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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 106.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, y en el artículo 7 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, por el Pleno de la Corporación Municipal del Excmo. Ayuntamiento de Cañada Rosal, en sesión celebrada el día 31 de enero de 2007, se procedió a delegar en el Organismo Provincial de Asistencia Económica y Fiscal (OPAEF), perteneciente a la Diputación Provincial de Sevilla, la inspección, gestión tributaria, gestión recaudatoria y gestión censal de diversos tributos y recursos municipales, de conformidad con lo siguiente:
CONCEPTO | GESTIÓN TRIBUTARIA | GESTIÓN RECAUDATORIA | INSPECCIÓN | GESTIÓN CENSAL |
I.B.I. | X | X | X | |
I.A.E. | X | X | X | X |
I.V.T.M. | X | |||
I. INCREMENTO DEL VALOR DE LOS TERRENOS DE NATURALEZA URBANA | X | X | X | |
I.C.I.O. | ||||
OTROS RECURSOS MUNICIPALES (TASA DE ENTRADA DE VEHÍCULOS Y RECOGIDA DE BASURAS) | X | |||
CUALQUIER RECURSO MUNICIPAL EN EJECUTIVA | X |
ASUNCIÓN POR EL AYUNTAMIENTO DE CAÑADA ROSAL DE LA DISTRIBUCIÓN DE NOTIFICACIONES PROPIAS | SÍ | NO |
X |
La firma del Convenio de delegación se produjo el 12 de abril de 2007.
Lo que se hace público de conformidad con el artículo 106.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, y en el artículo 7 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, para general conocimiento.
Cañada Rosal, 13 de diciembre de 2013.- El Alcalde, José Losada Fernández.
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