, Energía y Minas, para la resolución de este concurso público, visto el informe IEPI/000310/13 del Gabinete Jurídico.

RESUELVE

Primero. El concurso público tiene por objeto adjudicar la preferencia en las actividades extractivas de explotación en las cuadrículas mineras comprendidas en la reserva de Aznalcóllar.

El adjudicatario tendrá derecho a realizar labores de investigación y, simultáneamente, se concederá el derecho de explotación de los recursos reservados puestos de manifiesto, previo cumplimiento de los trámites correspondientes.

El concurso público se regirá por los principios de igualdad, transparencia, concurrencia, objetividad y sostenibilidad medioambiental, y se implementará mediante la fórmula de dos fases sucesivas, una primera que valorará la solvencia y capacidad de las empresas y el contenido de los anteproyectos, y una segunda, a la que accederán las empresas seleccionadas en la primera fase, que valorará los proyectos.

El plazo de presentación de las solicitudes será de tres meses, contados a partir del día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Si esta fecha coincidiese con sábado o festivo, se trasladará al siguiente día hábil.

Segundo. Ordenar la publicación de esta convocatoria mediante el correspondiente anuncio en el DOUE y en el BOJA, así como la publicación en el Portal Andaluz de la Minería (http://www.juntadeandalucia.es/economiainnovacioncienciayempleo/pam/) del Anexo I.

Tercero. Aprobar las bases que han de regir el concurso público, contenidas en el Anexo I, para la adjudicación de los derechos preferentes para la investigación y posterior explotación de los recursos existentes en los terrenos objeto del concurso.

Los gastos de publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía correrán a cuenta de los adjudicatarios del concurso.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Sevilla, 13 de enero de 2014.- La Directora General, María José Asensio Coto.

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