Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 100 de 27/05/2014

3. Otras disposiciones

Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales

Orden de 19 de mayo de 2014, por la que se dispone la aplicación del apartado 7 del artículo 41 de la Ley 22/2007, de 18 de diciembre, de Farmacia de Andalucía, al concurso público para la adjudicación de oficinas de farmacia convocado mediante Orden de la Consejería de Salud de 8 de abril de 2010.

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Mediante Orden de la Consejería de Salud de 8 de abril de 2010, se convoca concurso público para la adjudicación de oficinas de farmacia en desarrollo de lo previsto en la disposición final segunda de la Ley 22/2007, de 18 de diciembre, de Farmacia de Andalucía.

Con fecha 11 de septiembre de 2012, se dicta Resolución de la Dirección General de Planificación y Ordenación Farmacéutica, por la que se determinan las oficinas de farmacia que se incorporan a la convocatoria del concurso público para la adjudicación de oficinas de farmacia, convocado por Orden de la Consejería de Salud de 8 de abril de 2010, que se ofertan a los participantes en la fase tercera del procedimiento.

Por Orden de la Consejería de Salud y Bienestar Social de 21 de junio de 2013, se resuelve el procedimiento de concurso público para la adjudicación de oficinas de farmacia convocado mediante Orden de la Consejería de Salud de 8 de abril de 2010.

Con fecha 10 de abril de 2014 se publica en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el Decreto-ley 3/2014, de 8 de abril, por el que se modifica la Ley 22/2007, de 18 de diciembre, de Farmacia de Andalucía.

En virtud de lo previsto en el apartado Siete del artículo único del citado Decreto-ley 3/2014, de 8 de abril, se añade un nuevo apartado 7 al artículo 41 de la Ley 22/2007, de 18 de diciembre, de Farmacia de Andalucía, con la siguiente redacción:

Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 1, a fin de asegurar que no queda desatendida la población a la que venía prestando asistencia una oficina de farmacia, procederá emitir resolución complementaria del procedimiento de adjudicación, cuando concurran las tres circunstancias siguientes:

a) Que se produzca la caducidad del derecho a las autorizaciones de instalación y funcionamiento de una oficina de farmacia adjudicada en fase tercera.

b) Que esta oficina de farmacia se hubiese convocado por resultar vacante al ser su titular adjudicatario de otra oficina de farmacia en las dos fases anteriores.

c) Que se produzca la conformidad a la misma, tras ofertarla a los solicitantes admitidos a esta tercera fase que no hayan resultado adjudicatarios de oficina de farmacia, según el orden de puntuación obtenida.

Según se establece en la disposición transitoria primera del Decreto-ley 3/2014, de 8 de abril, lo dispuesto en el apartado siete del artículo único de dicho Decreto-ley, será de aplicación con carácter retroactivo al procedimiento de concurso público para la adjudicación de oficinas de farmacia, convocado mediante Orden de 8 de abril de 2010, así como a las autorizaciones de instalación y funcionamiento de las oficinas de farmacia derivadas de la misma.

Dicho Decreto-ley 3/2014, de 8 de abril, ha sido convalidado por el Parlamento de Andalucía en el transcurso de la sesión celebrada los días 29 y 30 de abril de 2014, según se indica en la Resolución de 5 de mayo de 2014, de la Presidencia del Parlamento de Andalucía, por la que se ordena la publicación del acuerdo de convalidación del Decreto-ley 3/2014, de 8 de abril, por el que se modifica la Ley 22/2007, de 18 de diciembre, de Farmacia de Andalucía, resolución que ha sido publicada con fecha 13 de mayo de 2014 en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Habida cuenta que se ha producido la caducidad del derecho a las autorizaciones de instalación y funcionamiento de seis oficinas de farmacia adjudicadas en la fase tercera del concurso público para la adjudicación de oficinas de farmacia, convocado por la Orden de la Consejería de Salud de 8 de abril de 2010, y que esas seis oficinas de farmacia habían sido incorporadas a la convocatoria del concurso público por Resolución de 11 de septiembre de 2012, de la Dirección General de Planificación y Ordenación Farmacéutica, ya que resultaron vacantes al ser sus titulares adjudicatarios de otras oficinas de farmacia en fases anteriores del mismo concurso, conforme a lo previsto en el artículo 41.7 de la Ley 22/2007, de 18 de diciembre, se ha de dictar una resolución complementaria del procedimiento de adjudicación de oficinas de farmacia para asegurar que no queda desatendida la población a la que venían prestando asistencia esas seis oficinas de farmacia.

