Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 100 de 27/05/2014

3. Otras disposiciones

Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales

Resolución de 15 de mayo de 2014, de la Delegación Territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales en Almería, por la que se hace público el Acuerdo de 14 de mayo de 2014, de la Sección de Administración General, de delegación de competencias para la autenticación de copias de documentos.

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El Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen las medidas organizativas para los servicios administrativos de atención directa a los ciudadanos, dispone que la competencia para la autenticación de copias de documentos privados y públicos, mediante cotejo con los originales, corresponde a las Jefaturas de Sección u órganos asimilados responsables de cada Registro General.

La Sección de Administración General de esta Delegación Territorial es la responsable del Registro General establecido en la misma.

Por razones técnicas, se hace necesario realizar la correspondiente delegación de competencias en esta materia en el ámbito del artículo 13 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y de los artículos 101 y 102 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Comunidad Autónoma.

Por cuanto antecede, esta Delegación

R E S U E L V E

Hacer público el Acuerdo de 14 de mayo de 2014, de la Sección de Administración General de esta Delegación Territorial, cuyo texto figura como Anexo de la presente Resolución, por el que se delega la competencia para la autenticación de copias de documentos mediante cotejo.

Almería, 15 de mayo de 2014.- El Delegado, Alfredo Valdivia Ayala.

A N E X O

ACUERDO DE 14 DE MAYO DE 2014, DE LA SECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN GENERAL DE LA DELEGACIÓN TERRITORIAL DE IGUALDAD, SALUD Y POLÍTICAS SOCIALES EN ALMERÍA, DE DELEGACIÓN DE COMPETENCIA PARA LA AUTENTICACIÓN DE COPIAS DE DOCUMENTOS

La Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, reconoce en sus artículos 35.c) y 46, respectivamente, por una parte, el derecho de los ciudadanos a obtener copia sellada de los documentos que presenten, aportándola junto con los originales, así como a la devolución de estos salvo que los originales deban obrar en el procedimiento, y atribuye, por otra parte, a cada Administración Pública la facultad de determinar reglamentariamente los órganos que tengan atribuidas las competencias de expedición de copias auténticas de documentos públicos o privados.

El artículo 23 del Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas organizativas de atención directa a los ciudadanos (BOJA núm. 136, de 26 de octubre), establece que la competencia para la autenticación de copias de documentos públicos y privados, mediante cotejo con el original, que se presenten para ser tramitados en el órgano del cual depende cada Registro General de Documentos, corresponde a las Jefaturas de Sección y órganos asimilados responsables de dicho registro.

Una de las funciones principales de los Registros Generales y Auxiliares es la de facilitar la presentación de los escritos y esta no se lograría si las copias de los documentos que se presenten, junto con los originales, para la devolución de estos, a tenor de lo dispuesto en el artículo 35.c) de la Ley 30/1992, ya citada, no pueden ser autenticadas previo cotejo por los responsables de los Registros, motivo por el cual se hace necesaria la correspondiente delegación de competencias.

Por todo ello

A C U E R D O

Primero. La competencia de expedición de copias autenticadas de documentos privados y públicos que se presenten para ser tramitados en esta Delegación Territorial de la Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales en Almería, atribuida a la Jefatura de Sección de Administración General, a tenor de lo dispuesto en el artículo 23 del Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas organizativas para los servicios administrativos de atención directa a los ciudadanos, queda delegada en el personal funcionario que ocupe los puestos que a continuación se citan:

Código Puesto

2068310 Ng. gestión procedimiento

2061910 Ng. gestión asesoría jurídica

2062010 Sc. gestión económica

2062410 Ng. registro y régimen interior

2062510 Sc. conciertos

2066410 Ng. conciertos

2065010 Administrativo/a

804010 Dp.régimen jurídico

2066310 Ng. documentación y archivo

2061810 Ng. nóminas y seguridad social

804710 Ng. registro archivo

804910 Sc. personal

803210 Sc. gestión económica y contratación

3206410 Un. información

805810 Administrativo/a

1586710 Ng. personal

805010 Ng. nóminas

2064110 Sc.infraestructura

1587410 Coord. equipo menores

7838710 Dp. gestión administrativa

1587810 Coord. centros de menores

1588310 Coord. acogida familiar y adopción

1828410 Sc. gestión y control pensiones

1828710 Sc. régimen económico pensiones

1590010 Asesor/a técnico/a – Programas integrados

1672910 Un. gestión administrativa

1673410 Un. gestión eco. prog. solidaridad

2066910 Ng. tramitación

2067010 Ng. tramitación

2067110 Ng. tramitación

2064410 Sc. sanidad alimentaria

7838110 Dp. gestión administrativa

7838410 Dp. prevención y programas

7838210 Ng. gestión programas

7838010 Ng. gestión centros

7088210 Sc. autorizaciones y conciert.

803410 Ng. gestión programas

1626010 Ng. gestión

805110 Sv. gestión serv.sociales

805210 Sc. centros y programas

7088310 Ng. autorizaciones

11185110 Dp. coordinación de la dependencia

11187410 Dp. prestac. eco. dependencia

11178910 Dp. gestión admin. e informes

11179110 Dp. seguimiento valoración

11454810 Asesor/a técnico/a

9809610 Ng. inspección

7088110 Inspector/a serv. sociales

677310 Aux. administrativo

2060810 Ng. gestión inspec. farmacia

2060910 Ng. gestión inspec. programas

2060710 Ng. gestión UVMI-ILT

2060610 Sc. apoyo admin. inspec.

1836010 Ng. gestión y control

839510 Administrativo/a

838210 Director/a Centro Val. y Orient.

839110 Secretario/a-Administrador/a Cent. Val.

834810 Director/a Resid.Pensionistas

Segundo. De conformidad con lo establecido en el artículo 102.1 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, esta delegación de competencias deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y producirá sus efectos a partir de la fecha de publicación.

Tercero. En las copias autenticadas que se expidan mediante cotejo, en virtud de la presente delegación, se hará constar expresamente esta circunstancia.

Cuarto. La presente Resolución revoca cualquier otra disposición por la que se delegan competencias para la autenticación de copias de documentos, mediante cotejo de originales, que se hubieran adoptado en el ámbito de las competencias propias de esta Delegación Territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales. Almería, 14 de mayo de 2014. El Jefe de Sección de Administración General, Ventura Martínez Marín.

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