Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 100 de 27/05/2014

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Mercantil

Edicto de 3 de abril de 2014, del Juzgado de lo Mercantil núm. Uno de Sevilla, dimanante de Procedimiento Verbal núm. 707/2008. (PP. 1357/2014).

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NIG: 4109142M20080000987.

Procedimiento: Juicio Verbal 707/2008. Negociado: 1.

De: Asociación de Usuarios de Servicios Bancarios.

Procurador: Sr. Juan Ramón Pérez Sánchez.

Letrado: Sr. Rafael Manuel García Carrellán.

Contra: Asesores Financieros de Sevilla, S.L.U., y Credit Services, S.A.

Procuradora: Sra. Marla Purificación Berjano Arenado.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Juicio Verbal 707/2008 seguido en el Juzgado de lo Mercantil núm. Uno de Sevilla a instancia de Asociación de Usuarios de Servicios Bancarios contra Asesores Financieros de Sevilla, S.L.U., y Credit Services, S.A., sobre, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA NÚM. 236/2013

En Sevilla, a 12 de abril de 2013.

Vistos por doña M.ª Dolores Cuesta Castro, Juez Stta. de Refuerzo del Juzgado de lo Mercantil núm. Uno de Sevilla, los autos de Juicio Verbal núm. 707/2008 sobre acción declarativa y de cesación de publicidad ilícita,seguidos a instancia de la Asociación de Usuarios de Servicios Bancarios (Ausbanc Consumo), representada por el Procurador Sr. Pérez Sánchez bajo la dirección del Letrado Sr. García Carrellán, contra la entidad Credit Services, S.A., representada por la Procuradora doña Purificación Berjano bajo la dirección del Letrado don Antonio Gendra Hernández y contra Asesores Financieros de Sevilla, S.L.U., y en el que ha intervenido el Ministerio Fiscal, ha pronunciado la siguiente

FALLO

Que desestimando la demanda presentada por el Procurador Sr. Pérez Sánchez en nombre y representación de la Asociación de Usuarios de Servicios Bancarios (Ausbanc Consumo) con la intervención del Ministerio Fiscal, contra Credit Services, S.A., representada por la Procuradora doña Purificación Berjano, y contra Asesores Financieros de Sevilla, S.L.U., debo absolver a la parte demandada de los pedimentos contenidos en la misma con imposición de las costas del procedimiento a la parte actora.

Notifíquese esta resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días del que conocerá la Ilma. Audiencia Provincial que deberá ser interpuesto ante este Juzgado.

Llévese testimonio de esta resolución a los autos de su razón. Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación. Leída y publicada fue la anterior sentencia por el Sr. Magistrado-Juez que la suscribe, estando celebrando audiencia pública, doy fe.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a las demandadas Asesores Financieros de Sevilla, S.L.U., y Credit Services, S.A., extiendo y firmo la presente en Sevilla a tres de abril de dos mil catorce.- El/La Secretario.

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