Para ello, resulta preciso efectuar con esta Orden una convocatoria ofertando las seis oficinas de farmacia citadas a determinados solicitantes de la fase tercera del mencionado concurso público para la adjudicación de oficinas de farmacia, para que ratifiquen la conformidad a las mismas, de acuerdo con lo previsto en la Orden de la Consejería de Salud de 8 de abril de 2010, en el artículo 41.7 de la Ley 22/2007, de 18 de diciembre y en la disposición transitoria primera del Decreto-ley 3/2014, de 8 de abril.

Por todo lo anterior, de conformidad con lo dispuesto en la disposición final segunda y en el artículo 41.7 de la Ley 22/2007, de 18 de diciembre, de Farmacia de Andalucía, en la disposición transitoria primera del Decreto- ley 3/2014, de 8 de abril, y en virtud de las competencias asumidas por el Decreto de la Presidenta 4/2013, de 9 de septiembre, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías y por el Decreto 140/2013, de 1 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales y del Servicio Andaluz de Salud.

DISPONGO

Primero. Determinar que las oficinas de farmacia que serán ofertadas para que se ratifique conformidad a las mismas, de acuerdo con lo previsto en el artículo 41.7 de la Ley 22/2007, de 18 de diciembre, de Farmacia de Andalucía, con objeto de adoptar posteriormente una resolución complementaria del procedimiento de concurso público para la adjudicación de oficinas de farmacia convocado por la Orden de la Consejería de Salud de 8 de abril de 2010, sean las siguientes:

PROVINCIA DE ALMERÍA
UTF Municipio Farmacias Ubicación Código
Alto Andarax Alicún 1 Término municipal 140
PROVINCIA DE GRANADA
UTF Municipio Farmacias Ubicación Código
Cádiar Turón 1 Término municipal 428
Churriana de la Vega Agrón 1 Término municipal 430
Orgiva Cáñar 1 Término municipal 435
Pórtugos 1 Término municipal 437
PROVINCIA DE HUELVA
UTF Municipio Farmacias Ubicación Código
Cortegana La Nava 1 Término municipal 526

Segundo. Convocar, por orden de puntuación definitiva, a los participantes admitidos en la fase tercera del procedimiento de concurso público para la adjudicación de oficinas de farmacia convocado por la Orden de la Consejería de Salud de 8 de abril de 2010, que no hayan resultado adjudicatarios de oficina de farmacia y que hayan solicitado alguna de las seis oficinas de farmacia especificadas en el apartado primero de esta Orden, en el plazo que fue establecido para solicitar las mismas de acuerdo con lo previsto en el apartado segundo de la Resolución de 11 de septiembre de 2012 de la Dirección General de Planificación y Ordenación Farmacéutica, para que ratifiquen su conformidad con la adjudicación de la oficina de farmacia que les pudiera corresponder.

Tercero. Las citaciones para las personas convocadas conforme al apartado anterior de esta Orden, con indicación de lugar, fecha y hora se publicarán con antelación suficiente, en la página web: http://www.juntadeandalucia.es/salud y en los tablones de anuncio de las Delegaciones Territoriales de esta Consejería.

Cuarto. De acuerdo con lo dispuesto en la Orden de la Consejería de Salud de 8 de abril de 2010, los actos de ratificación de conformidad con la adjudicación de las seis oficinas de farmacia citadas se efectuarán de acuerdo con lo siguiente:

a) Se ofertará la oficina de farmacia que le haya correspondido a cada participante citado, de acuerdo con su puntuación final y el orden de preferencia que hubiera manifestado dentro del plazo determinado en el apartado segundo de la Resolución de 11 de septiembre de 2012, de la Dirección General de Planificación y Ordenación Farmacéutica, de entre las que figuran en el apartado primero de esta Orden, para que ratifique su conformidad con la adjudicación de la misma, cumplimentando para ello en el momento que se produzca la ratificación, el modelo de Anexo VI que figura en la Orden de la Consejería de Salud de 8 de abril de 2010.

b) La presencia de la persona solicitante en el acto de ratificación de conformidad con la adjudicación podrá realizarse por si misma o mediante representación debidamente acreditada.

c) En caso de que las personas que puedan resultar adjudicatarias no concurran al acto de convocatoria o no ratifiquen su conformidad con la oficina de farmacia adjudicada, se entenderá que renuncian a la misma y se ofertará a la siguiente persona que la haya solicitado según el orden de puntuación.

Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, de acuerdo con lo previsto en los artículos 10.1.a), 14.1 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, ante este mismo órgano, de conformidad con el artículo 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, en relación con los artículos 107.1, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 19 de mayo de 2014

maría josé sánchez rubio
Consejera de Igualdad, Salud y Políticas Sociales
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